Los intereses del país: periódico político, administartivo, literario e industrial - 1,6-11,13-16, 17,21-30,33,40-42,44,46-52,54-69,71-73,76-78,80-81,83-91,94-96,98-108,111-112. Alcance Nº 60,67,83,106,107

j +- cu~co LUNES 4 Este periódiro lle dar!i por ahora los días 4 y 19 de cada mes. ~ ndmitén •uscripcionea al precio de do~ reales por mes <'D esta imprenta a., en~~b~co0tic:e d~_l8 ~ 1~~:r ~:;er~~m~~:; aueltos. Los ~uscriptores de focra de la ciudad p:i.g"-táo adelanto.do pcit !emestre. Los· INTERESES DEL PAIS~- ----------------r-- DE DlCIEMBQE DE 1848. -------------Á 1 1 . i> ;1 ~~/ Cuiindo ocurra mativo de impor• tanda publicaremos un nl,roero estraor• dinario, gratill para los •bsctitore, . Se insertarán artículos comunicados, r toda clase de aviso~. 1,.1 precio •e acordstrá cob el Administrador de la Imprenta, ~ ~ l)nto'IJ,to •oHttco, ~1JmtntS$trattbo·, JLUirat-hl e tnbúJtrtal. ~""'-' ~ VALE UN REAL. NUMERO 13. ----------- Cuando un pueblo J,a llegado á C<>nocer sus derf'chos~ solo se le puede Kobernar instruyenrlolo¡ porque no hay otro medio de pret:enir las ·revoluciones sucesiva,s. !J.· los gobiernos opresores. NOTICIAS DIVERSAS. ----·--·------------ LIMA.-Se ha recihido el 11 ne Noviembre en el Conse_jo de E.,ta<lc, uno nota del Sr. Ministro ele Hacienda por la que solicita autorizaoion para derogar el articulo 8. 0 del reglamento de la Casa de Monerla, que señala los precios en que ha de comprarse cada marco de plata que se introduzca al esta• blPcimiento, y para 'l'le se le permita pagar precios iguales a los <Jlle los particulares pagan en el mineral del Cerro c1e Paseo. El Pre1,irlente del Consejo pasó la nota a 111 Cornision del Sr. Quiros, quien opinó porque se otorgase la auto• rízac10n. El Señor J eneral Raigada ha sido uombrndo .Ministro de guerrra y marina, y ha prestado el juramento dt} estilo t:"i 11 del prócsimo pasado mes. Las cenizas del Jeneralisimo Gamarra lle~aron al Call:-10 el 9 <le Noviembre, hasta el 17 no habían sido <lesembarcadas. Se hacían prepar~tivos para recibír1as j;olemnemente en Lima. THUJILI.O. Falleció el limo Sor. Obispo JJ. Jo1Sé Hijenio .Madale11g-nitia. BOLIVIA. Nada ,le positivo sabemos ~obre esta repúlJlica lit>rmana, sino que continua la guerra ci,1 il. FRANCIA.~El nnevo arden tle cosas se va consoHdanrlo. La asamblea continua ~iscutieu<lo la constitucion. ITALIA.-El Piamonte signe en mal estado, el ejercito se reorgani:rn con mucha rnpiclez. El Austria ha aceptado la mediacion Ang·lo•francesa·. V e necia resiste heroicamente a, los Austriacos. En k{oma hubo una conmocion popular, no §P. sabe aun como ha• brti terminado. Los Napolitanos atacaron a Mesina1 y la tomaron el 8 de Setiembre. ·Los Ivfesinenses incendiaron la cí11clad y se refojiaron en los hnque!'l <le gnerra franceses é ingleses. · PLACER DEL SACRAMENTO. -Asi se llama en las C.1lifornjas, cedicias por M~jico a lcrs EstadosU nidos en el ultimo tratarlo de paz, el dilatarlo territorio abundante en ore recien descubierto. <ierca de cuatro tníl blancos fuera de los ind ios estan extlotando el oro. En 1 1 \ 1 1 1 1 1 1 algunas partes basta un cuchillo para !'mcarlo, en otras se lava faeil. mente. Muchas persones han re• cojido en solo un día de setecientos a ochoéientos pesos, y nunca ha bajado de setenta y cinco pesos. ':f odo se pa~.a en propor.cion a la abundancia del oro; la carne de vaca que estaba a 6 pesos quin• tal ha suhido a 30 peso!., nadie encuentra quien sirva, y el gobernador tiene q' cocinar su comida pues no encontrarla un cocinero por trecientos ps. al mes; los soldados han desertado y se han iclo n sacar oro, y los bu r¡uei han sido igualmente abandonarlos por sus marineros. En la aciuana se recibe la onza de oro por diez pesos. Ya han lle~arlo a Chile buques procedentes <le California con• <luciendo mucho oro. Copiamos de.l.. Comerdo de 'Lima el siguiente decreto del Jeneral Prinl. Este tnonstuo qne pása por lilwral en Espaiia. nos hace ver que tocfavia anirnn (L los visires que ella en""ia ii la Arñirica el espíritu de los Arreches, Morillos, Bnves, Sambrunn~, Lóriµ;a81 Monets_, Rodiles y ila rniréz. ¡ Dichosos los pueblos que sacudieron el yug·o esp~i"iot, y no son ya presa de esos vercl11g-os que cual Prim, no reputan hombre al que es tll'enos hlr.nco c¡11e ellos.- Ó nació en la America ó el Africa! .,-,ntillcd de S1trlo-u~nto. (Copiado del Neo-granadino.) Di-s~raciaclamente resultaton ciertas lns fonestas noticias que acerca dél alzamiP.nto de tos esclavo., contra sus seíiores en IRS icleas francesas Guadalupe y Martinica c_irculnron en dia8 pagados; y como s1 la ProvidP.ncia hubiese ,tecretado la ruino de los <lomin:irto~s y verc111gos tle nna ra1:a rlesvnlida en :!<Jllellas colonias, prh·iindoles para ello de tocia i11teligencia, es ¡.,or medidas atroces, iuan<litas1 tp1e se an11nciR aquellas ootcistrofes o1foialmente en la I~la de Puerto-Rico. Al leer el decreto <le! Conde ele Reus1 suspenso el animo y nd• mirarlo de enco11trar tanta harbatidacl con tanto cirfruno prd'esada ri ,la faz del rnnn<lo cristiano, no se sabe qui admirar mas; 'si la enormirlarf del iihulto que _an el decreto se !1~ce ii la civilizacio11. ó le ceguedad de e. os hombres que en presencia ele la tempestacl unh·ersnl contra los déspotas provocan así la caída del rayo '!ue le:, amenaza. 1 1 1 1 1 1 l 1 1 1 1 1 1 1 1 f 1 1 1 1 1 1 E. DE GIRAROIN. No analizaremos el tal dect~to potqtrn seria obra interminable. Lo entregamos al juicio publico como es entregado al verdugo un insigne criminal ya jm~gado por la evidencia de sus maldades. DON JUAN PRIM, Pll.lMER CONDE DE REUS &. ( Siguen ocno renglones de bam-, bolla.) Las criticas cirétmstan<'ins de 1os tiempos y la situacion aflictiva en que se hallan casi todos los países inme<liatos ii esta Isla; unos trahaja- <los por la A'uerra civil ci causa de sus instituciones, y otros por una lucha ne esterminio entre las razas, me obligan ii dictar medidas eficaces para prevenir que se introduzcan en nuestro suelo pacifico y leal estas calamidades que aflijen ti nuestros vecinos y que con toda sincericlad lamentamos, asi como 'lí establecer penas para castigar pronta y severamente los nelitos que en el pro.pio sentido pnclieran cometerse entre nosotros. Al efecto, v usando de los extraordinarios poderes con que S.M. la Rey na nuestra Señora (Q. D. G.) se ha clignaclo antorizarllie para. cuanrfo la SPg'llriclad clel territorio ó de sus paciltcos haLitantes lo reclamaTe, he venido en clect·etar lo si, guíe11tP-! Art. l.::> Los delitos de cualquiera especie que descie la publicacion de este ban<io cometan los individuos <le raza africana residentes en la 'hb, sea a libres ó e, clavos, senin juzgados .'1/ penados militar. nw1,ite 1-><?r u~ Consejo de guerra que esfa ca pttama .1eneral nombrara para los casos c¡ne ocurran, con absoluta inhibiciou de cualquier otro Tribunal. Art. 2. 0 Torln inc-lividuo de raza ~t:ricana, sea libre ó esclavo, ~ ue_ hiciere armos contra los bbnco!I, J~1st_dicacla que sea la agre.,ion, ser(i, s1 fuere . e~cla vo, pasado por las armas. Y s1 libre, se le om·tcwá la mano de,·ech.a ftor el verdugo; pero si resultare herida. sera pasado por las ormas. Art. 3.:, Si un incfhricluo de ra~a africe11a, 11e11 esclsvli) o ljbre. insultare de pal.1brs. m1,dtr11tare 1J amenazare coo palo, piedra ó eu otrp forma que couven7a su a nir,10- delibera<lo de ofeocier ii la jente l,lanc:8 cu su l':rs1'.1ia, se~a el ng-resor conclenurlo a crnco anos de presidio si fuere esclavo, y si libre ü la pena ~ue á la3 circunstrmcias deJ heooo

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