Memoria que presenta el director de la nueva Biblioteca Nacional en el acto solemne de su inauguración el 28 de julio de 1884

11 Lima, Junio 4 de r892. Vi!;tO el reglanH.: nto proyectado para la Biblioteca y Ar– chivo Nacion;:i], por el Director ele ese Establecimiento; y en atención á las razones expuestac; en el informe que precede de la Sección df' Instrucción del Ministerio del Ramo; Se resuelve: La Biblioteca y Archivo Nacional, se sujetará al s~guiente REGLAMENTO CAPITULO I. OEL íHRECJ'OR Art. r9 Como J efe del Establecimiento tiene á su car;ro la Direc– ción y conservación ele éste, ejerciendo autcridarl y vijilancia inmedia– ta sobre los empleados; y sus obligaciones son: ,~ Pe1·manecer. exceptuanclo lns día<; festivn<:, al frente rlf' l es– tablecimientn, desde las 9 a. m. ha~ta la<; I I <le la mañana y d•:sde las r2 d e l día hasta la-; 5 <le la tarde, q11e son las horas e n c¡11e la Biblio– teca e'>tará abierta para el público. cuidando ele que los empleados lle– nen las exigencia-; del buen servicio y de que los concurrentes no al– teren el orden; 2~ No permitir que salgan del loca! de la Biblioteca, sino para el taller de encua-:krnación, las obras impresas, manuscritas, planos y códices; · 3~ Mantener la corrcsponden~·i1 con las Bibliotecas, institucio– nes y demás centros likrarios del Extranjero, y dirigir la catalogación; 4~ Pasar cada aii•) ai Mini~te rio, e,1 la pri•nf-!ra quincena de Ju– lio, una Memoria dt:tal!acla ele la nnrcha del E<itablecimiento; 5~ Remitir al Mi:1isterin una lista de los libros que deban com– prarse con la<; cantidades votada.:; por la ley con tal objeto, á fin de ob tener la con-espondie11t~ autorización. Art. 20 Son atrib11ciones del Director: I~ Proponer al Gobierno las reformas que estiine necesarias así en la parte organica como en Ja material del E<;tahlecimiento; 2~ Proponer al Gobierno para los empleo<; de Conservador, Au– xiliar v Amanu cn'>e; • 3ª Nombr,1r y destituir portero y peones de confidtiza; 4~ Expedir pn1- dic;posición del Ministerio, copia certificada de los documentos que existen el E'>tablecimiento y que fuese solicitada por los particulares ó por mandato jui:iic'a 1; 5ª Acordar permiso á los viajeros y persona'> de respetabili– dad para visitar los salones. Art. 39 Solo con orden firmada por el Ministerio del Ramo, per– mitirá la salida- ele libros. El bibliot~ca rio ó empleado que infringiese este artículo será sometido á juicio.

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