,. !_1 I ·--.. \ • • ~ T 1 mis .9qnsideraciohes ·y respetos. _.P.ios guardP- á US. -Felipe A. de Pié1·olar.-Secretario-{firmado) ,·; Diócesis . de Puno.-Secretaria Episco· pal,-Puno á 22 de Dicie"!ibrede 1866. t Al Sr. , Yi~~-i:io. Fp_r~rieo de· la provincia de Chucuito. .A{~usando á US. recibo de su estinrnble oficio, fecha 18 del -.que riJe, al que · t--e · ha · servido a<ljuntarme los cua· dros i-nonados cle <los ·bi¿nes pel'tenc· eieutl·~ ;_{ lus Doct-l'inar5 de San Sebastian de Zepita~ :r de San• Juan de Acor~, H1t! <·s gmto reiterm·le el sincero testimonio ·el-e· mi · reApe-ttwsa ~ons-ideracion. Dios gtl'ar·<le á U.-Felipe A. de P iérola _,___,Secretario~(Firmado.) ;,- Diócesi.~ de · Pu1ío~ Secr~laria Epi~~O· pal-Puno á 28 ·ae Diciérnbre de. 1866. Al -Sr.· D. Matias Villafnerte,. • Cura inter de la Doctrina de ·Macari. · s. c. I. Con <'Sta . fech.-11 b :1 dis¡1nesto . S.S. J 11 IIU , s~ Cil {; a rgu p C O lle e.:; ~1, poctti na d e :J .u:;Hi , Ya eantC' , ¡><ll' réil'l\'ncia de su Curn p1·1,pio , Don ~fa,·iuno Bi eyi·a, espe• r-,111d11 de ~11 eelo Ra.<.:crd.ófal 1á mnsor • • • • ,.J <·xac·t ¡tml c·n el cumpli111i l· nto de sus pasturn 1Ps L1el.wrc·s. f'nmu11ícolo á U. 1 pul'a. sn inteligPll· ,-i~ y d t· h i<lo <'lllll pi irn ien to, atl vi rtiéudole q 1f' l]llt'<l:t I em,' nnacla, esa Doctrina ~n l,.1, ca11t :dnd de cun:renta pesos , · :í foA01· dd Sl.)11ii1ié11:i() , a ::: i como c.ÍuP dehcn( re· ciLi1·h1 l>:, j,; -dP · inventario. • Di n:-; gn,mk :{ U.--Fel1,pe A. de Pi é 1·ula - :3cc 1·1• tn¡·i1>.-,-(Fi 1·mnrlo.) Nos ol Dr. n. Juan A:tnbrosio ·H1.1ertaJ por la gr~ci~ . 9e Dios, . y de la'SaDt'!.t Sede A.po'stólica, , Obispo de Puno &. Confürnclo . en la provic.l~<l,Jetras,. y prudencia, de -vos el D. D. ,Bar,to]omé Aguirre, y qu_e con toda fiqelidaci, .hareis lo que por Nos . ,osJuer~· ., enearga<lo, par~ . '" bu~•Hl, ;1 f!dmjn.i€tt:Jiacjon de justicia y des~argo 1de.. n_µestra Qo.ncie.ncja, os - n.omp:1-4J3.>mo~.' ,,p9r • 11 u estro .Vicario de ]a vHl~ d.e Asi• , ]Jo,. ~u~ térmi.nos .y j (Jrisdic(?io~, y os damos po<ler·_y comision -b· .stante, e.orno de dereého · se requiere, para qíl~: (Í?q¡. ~1-):~~~p\>.,qµ~/~e:~e 1;~~s-~r.~ r vo~~n~t~.~n i po,dais :.~j~rcer e, 1 oljf:,iq ~e tal. Vfoario,. y . 1 couo~c~is d.e íJas GauRas c.\e espunsá.les. . 1,natrin1 oniale_s, ci- ' viles, criminales, . y. mistas, que . ar.lte . vos se comenzaren, ó estuvieren pen· dÍ'E:Ilt~s. _·ante vuestro 8:0~ecesor; )' de la_s. d~~as 'f<l.~~,. por uso y c9stún1-:· b;~, .;p; 'lerte11.e·cíé'reh .k v\ies'tro 'ot{do; · 11 d• , 1 J 1aÍ$ , µ.e,t~rrniut;is y, ~~~1t~ncíeis i,nterlqcutoria y definitivamente _conforme á derecho, y, pa_ra que · pqcfais inquirir X c~stigar cualesquier delitos y ped~'d"os públicos, cuyo cono• cirñ'iento pertenezca · al foro . ecle - si·ástico, contra personas eclesiJsticas · ó seculares, tí pedimento d'e parte, y por _<l e nupciacion, ó de oficio; , c9n t 1 al que 'fi~ ; las _e;~ usas mat~fmo. n .iales, las . su.s~ancieis . no m ~rando (fqert_t · · <le . 1~ _parte ~nteresa<la) . defen~9!' <Jec, u~a~~i.r~;011ios que .puestas eu :e,st~c.l:o .,d~ sentencia las remitais á . nuestra audiencia episcopal.: que en las- cr-irpinales hecha i11formacion nos ' dareis_ cuenta con ella, sin proce- . <le¡- á captura .de la p ersona, ú menos · qu;e , haya sospecha. de fuga: y de 1~·~1~eí1tencias _que pronunciareis, otorgai~eís apda:oion,' ,si se i11 terpone, . p,ara 1 aqte ~ os ó nuestro Vicar:9 gen~ral; y, n:o .• iJ}terponien<los~. cuando hayan . pastt<lo en cosa ju?,ga<la, las ejecutareis conforme ú derecho . Asi mismo · os · nombramo, por · nuestro Vica,rio Fon.meo de 1.t Provincia de A'zfo. garo. y corno tal po<lreis conr>cer de h_1s .. c ~rnsas civiles que se movieren confra Jos curas y Vicarios particularrs d e, ella, é.igual111e11te t e11dreis cui- ~a:lo. _de que r esidan en sus parro - qtpas, y lleyen los d erechos, conforme ú arancel, y en caso que ~obre e~to haya alg u'na - falta, proce<lereis ,., á, su re medio, aunqu e sea <le oficio, y p <Hlréis , ha bien <lo causa j us. ¡ ta,_ 'co11cede1:les licencia, por tiempo <le .un mes, p a ra qu e s e ausentf>n t1e ·~qs parroq 11~as, un a vez al año y , no~.. dareis cuentJ ,de ello.. En f~ de .·1p_ :C,~lfll mamLrnws. d a r y dimos las pr~se.ntes, firmada~ por n u C:: !-,tré\ in a no, selladas con el sello <le nuestras armas, • y refrendadas ,por nuestro in-. frascripto Secretario de Cámara y Gobierno á los doce dias del mes de Di.cie1:nbre del año del Señor 'de ' mil ochocientos s esen ta y · '§-eis. . JUAN A}rnRosrn- ·.pbfspo de _P.~n:o: ~or•.l12,~n<lato _de S. t\1. el Obisp~ nu f?e~or--Felipe A. de Piérola,-Secretario. No_s;' ,el Dr-.•1Y Juan ·Ambro·sio Huerta~ por- la gtacia ~de ·Dj os Y. ·de la- Santa,Sede Apostólica, 0bis·~ó de Puno, & . .c'd~[1~~~p ,en, 1 ¡ ~r ~·r ·fi~ie~cia~- ;fid~~i~~d y Ju1c101, q~e_.,conc.µrrcn en vo~ .el poc- ' tor J?on Igpacio Fernandez os 'uon1l;1~a- ~º~ - ~ por.. I},l}.i stt~1 :Pr'?1;1i;t9~ 1?1i~c~( ~9-le~ siá~t1co11 ;e9-¡ .•~a . 4u!fiEincia. Epi~copal . de esta Ciudaq,!, .fó,1o '.,su ,6bi~i~P?,·, ;Pn'ra que, p0l' e~ Íl.effip0 ~µe l fqe.~~ ,9-ue~.~l'~ ¡JO• ]untad, . poda1s usar y ejercer eJ .di<;:ho oficio ante nuest~os jueces eclesiis 1 ticos • - - . , \ _, J ; y den~no_1~r de : ~u.alesqui~ra delitos y , pecados , públ_i,cp~ cont_rn ?ual~~qúi_~ra · P,ersonas ecl~~.iá~~!G.as . y _seglares, y segu~r, en , todas insta.ocias las dichas c~usas , ' ,: .• , ! .• i , y ottas ~un)e~ql¡L_iera_:crimi~ales... y qe oq~~s pias y testamentos, y . en defensa de. nuestra jurisdiccion. y ·dig~idad er,is,éopal;: y en ellas hacer los ~utos y diligenóias nccesa:·iast y que :convengan, y q_9-e': 1ehan hacerse.; · y_ asjµli'smo _sigais todas la~ ca.Jsas crin~ipfl,les que . c~~tra l~s~ ·perso> nas e~lesiást.igas . se hi~i~rent _ ~unq~e -s,ea cualqmer qtro fi~cal . seglar el denunciador; y g eneralme9te, .hngais todÓ aqn~Jlo que al di ~ho ~-u~s_tro oficio to.ca, y p~~de· . tocar y pertenec~r• . y .que . vuestros antecesores hicje1:~n, : h:¡tcer; ·f liev:éis . ·¡~s derechos y ~t!)olu_mentos, qne, por ~azoo . de qicho , yu_estro 9fip,o, os . ,P~rt~necé?. Y .~andan:i_o.s 3:~ais ten.ido, por t~l . ~tj~~7. . tro )?i;9motqr.. F ,~~pal> y se <;>s g~al'déli' , las honras y pre_emiriencias, que á vuestros . antecesoie·s ~·e· ii'ari "g~á\:daii'cf y d.ebido guardar ; . Y para todo lo ·que . dicho es, y lo J ' ·elJo' áoexo ·y concerniente, os d~tmos 'p'o~e~ )~ co'mision, en _f?Í·- ma tal con que arit~s de usar- el di cbo ofi c io hagais, . a~te' el nuestro Prpvisor y Y icario Gcneral 1 el juramento de fidélidad a9ostumbrado . En. cuyo testimqnio, mandam.os dar y damos _las pres~ntes, firmadas por nuestra, m·a~o, selladas con el sello d~ nu~stras arma.s1 y refré_nditdas p9r nuestro infrascripto Secretari9 ·cte Cámara y Gobierno, á los veinticuatro dias del mes ~ae Diciembre del afio. del S eüor de mil ochocientos sesenta y seis. J U AN .AMBRÓSIO-Übispo de Punó. Por mandato de S. S . Illma. el· Obis~ po mi Sefior"-Felipe A. lle P-iérola'--Sccr e tario'-[Firmado . J ---o--- AVISOS. Se hallan de v.e.nta eri la adminís-- tracion do este ,p~ri6di~o 1 ~l oficio y misa • de la Inmaculada .. c'oncepcion ctJ la "Virgen Sa 11.tí sima, presc,dtos . por . R ·.s. el Sefio1:· Pío IX, como 'constá de su bré·fc que á continuacion jn_sertainos: PIO PAPA IX para perpetua memoria. Con la asistencia del divino ·Espí.ritu, deja'mos ·satisfechos los comúnes votos y
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