Mar del Sur : revista peruana de cultura No 12

VICTOR ANDRES BELAUNDE 19 su independencia después de las batallas decisivas de Chacabuco y de Maipu, mientras en el Perú, después de la ocupación de Lima y de la proclamación de la Independencia, gran parte del territorio de la Sierra estaba en poder de los españoles. En el Estatuto Provisorio, de fecha 19 de Octubre de 1821, explica San Martín su conducta y señala el motivo que tuvo para asumir funciones dictatoriales: Hé aquí sus palabras: "Mientras existan enemigos en el país y hasta que el pueblo forme las primeras nociones del Gobierno de sí mismo, yo administraré el Poder directivo del Estado, cuyas atribuciones, sin ser las mis– mas, son análogas a las del Poder Ejecutivo y Legislativo. Pero me abstendré de mezclarme jamás en el solemne ejercicio de las funciones judiciales, porque su independencia es la única y verdadera salvaguardia de la libertad del pue– blo . .. " ( Estatuto Provisional). Es interesante observar la gran importancia que San Martin daba a la independencia del Poder Judicial, coincidiendo sus palabras con las que cinco años más tarde había de emplear Bolívar en su discurso sobre la Constitución vitalicia. Refirámonos brevemente a las disposiciones esenciales del Estatuto Provisorio. Reconoce éste a la Religión Católica como la Religión del Estado, pero aceptando conceder permiso a los disidentes para el ejercicio de su Culto. Establece la institución de los Ministros que deben refrendar las órdenes del Protector. Crea un Consejo de Estado, de carácter consultivo, pues sólo tiene la atribución de dar dictámenes; de 12 individuos y que integran los propios Ministros, el Jefe del Ejército y del Estado Mayor y el Deán del Cabildo. Consigna las garantías individuales declarando que no hay delitos de opinión. Extiende, por último, la ciudadanía peruana a todos los americanos. En conformidad con el Estatuto se dió luego el Decreto sobre Libertad de Imprenta. Otro Decreto creó la Orden del Sol a la que se atribuyó un ca– rácter aristocrático. Desde el punto de vista de la forma de Gobierno, San Martín, como todos los hombres del Rio de la Plata, era partidario de la forma monárquica. A ella se había convertido su Consejero y Ministro Monteagudo, después de su viaje a Europa, renegando de su exaltado jacobinismo inicial. La idea de San Martín, era realizar el plan monárquico, mediante la reconciliación sin– cera de España y del Perú. Las negociaciones llamadas de Punchauca encarnan el plan monárquico de San Martín. El 7 de Junio de 1821 propone éste un armisticio al Virrey La Serna, que se firma el 23. Se realiza una entrevista entre el Virrey y el Jefe Liber– tador. En ella San Martín declaró: "aún cu.ando pudiera prolongarse la con– tienda el éxito no puede ser dudoso para millones de hombres dispuestos a ser independientes". Los ejércitos de España servirán mejor a España y su país si en vez de ventajas efímeras pueden ofrecer emporios de comercio, rela– ciones fecundas y de concordia permanente, entre los hombres de la misma ra– za, que hablan la misma lengua y sienten el deseo de ser libres" Estas palabras

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