PEltü-Departamento de Ancaiah. DIRECTOR ) OFICINA lJr. Jlidel O..Escudero.~ ~">< J Ca lle de Castilla N ~ 2 8 ~ Periódico Religioso, Político, Científico y Noticioso. Ano Vll.] I-InnráR, 6 de }7 ebrero de 1899 [ N Úlll. 181,. INTEilES.ES GEN ERALES. · r se haya, sorprendido con la nueva, ; del Podl'r Ejecu~ivo, basta }Jor dos me ¡ pr~fecto, ó dJ.rá la or_den por si mismo _____ cuando ni siq tlÍern, soñó en hacer se:H~n to~o el per~c:do y para sólo el efl e- ¡ s1 fuese otro de. los m1_ew~:t,s d~ la J~nt t 1, • to ch,,. la rnst,rncciou. ti, y ~Il todo ca.so decret:11 a la 11..medmSU ~Sua ?rn, ponttca. Art, 42. Pum, el efecto de las m¡¡nio. ta sns.iensióu Jd ~a:·go e~ é~ta. , Los TELEGRAMAS sucecivos Y Sel<➔ ousca, po.-<1ue se )e cree bt·as militares el Poder Eiecutivo po,L-á Art. 53 L ,s med:cos c1r •1Jauoa o em• las cartas ardientes y e.atusiastas apropiado para el irn.>g_no obje~o; org11,uiznr ci/erpos u•1cvr;8 ~ou L\ . p1~-1 pí~ícos lla.?Jtl.cloa á. hacer l~s rec.ono~i-. que,de todas partes y en grau nú- l)Ol'(JllO el ~LUra boiiaucible de m- m6ra reserva, acuartelarl~s- '5 mnvílizai. rf:l~en_toa, o que des1gn~dos J ~ r.!1ª ss1s 'b I - D 1,•, 1 d · , ] los de □ tro dP 8 , 18 zooas m1htarcs, por nn l tJc a I¡¡, Ju eta de Uonscr1pc1on, humero, reci ee senor · .12.1uuar O mensas s1mpat1as lo roe ea; por- IJI , . d dos mns s bicsen recibido donativo ó ádmitido pro. L d R ~ J.'d t 1 1 . . a7,omimmn e , • • e omana, can 1 a O e e :1 que no tiene pecas en su b1ogra- · Art. ,..1:3, El pllihr l~jPc 1tivo p0rlrá. 1 rn~sB para favorecer á. los jóvenes á coalición demócrata-civilista, Á. la Ha Lajo ningun fül pecto; y porque convocar á lo& inclivíd,.10s de la prime- q uieoe~ d~bftu rucunocer,, ser~n con~ePresidencia de la Hepublica,- se tiene firme fe que su mision ra y seg·rnrla rrservns nna. voz, ~I añ ), no.d_os ,ª l_a_ peua d1; dos mes~:!, a dos ano3 manifiestan, á las clar113 , la satis- ., lJ, l •, 1 . . . pnra los efectos de r ev1starlas e 1uspéc• d.i 1eo, 1s~<,n y t~n;:i. m11lt,a ctc,l dn¡;lo del sera en_a,c a con 1ute 1genc1~, .con ciooarlna. \·alo.t·, rG01b1..lo ., ul)l tanto da lo prome• facción con que por todos seran abnegi:icwn, con honornlnlnlad Art. 4 L En el caso do gncrra. exte- 1 1 d, u l~cl.!ptauu . . . impulsados y corona.dos los .tra- pulcra y con gloria nacional. rior, serán llam,i.dos al e2rvi01) l0s snl 1 . bnfrirán la misma ~ena l~s. que recibajos hasta consegmrse el trmn- y tan cierto, como que no son I dados do la primera reservi\. pr111cipin.u I bicseu e5c,s <louat1v(1s o a_tlm_1t1esen P;~- f , . . do por los más j6venes me:HIB a unque la Hcepc100 fnese leg1t1o. • , ª?~en.mente_ los demócratas y c1- De €Se mismo moclo · 8.~rán lltt.rn·vlos , rna,-. . . . Puede suponerse lo que sera,n v1hstas coaligados, los que en- lo::; <le la scl~•rntla rca•~rv1t, sino liastR.• 1 Si e;.p1cl eeen eert:fico.dos ae favo~, srn las manifestaciones de su pueblo ton2,n el hosanna de los grandes &eu los de lu. pi'imera. . ¡ q'le med_ie coliccho, }a pena solo ee1a d: natai y las ele los vecinos del De- 'úbi]os Art . .1:;. El Poder Ejecnlivv potlrú arr1:a~o o de re.;lus10I1 de J0,:; meses a partamento, en que el señor de J L · -~ , 1 ,. ] 1 exeptua1· del acuartelamiento .v ne lri. rno-1 dos,cm01! •• • Ro maña tiene acentuados respc- auzan, o HH n?n~o_, ~' o 1un v11iza.ci6u á los empleados qno crc)cra _.~H -~ros1de_n,tc _ele la Junta. de_ C_o~slmscado y h) 1wn l:elw1tado t~)(los, necesarios pura. el 80 rvicio público. I cr_1pc10n dnra a ordc? p~ra el :cnp1c1atos Y cariños,--juzgau<lo por la sin clis titic.ióu de c<,lür(.-lS p0Htícos; 1 A.rt, 1G. L[\ G·rnrdia. Nacion'\l prest,- u11cuto, Y ~nt~pen lera 1_n 1:11ed1atamente impresión favorabilísima de los V no Sél'Í'l, c.:tr: jo, como rueba rá SllS ~ervici0s \LnÍ~amon~o. aeutro de ª! ~ulpable, Bles qne rec1b1ese snelclo del otros puntos del territorio nacio- ~1 ·, ·¡ , · pl 1 , ¡ 1 lím1tea del d1atnto m1lih.r en qne v;1:1.aclo. Ct,O. ~1111011 y <e. COt:iratcrlllt ar .. q esté orgaoizada. VJ3 d.:litos á q ·1e sa refie-:en. eHte arlínal. c1v icos, constituc10nales y umo• Art. 4.7. Llamadas al ~ -:,•·mm las re- culo y al anterior, son denuncrn.ble.:i por Es la primera vez que un candidato surge sin sospecharlo siquiera, por su intrínseco mérito. Es la primera vez que la linterna de Díógenes ha,sido empleada para buscar al hombrn. Si se pregonan, en j1Lsticia, los triunfos conquistaclos eu estos 3 años,r-triunfos que dicen relación á la Patria de un modo tan directo y hondo; debe señalarse ·como el más va)ioso entre ellos, el de :natar las aspiraciones egoístas; el de encarrilar por los púncipios á los Partidos militantes, borrándoles ese tinte odioso de personalismo que los hacia pelotones informes. 4 Ya se va comp1·endiendo, que ]os poHticos no <lebon ser masas sin cohesi6n ni disciplina correctas; sino agrupaciones que se sujeten á la norma invariable ,Je la declaración de sn8 principios, y que sigan, sus miras, las altas deliveraciones <le sus centros directivos, compuestos de la gente en quien so deposita la general confianza. De ese modo, cada vez q' los pueblos necesiten un hombre prestigioso para llenar una vacante, los Partidos recorrerán sus filas, compulsarán á sus hombres, daran valor al mérito, y sacarán de ellas lo mejor, lo más afamado y lo más aplaudido, ,-no para satisfacer, como sucedía antes, las ambicionee de gamonales sucios; sino para que la Patria realice sus altos intereses. nistas movidos por un es11hitn sGrvns y lns G·t rJias Nacionales, qne- aec11)a popular. , l ' · · 1 f 1 , I d . , • a· - 1 t t , ¡ Art Ci 1 Jlh el o:i.so del artHnh pre• eo pn.tnotisrno pU1cro, twran a as a1 au C':, ,e eso momen o snge as a ~s , , , . b. , • ordenanzas. le ros y r"glf!.mcu tos tpe rl· Cl!Jen te, los q ,Hl 11-1 rnsao hecho los regaá?foras,--, ya no como poht1cos, gen cu el EjÚcito Y disfrntn.ráo do los l~s, 15 p ·or~u,sas, ó serviJo de intel'me,d1ss1no ~orno pcrn~u1os. , mism ,9 haberes y precmfueucial:l q,10 en r~os, sufnran ln, pena ~o~,ºª ~eses.ª. un As1 comv el veterano aquel, este su tienen. ano da a~rasio 6 d~ ra_ctus1on, rncurnent I ] ' B t 1 \.rt 48 L't instrnoción y encuartela do ademas en la perdida de lo regalado c?n emp l:1,DC o a . onapar ' e e~ ~=cnto el~ h;,1 !'('Servas y de las Gntndia¡ en la mu!ta. del tanto de lo ofrecido. cm: "Su presencrn. Cl1l'l!'rlcc , r11 'T •• 1 , ' - ., bar:. eoaci·t1 ·,,nclo en . bi Jos qu~ l.l:.ibiesen hecho el regalo á • :J 1 . 11 , ~ 1 Clí)ll/l. ~'-1, SJ "" u. , , muaüa e octnza, , n voz J Ya a O 1aut.o 8,,a poaible, Jas profesion<.'s y ór- la perso~a fuesen_ los ~a~res o hermanos la gloria; y si todos los soldnitlos , c1en< s socu les. . ~el º~!~ga_d~ á 1_nscrib1rse,, la pena se del !llllndo le viernn, scnan sus ::,()f· ¡ .Art. 4.0. Los CL18.dros de Jefes y ofi. reduclla r -~ ~lltad. , . d <l " , t b. l 1 · cintes de las resc:rvns serán forma.tlns por Art. 55. Onauuo esteu acnn.rteladas ha os: -t as1 lamd ieln 1fi1_t1el e (l,;Cl !r.rn -~l Poder E1e•·•1·tivo con J'efcs ,. ofl-~iales las reservas ó las gL1ardias Nacicnalea, oy con emp an o ,t {)'m·a te ·:e. "' J v, J • l l · f t · ~ • ' . - . . 0 • ~ , del Ejéroito, aún cuando 110 cstéu en u_s _e d1tos y,_ a !tus que ccme an sus lll• nor de Rom,llltL. su nombre C:a m1 , • t' . · f fi · 1 dtvidl us serau J '1zcradoe v penados oongarantia, su histori:1 una esper,u za, dse.1vl1c10 3:c ivo; y con Ja es y o cm e& 1ormJ' á.'las leye~ ~ilital'ee • • , e as m1smua reservas. , • s~ patnot1.smo prubacl '>, lo que el p11~ Los cuadros cte jefes y uficinlea de las A_rt~ 56. Los que en tiem~~ de paz ha menest~~· para, ecc~rul rnrs_e; y s1 Gu~trdias NaoionA.les, seT:ín formndos se d1_st10gtln p?r su _c~asa~rac1~n y pun• ~odoe l~s h1J,)S d~l _Pem v_tdnnz, ran con jefes y oficiales 00 servido activo ó t;1ahdad en ('1_scrv1c10;} en t1e~po de 1mparcmJes su nwnto: sernn s l-~ n,- hern del servicio ó por lo:; de la misma g,1_erra por accno~es heroicas, setáa_preJEptos, suscribiendo 1n, unión má.:; n,- ¡ G.rnrdi .1.:ra..,ionál. miados con meacrnnes ho.uros~s, .~1ploc:1bada. y mú.s fructuosa. 1 mas y modallas y co_n ta 10scripo1on de Este 08 el camíno qno ill)nins 1,,fo. ( p E. AS y PREMIOS. s ;s _u~mbres en n? hb_ro de hot?r que se bido l'(;COrrer seten t:.i. y ocli" afüis, pn.- ¡ aur1ra eu el .M1u1ster10 ~a la uena ! y ·t t' t 'd · t l. .\rt ~(J r · f ·, 1 1 · esos auteced,mtea les daran preferencias ra ev1 ar an ,18 c,H as, t,rn t p,tt"<t .1.- 1 .i • ü • 11\ in racciou e e o pre sen- . 1 , • , blicos c· - t' t I •cr • •• to cu el artic·tlo 10 sJ cut1i,•!.t'á co·1 rrn- parn os cargos o em_ reos pu • za Ivn, Y.?'º ,L e os.?[acrn, , . 1 . , • i. , .. , ·~ rr , Al't, 57, Los rnd1v1Juos uo perteneYi.-t hnlnera.mos sido rrrJnctes. 1 mn-r 1ol,tm1euto en ol E3~4c1to Rt\, 1llr,r a los ,, , t• 1 E"·-~ '. R I u .. res iet-tdos -o J qn e cicbit.ro•,·i Hl'r1birse y con m·1lfa de cien, i;s ª.. Je,c~to ,cgn ª!; q, e so lll I · , , .. diezá<losc11:w~'Ja solos,ájnicio de la Jun. val1clcu o fall~z_cno_en llCOl?D 00 arm~s, Hu,y lug,u- toct.w1a a la reparn.n >D , t O . t , d , en g .1l; rra ex tenor o defendiendo el or- . d l 4- I . a ouscrrn ura, a sns pa res u gua,r. d , d , d • . 1 s1 J.)l.'OCe emos con vo un.,u,t rnqLrn· ' ua<lores quo· no diesen parte ni re 9pecti- eu ¡.ubllc11 , t:eu ran y _eJará~ ~gu~ ~s brantable. vo Slbfirefecto, de haber cnmp!ido a- g0cos que los Jefes{., ofi_cna.les e md1v1cpe ll,.,e Ir. edad do 18 años, en el cnao duos dé- ~tropa del EJ~rc1to Regular SECCION OFICIAL Servicio l\filitar. (Conclusión.) ACVA.RTL.L.A 1llE}."T0 Y :\IOVILIZACIÓN, AL'l. DO. L0s e,1 parnumara.rios inscritos 011 las listas de cootribuyeutea, en st1 coudiC'i1>Il de soldados del Ejército permanente, ostarán á disposícióu del Ministerio c1o Ja Guerra y podrán lier 11 ... rnados á sL1s cuarteles por el Poder }!; . jecntivo, Cllando las necesidades del servicio lo req nierso. de no haucrse inscrito ante la Jnntn de Art . . t>B. ~l trabaJO 4 'le de det?ande Oonscrip~i6n. la. rect1 ficac1ou ,a~n_a~ de los Reg1s~ros, Art. 61. Los quo cambien de domi- s_e remunera~·á a JUIOlO dol Pode.r EJecu cilio á ott·a. provincia, esti.ín obligados á tivo, º? pud_1:udv exoe ier de e.en soles avisflrlo á la Jnata de Couscripción de ln grntifi ..rnc10n. la primera y á inscribirse eu la. de su nueva resid socia, bajo la mu! ta de SO á I D1sros1c10NES TRANSITORIAS. 60 soles. Art. 52. Ct,alqniera de los mi<.'mbroa Art. 59, Los indivíduoa de tropn que d~ la, ,Junta Inscriptora, c!1lpable ,.le ha- / presten s ts servicios actaa.lmeute en el ber aut· l'izu.tlo ó admiLi11o excepcione-e j gjérc1to parmn1:1cnte, serán reemplaza.- que no cstuvieeun determinadas en la dos con los coutrngoo tes que determina pres0nt13 le,v; o por crrnsa s ·1p·1esta do estA. le.v, tan luego como principie i surJas señaladas en ella; ó ele haber dado tir sus efectos, y lice ,.,iados qne sean, arbitrariamente una ex:teosión cu1\l cpie- s iuscribirán ell la reserva ó Gunrdja ra, ya á ln. dnracióu, ya á Jas rt•glas ó Nacional que corresponda segun sus oonscripciones de loa lle 'l}Aim1eutn0 <> ds edades. la admioistrnr.i6n de volnntal'ios, <Í re• Art. 63. Loa 8 •1bprefootos qae no novaoi6n de sns contratos. será conue- taviescn formados los Registros y los nado, si estuvieso ejerciendo sns foocio- boletos persounlea de inscripción dentro nea por razon de cargo ó empleo, á ín- de trns meses coutados desde el dia en habilitación de dicho cargo ó empleo y q ne reciban la órden, seran se11arados de derechos públicos de uno ó. ó años; y de su cargo. Esta yá puesta, en este sentido, la primera piedra. El edificio suntuoso de rehabilitación se ira destacando después con la admiración del mundo. El señor de Romafía será el primer Presidente del Perú que no haya buscado e l solio, y áq uien Los snpernumerai-ios iu<licados en el artículo 37 inciso lº, y los alumnos de colegios de instrucción me dianacional 6 autorizado, qut estén matriculados 6 sean de actual y efectiva asistencja, sólo podrán ser llamados en los periódicos de instruccióp hasta por dos meses Art. 40. Las bajas del Ej éroito Regular se llenarán en el órden indicado en el ar tío ulo 5°. en oaso contrario, á suspensión de los Por ese trabajo se les abonará, á jui. derechos pa!itio0s, por el mjsmo tiem- cío del Poder Ejecutivo, una gratifieal'º y multa de 100 á 50J soles. oión qne ex:eoda de doscien toe soles. Enterado el respeofü• l Prefecto de la A. 61, Qneda.n derogadas las leyes realidad del heeho, dará cuenta al Po- anteriores sobre conscrípci6n y Guardia; der Ejaou tivo para, que 01·dene el enjui- Naeional. Art. 41. Los soldados de la prime - ra reserva. serán acuartelados, á juicio ciámiento del culpable, si fuese el Sub- üomuniqneee al Poder Ejeoutivo para
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx