Los intereses del país: periódico político, administartivo, literario e industrial - 1,6-11,13-16, 17,21-30,33,40-42,44,46-52,54-69,71-73,76-78,80-81,83-91,94-96,98-108,111-112. Alcance Nº 60,67,83,106,107

67 La refac.cioo fundamental de ·la ~u• ~ol2• ststo1ial de ésta capital, que ain-e'l!fairnba rúiha. El despacho para el Juzgado de pu, que es uu local publico; asra<lo y ·'ll'p:uente. La refacdoo rompleta del 'lifco grande_de cal ·y piedra situado cb la entrada d~ la plaz a de este ,pueblo, que ·amenaza~a rm~a. El reparo rlt1I lócal y de -los llhle11. de 1 )a escuela de primeras letras de esta capital. Estas son piles, Seii~r Jec~ral Preftl~- to las obras que por ahora 'éstan term1n;das, y que deseo sean de la aprobaciou Je US. y del bcnepllt,·ito de esta proviacb; quedando péfidientes solo las del pa111P!lñ y .pila dw esta capital, qutl oporlun,iment" se 1 cóncl11irán tarrihien. . En el trabajo del puente de Comba-pata, ~ ·ns iopres.Hndible -recoll'reudar á la consi- : 1 . dr,racioo de l.) S. al cindad&oo 'I>. Gregorio ·-Zavaleta, qul~o comisionado por es\a Subprefectura -~ara la direc_é.(on de dic'ha o~ra, ha ~esempcoado su com1s100 con contracr.1on y ac1er- , ,(o. La e.tienta doctlrnentafla de los gastos ile- . 'cl1os PD los puentes d_e ·Tinta y Comhapala y en la construccroa de los la_jamarés llel rio dH -~sta caµital, se pasará oportunamente á la ailmini,trarion dd tesoro publico; hallaodose ya en dkha ofirioa la cuenta de los gastos em- ¡ireorlirln~ ·e~ ,l~s denias obras meócionadils ·en esta cnmun1car1on. Y.i US. rsta impuesto de que los fondos invertidos en 'las iaiiicádas obra,, !lºn d~ les ?'Potas mwnicipa!es de esta ¡novi·nda rézagadas del bienio pa,arlo, y que no e_stuvieron consideradas en el p'rPsupne~to _jeneral. DilB guaTde á IJS.-"Fermiti Mióta. · Republica del Peru~P,-efectura del Depc11·tciment_o del Ca,zco__._A 6 de Feb1·e·ro de 1849-Al S. Sub-pref ecto de la p1·o~i1icia de Canchis-. 'Grata en 'éstrem·o ha ·"ido a ta i>refectuh el tenor de la nota de U. fecha 3 del cor• ri ente, en qne avisa haber terminado ya la tonstrnccion di! las clifnt>ntes obras púl>!lru mas precisas -~ indispem1ables de esa provincia. Como ellas se han hecho en tao cortó tiempo, merced a·I intetes con qne las ha aci. tivado U, cree la Prdectura ~er un acto de rigurosa justicia darle l~s debidas gratias, como desde luego se las rlá, por si. a noinbre del Departamento y del Supremo Gobierno: pudiendo asegurarle sin te111or de equivoco, que se• mejante proceoimiento le ha granjeado la jeñéral benebolencia de sus conciudadanos; y la especial gratitud tle e'lla provincia. . Para mPjor sati~foccion suya, y :¡ fin de que sobre dirhas obras tenga el púhlico Un ecsacto roaocimienlo, si. ha dispuésto. que l:i .reft>tida comuoicacion de U. •m publique por la prensa. Dios guarde ~· U.-J. Miguel Meainu. ~~~~~--~ ~~.'~llQCml® €©~mtNlt@1 ~1'130. ,.....,...._"'-'~~"'-'~...,...~ ~OREJA SEÑORES VOC.ALES 3Íi~ íl,~ ~81(1;~~ Señores Editores--- Un dia que no tenia que comet y estaba ya cansada de tejer nn par de calcetas, me propuse leer para entretener siquiera de ese modo el hambre: para esto, eché ma~ no ii los mncl'los cu11<lernejos que dejó Mi difunto marido, y tJnc·ontré casualm.-nte uno qne se i11tit11laba Constitucion Politica de la Reptt• bl-ica 1"e1'uana dada por el Con. g1·eso Gmer"L el dirt 10 de Noviembre de 1839. En la p<Ígina 19 ele este cua<lernito1 @neontré que la atribucion 10. C'l de las cortes s11- })f'riores de Justicia e, a: proponer al E,iecuti:i:o. en ternas dobles para jueces de r1nme-ra instrincitt de su 'd-isti-ito &. _ Curiosa por· sa her quie._. n('s podian ser jueces, ó que calidn<les ecsijia la Cunstitucion eu los ~ne.ces de primera instancia,. continué leye11do y a la vueha d~ Ja ¡,lana ·enM-nfrt todos ·v entre e'llits Jn de 'Ser ahogado. ~{;.1s me ocurrl<:) otra . duda 'como ñ mnger ·ociosa, y fui de que si las cortes ·-superiores po<fürn proponer ·en las te1'nas tí los ¡bogados q'ue ' mftuviesen 'desempe- , ñanrlo acttialinen'te _ alguna juclicatu. ra; por mas qué rojeé y lei el ta1 cuadernito ei Constitndon•, no pude salir de mi ·dudn de una manera satisfactoria) t~ero ha~iendo ~ncontrado en el articulo 87. que la atribucion 10. ai del Ejecutivo era: Su;,- pender poi· 'cuáti-o 'ineses ti lo mas, .Y t-raslrular ii cualqúiú f unci@nario del poder judicial, cuando a ·su jáicio lo ecs~ja la ccmven.iencia p.ublicn; de es·to y_o aunqáe no soy sino una pohre vieja Y. 4\le . . f!º leo otra ~osa mas 4ue mt cohd1aim, rlec)uje fo. mediatament.e· que los. SS. vocales no poclian incluir entre los propnestos para una judicatura, t! .ningnn juez de ofro distrito; r,oh.¡' ésto sería~ proponer lta traslacion de 'dicho juez ~l Ejecutivo, el que sin necesidad del éonsejo ni propuestas de las cortes snperiores puéde hncerla A SU JUiCIÓ cu&ndo lo tenga por conveniente; y porque por otra parte-, esto seria querer arrogarse las cortes süperiores, una afrt· hucion esclu·siya del Presiden'te de la Repuhlica, Ahora hien: en este fistnrfo entró mi camarada la beata Brijida· y me contó, _que el juez de Abfln~ cay Dn'Ctor Rozas, era uno de lüs p_r~puesto, por e-.ta corte ,fo j ll!ól· ttcia-., µara reempla7,ar al -Dr. Y ~pez al q: le hábia llegado su ,iubilacion: yó e¡ estaba con la1. idea,; frescas ele lo q' había leicfo en la . Constituciori q1iedé escandalizad~ y no quise dar credito á lo que ·me cont8, por<:< ue no me era faoil crAer que . unos hombres sábios 'y gorclos como n11es• tros vocales tuviesen menos capa• cidacl que yo, para p<Hier E>ntender las leyes _fnnclamentales que nos r1jen: pe_ro habienrlo , entra~lo al poco rato lnl pár]re confesor a tomar SÚ chi .• • . como tiene rle costunthr~ todas las tardes, y asegurandome es, te lo mismo que lo qne me neahaba de decir Brijida, f,,e preciso creer qne no habia remedio; enton. ees allri en mi interior rli,ie ¡ 4y! si los senoros rócales, entienden las leyc-s civiles del mismo mor/o q¡ las fu,ndnmental<Js, · ~que sera de los infelices htiganles? ¡;¡Con razo-n y cmt nwrlúsimtt 1·azon se perdieron mis pleitos, para no ttmer yo !wy gne co1r,er!!! _Cc:m todo esto pues me resol. vi ii hacer uso de la libertad de iniptenta de que tanto 01a hahlat / al viejo <lé mi marido, y quise que alguna vez hablase tamliien en ltis pt!rÍórllcos una tnng-er, ya que tant<, hablan los hotnbres y yerran 105 Voc, .• ',Por tanto a UU. pidH-y suplico SS. . Editores, den lugar ert sus apreciables columnas a las siguientes pre~untitas a lu r1ue espero que contestarán los SS. vocales ,le la Illma, corte stiperior de Justicia con · la U!Jll(>!<¡tis q1,1e les es ca rae terist ica. 1. :13 &Fundados en que ley han propuesto al Sr. n.ozas para juez del cercado, siendo este juez actual d'e bs rrrovincias de Aymar'aes y Abannay? · 2. = ¿Esta propuesta no equivale .i proponer al Ejecutivo la traslacion del Sr. Rozos,- ia que si fue• se conveniente ¡,uede l:iace!la dicho - Ejecnti~o 'ti, s u J mcio -. s·in nece~ sidad <le H1 inclicacion ·de la 'cbrtef 3 d Proponer la traslacÍ'ón de l Jáe?! <1é Abanéay, no ·es querer arrogarse ,la col"t~, atrihucion que no fíen e, 'y que ·~1, córres·ponde ésclu- ~iva ménte al Ejec·utiVo'? 4. ~ iNó h~bia eú ·e\ Cuzco mas ábog-aaos que 5. para eonipletar las ternas con lrn juez propietario? n-. <,5 ¿ Por e-1 contrario; no hay en e sta ciudad M_as abógadós ha m• br:entos que militares inclefinidos? 6. t'3 J0braudo la corte del ruotlo como ha obrado, no ha hollado la 'Constituc.íon y p'roéedido de un modo erroneo1 Otras muchas preguntas mas púclr1a ·hacer. 'pero callo ; porque, ya oig-o que el más espetado de los sacerrlc,tes de Themis me contesta a la priniera pre~u,,ta dicien ,io: vie• ja b,·ut_a, la Constituciótt 11ia1idci que p:tra J uiz s~ jJ1•1,r'>on_jan se/ s clbo- '{!;rulos ¿y el D,·. Rozas por Jaez de Abrtncav, ha dejado de ser abogado1 A esto le cócitestaria ta1nl'>ier1 yo: si ¿¡ las leyes ~e le:i ha <le <l -ir elasticiriarl, . cotni> yo a las calcetas que te,10 ¿U.-;. qne ¡.,or vocál no ha dejado ele ser ahogado, por que no va tarnbiell pro¡.rnesto para J ,rnz de l. c1, instancia'? Arimitida la interpretacion darla ii la ley por el Sr. vocal, creo que 1:i únícá res¡->nesta convi11cente r¡trn este pu ec\e d:ume a rhi repliéa s ~rí ,1: po,• qué él suel7 do es menf)1"; JI el ·t¡-abajo rnagor ttl que ahora tengo. A _ las lfama~ preguntas no al~ can:7-0 ii adivinar lo que me contes;. tarcin: pero lo cierto que se de be esµérar en estás propue~tas para juez es, que ya que la llus;. tri sima c,frte sn perior ha hecho mala aplicación de los articulos co!)s• -titncionales, el Supl'emo Pocler ~jecntfvo; como encargado de hacer '-l' ias leyes se cumplan y no se ínter~ preteo mal, enmendara la qistraccion (eonw dicen los filarmonicos , en vez de pélodura ) de ntiestros rlig-110-. Magi-;trndns los se1íores <le la Corte, nonibra1ld<1 por Juez á alg;uuo de los otros cinco pro¡jues~ tos y no trasladando al Sr. Rozas como ¡Jretenclen los sr-í1 ,>res vocales, adjudic!:lnrlose una de ias facultades del Pre .. idente ele la It.e¡..,ublica. Si asi tueS(', 11() volverii l? molestar ii UU. SS. Editoi·es,- tJna vieja fgnorante pero SZ: p11egtmtotia. AVISOS. . El profesor de Medicino y Cirujia Don Luis A le_jo T amini, ha presentarlo an t e el St>Í1or T c n ie ute Proiomedico las credenciales e. e su prüfeslon y capacidad, satisfudoriamente. Cuzco 21 de fe brero ele 1849 . ·--· SE DESBA compr~·r el tomo 3 o de la obr·a Evangelio en 7"riunfó, la rersona que qnie • ra vendéi·lo dcurra á esta imprenta. ---- ---- ~--- - ) MP.H E~ff1\ Ll BRE , l'OR M.Hrn .n Ct'°LL~ T l 1'0 l'O lW ES,

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