La Iglesia puneña : órgano del gobierno ecleseástico de esta diocesis/Título posterior : La Iglesia Puneña periódico semanal. órgano ofial del gobierno eclesiástico de la diocesis(desde N°37)/Título posterior: La Iglesia puneña: publicación eventual. órgano de dcoumentos, doctria y hechos (desde n°180) - Año Nº1-18,/Nº19 Ene 12/Año 2-Nº2/Año 1,Nº3/Año II-Nº 23-51/Año III Nº52-79/AñoIV Nº 80-99/100-116/ Año V-117-136/Año VI 137-148/Año VI Nº149-172/Año VII-Nº175-184

• DE 1GU,\L MODO. Pio Obispo füervo de los Sícnus de 1hos.-.-\. nuestro:; umados hijo:; el Clero <le la ciuJa<l y Dióeesis de .,\ rr11ui- }Hl salud y heudiciun "\poslólica. , ne consejo con nuestros Yencrable:; h~rma1ws lus Cal'C.lc11alcs <le la :.:-ianta Iglesia 11omaua, y cu uso de la plcnitnd de la Potestad :, po::.tólica, hemos provisto hoy la lglesia. d.e J\requipa privada del consuelo de su Patitor en José Benedicto Turres persona recomendable por sus m6ritos1 á ~,os y á nuestros venerables hermanos los Cardenales, con cuyo consejo hemos procedido, y lo hemos instituido Obispo y Prelado, cometiéndole en lada su plenitud el cuidado, régimen y aú1¡1 inistracion de dicha J~fosia <le Are- <¡uipa, usi cu lo espiritual como en lo temporal, segun mas c:;teusameule se contienen en nueslras Letras Aposlólica's , I>or lo que os mandamos, que recihieudo cou honor profnu<lo á José .Benedicto Obü,po electo como á Padre y Pastor <le vuestras almas, y tribn• túndole obediencia .v reverencia que Je son propias y debidas, rccibais hurnild_emeute sus saludables consejos y mandatos, y cui<leis de cun1plirlos eíicazmeute, pues de lo contrario teu- <lrcmos por legítima la sentencia que el mismo José 13enedicto Obispo electo, pronunciare contra los inobedicutes1 y haremos con la Auloddad del Seüor1 se observe inviolablemente lrnsta Ulla satisfacciou condigna.-Dado en San Pedro de Uoma, el veintidos <le J uuio del nüo de la Eucaroacion del Seüor mil ochocieutus sesenta y ocho1 y vcintitrcs de' Nuestro Pontificado. J::u lugar del sello de plomo t. DE IGUAL l\TODO, Pío Obispo, Siervo de los Siervos de Dios.--A nuestros amados hijos del pueb1ó de lu ciudad y ])iucesis de Arcqui pa salud y bendicion Apostólica.- t:ou el voto de nuestros venerables he1·mauos los Cardenales de la Santa Jglcsia Homaua, y en uso <le la plcuilud de la Potestad. :Apostólica, hemos provifjto hoy la Iglesia de .\.re- <1uipa destituida del consndo de su Pastor en José Benedicto Tores Obispo electo, perso'na recomcudalile por sus méritos, a ~os y á nuestros venerables hermanos lo:; Cardenales, con cuyo acuerdo hemos procedido, y lo hemos instituido Obispo y Prelado, cometiéndole en toda su plcuitud el cuidado, n'.:gimcn y admiuistrncion ele dicha Iglesia de .Arequipa, así en lo cspi.ritual como en lo ternpornl, segun mas csteusdmente se contiene en uuestras Letras Apostólicas, por lo qnc amonestamos y exhortamos á vuestra univel'salidad, manda11<loos por · estas Letras Apostólicas, que recib-iorido respeluosa.'meutc y tratando con el deb-ido honor al mismo José Benedicto Obispo electo, como Padre y Pnstor de rnestra-s almas, atendaís humild - mente, á sus u111ouestacio11es v mandatos, <le modo que el mismo" José JJenedicto Obispo eleeto, se g0ce de te11er en vosotros unos, hijos de devocion, y vosotros de haber eneontrado en él un Padre bencvolo.-Dado en fon lledro .de Roma , el veíntidos de Junio <lel año de lc1 Eucarnacion del Seilor mil ochocientos sesenta y ocho, y vciutitres de Sucstro Pontificado. fax Jugar del sello de plomo t. DE IGU.\L MODO. :Pio Obispo Siervo de los Siervos de ])[os.-A cualqniera venerable herma110 nuestro Obispo Católico, que esté en la ~racia y comunion de la Santa Sede ,\ po:>tólica, saluU y beudicion ..Apostólica.-Dc consejo con nue::;tros venerables hermanos los Cardenales de la Santa Jglesia Romana, y en uso de la plcailucl de Ja- Potestad .\ ¡iostólica, hemos provislo bnv la kles.ia de _\._r1.;- 'JUift\, destituida ·Jei c01i:-;l11..:lo <le su Pastor, en jo::;é !knccl"ictu 1urrc!:I Oi,í~- P" ekcto u1..: _\¡-1_;,¡uipa. lJCJ',:.11.)Utl recu· LA IGLESI~ PUNEÑA •. mendablc por sus méritos, á :Xos y ii. nuestros venerables herma.nos los Cardenales, con cuyo acuerdo herno;; procedido, y lo hemos iustituído Obispo y Prelado, cometiéndole en totla su plenitud el cuidado, régimen y administracion de dicha !glel'iia ele Arequ ipa, así en lo espiritual como en lo temporal. Es uuestrn voluntad ciue antes qoe se mezcle en algo tocante al róg-imcn v nd mi11i::;tl'ucion de <lichu lg-Jcsia de~,\ req üpa, llaga en tus manos fo profesiou de ]?é Católica, segun la forma c¡ne está iucerta en nuestra 11ula y sea obligado ti remitida á Homa, en el tiempo seiialado, segun mas e:-.tensnmente f:e contiene en nuestras Letras, y ordenamos igualmente á tu fraternidad, recibas del mismo José Ueuedicto Obispo electo, á nuestro J10111Lre y en el de la Iglesia Uomaua, la profcsion de fe.'! cat fücn, segun esa misma fórmula-Dntlo en Roma en San Pedro el veintidos de Junio del afio de la Encaruacion del Sefíor mil ochocientos sesenta y ocho, y ,,cintitres de ~ucst.ro J>ontificado. Jfo lugar del sello de plomo tn1~r, 1'1HS,\IO i\TOflO. Pio Obispo Siervo de los Síervo5 de Dios.-A nuestro amado hijo Josc Benedicto Torres Obispo electo de .Arequipa saln<l y bendicion Apostó lica. De acueruo con nuestro:; venerables he1·mnnos los Canlenales de la Santa lglcsia . Homana, y cu uso de la plC:;- uítml de la Potestad Apostólica he - mos pro·vbto lioy la Jglesia de .Arequipa privada del consuelo de su Pastor cu tu persona, recomendable por tus méritos, á Kos y á nuestros venerables hermanos los Caruenales de la Santa Iglesia Homaua, con cuyo consejo hemos procedido, y te hemos in:siituido Obispo y Pastor, cometiendote plenariamcnte el cuid<1do, régimen y administraci011 de dicha Iglesia de Arequipa asi eu lo espiritual como en lo temporal, segun mus estensumculc se contiene en nuestras Letras .A postó lieas. i\os, atendiendo favorablemente 6 todo lo que pueda ceder en aumento de tu comodidad, te coucetle• mos por las presellicS -y en fuerza de nuestra Autoridad Apostólica, pleua y libre facultad para que puedas recilJir el beneficio de Ja consagracion de cualqLlier Prelado Católico que se halle en gracia y comunion con In Sede Apostólica, asociándose para esto á dos J>rcsbitero-s constiluido8 en dignidad cclcsiásticn, v facultamos en fuerza de nueslra Aut~ritlad AposLólicu :il Prelado que tu eligiere,; para que pueda lícitamente dispen;;,.!rte el beneficio :va enuuáado, reeibióndote a11tcs á nuestro nombre y al de la Seue Apostólica el jnrameuto aco:;tumbrado de lu debida fidelidad segun la formula anotada en !as r,resentcs Letras: queremos, ordenamos y decretamos por la mbma ,\uloridad Apostólica, que si el Obispo que eligieres ó cunl(JUicra otro procediere á cousagrarte, y tú ú recibir la consn\{rar,ion tcmernriamente sin haber prc~tado el predicho juramento, el consogrnnte qnc<le pri·vado del ejercicio del Pontiíicnl, y tauto el como tü qucdcis susp-enso~ del régimen y atlmi11istr.ieion de , nestras [- glc::;~as- en lo espil'ituar y tem p-on1L Queremos tambien qne cuides de designar lo mns pronto un n poderndo pül' cuyo órgano .:\os remi las la forma del juran.coto hecho por tí Je verbo ad verbuin, con tus ktras sc!la<l.as con tu sello. La fórmula del juramento que lrnbrús de prestar es la siguieute: "Yo Jos6 Ben<'dicto Ton es, electo Obispo de Arequipa, desde hoy en adelante serc fiel y obeui;;,ile al Uienave11turn-do Pedro, á !a Santa y A}JOStú!ica Jglc:;ia Hoinaua, á 11uestro Santbimo l?ndrc: el ::iefíor Pío Nouo v :\ los que le succt.;d1111 cnnónica:ucute. ·i\o m1.; h,illar) en t:ousejo ó ,:euerdo, ui l•lt.llOS Id(.! i111p Íl:,n'é C'l cualr¡llil'l' liecl1 prJr d t1ue ¡ii:.:nlitu la vtda, ':il..!llll mutilados ó aprehendidos <le mala fé, ó se les impusiere manos violentas, ó se les injuriare bajo de cualqu,er pretesto. A nadie le manifestaré el consejo que me comunicaren ya sea por sí, por sus nuncios ó sus letras, sabiendo que de ello le ha de resultar dafio y perjuicio. Les prestaré todo auxilio y favor para conservar y defcud.cr el prinrndo del Pontífice de !loma y las regalías de San Pedro, salvos mis derechos. Trataré honoriíicamente: y socor reré en sus necesidades á los Le;;ados de la Silla Apostólica á su venida y regreso. Cuidaré de conservar, defender, aumeutar y promover los derechos, honores, privilejios; autoridad de la Santa Iglesia nomaua, los de uuestro SanLísimo Padre, y los de sus sucesores. l\"o tendré parte en el consejo, hecho ó cou-· venio ~n los que se maquinen contra ~uestl't> Santísimo Padre ó la misma Iglesia :Romana, atentando algunas cosas siniestras ó perjudiciales á -sus person, , derechos, honor, estado y autoridad, y si tuviel'e uoticia de que se procuran ó maquinan tales cosns por alguno, lo impediré en cuanto esté de mi -parte, y á la mayor brevedad lo pondré en conocimiento del Soberauo Ponttfice ó de otros por cuyo órgano pueda llegar á sn uoticia. Obsen·aré y pt·ocurarc se observen lns reglas de los 'Sa-atos Padres, los derechos, ordenaciones, disposiciones, reservas, provisioneci y derechos Apo!'ltólicos. Asistir-e cuilndo fuere convocado al Concilio, á no ser que estuviere canónicameute nimped ido. Visitaré personalmente por mi mismo, cada diez arios las 13así licas de los Apóstoles, y daré cuenta á nuestro Santísimo Padre y it sus sucesores <le todo mi oficio pastoral y de cuales(Juira otras cosas que de algu n modo pertenezcan al estado de mi lglesia, á la disciplina del clero y del pueblo, y a la salud de las almas que se me han confiado; y á Sll ,•ez necibiré hnrnildemenle y ejecutaré con la mayor <liligeucia los mandatos Apostólicos; mas si me hallare le• gítimamente impedido, cumplirc todo lo quo l!e,·o cuonciado pot· medio de un procurador que elcgir6 dentro de los capitulares de mi Jglcsia, y á quien daré poder especial, ó en su defecto me ntl<lr6 de otro constituido en <lignidn<i ,eclesiilstica ó que obtenga algun personado, y a falta de tocios estos me \'aldré de nn sa.::erdote de la Diócesis, y fo! tando este, lo verificaré por otro ··pre&bítcro secular ó regular ~istingaido por su probidad y religion, iustruyendole plenariament.e de todo lo que corresponda. Pero en este caso haré coustar al Cardenal de la Iglesia Uomaua proponcute en la Congregacion del Concilio por medio de mi anoderado las causas legítimas por las q~e no me lla :;ido posible cumplit· por mí mismo ac¡nellos deberes. l\O vender·c, ui pignoraré, ni donare, ni <le nuevo enfeudaré ó ena~c11are de cualquier modo aun con cor(sentimiento de.1 Carf Lulo de mi Jglesia las posesiones que corresponden ú mí mesa Episcopal, ~in que preceda el conscntimie0<fo del Homn no Pontífice, v si sin 'su consulta procediere ú algt1na e11agc11aeion, quiern por este mismo hecho incurtr eu las penas contenidas· en la Constüuci::m Apostóli ca: ex¡}edida sobre la materia. Así1 l)ios me ayude y estos Santos Ev?lllgelios" .-Dado en San Pedro de, Uoma el veintidos de Junio del afio de la Encarnaóon del Seünr mil ochocientos sesenta y ocho, y Yeinlilres do ;\uestro Pontificado.-En h1g-ar del :-icllo de plomo -¡,. Con vi:sla de e.stas J..ctrns Apo5tólicas he sacado e:;,ta copia, hallandosc presentes los testigos Don Frnodsco y Don Alberto Pone(} de Leon. Concuerda cou sn orig-iual.-1'. .J11,sli11ia11i.-Oficial Dcpnlado .-,lforiu C.1r~ della l. -Jf,lll. t".-i'rodalario.-El sello ud C,1r(kuui.-b, c¡rnformc.--.:1,igcl Patrici.-::\otario Apostólico.-Uu sello -Cadas Scétl.zi.-Espediciouero de Letras. Es fiel version al castellano de las J3ulas latinas.-Seminnrio Cnnci.linr de San Carlos y Snn l\farcel o en Trujillo á 24 de Agosto de J 868. · J1icin de la Crit.z Getrcia Mende-z:. rresbítero profesor de lengua italiana. Yista al SPñor fiscal de la Exclentíci◄ ma Corte Suvrema.-Bcirrenechea. (Contin1tará.) ANUNCIOS. Por todo lo no firmadofoNAc10 l"EJ\NA.Nlmz. ., l,a Llbre1•í,1- Católlca 1 acaba ue recihir1 entre va,ias obrns importan~ Les, los devocionarios siguientes- · Riyua/.-Scmana santa. Lai;a/le.-Oi-aciones " médil.aéioncs. Bo·uc;olona.-Manual i1e pieElad. Torrecilla.-Eqeologio romano, mayor -y menor. ld.-El Feligres instruido. -Devocio~uario de s. Yicenle de Paul. -lloras sagradas. -Hamtllele tic divina!< flores, ele. ele. dislinlas etlieioncs J pa,;La, [t tlifernules precios. OBRAS PEDlDAS. por las (IUe 103 inloresados pueden ocurrir. Eel'gier.-\"ef'dadera rcligion. ' Médicis.- Suma de Sto, Tomas. retas1}"e:;,-Diccionario ingle&,--(Ed, 1868.) -Cuia poliglota- Ingles. - Id. id. -Frnnc(•s, Puno1 marzo -17 de ·ISG!"L EL EXTINGUIDOR, l30Mil,'!. P.\JJA I~GE"'iDIOS1 POilTATIL Y QUE · OURA l'Oll SÍ MISñI \, UMITED STATES FIRE EXTIN~UISHER COIIIP_ DespacJio, o. 0 ~ lley Slrect Xcw York. El objeto de esta inveneion es· exlingui.r lo& iúccndios de una Hlilllilri.1 mas rhpida c¡u0 Ju que se h·tre ahora. . La~ ven lajas <le! Exting-1:1idor son las sigu1<•n1es; Todo fuego comienza en peq11eria csealo1 y i;i se ddsarrulla iue,·italJle y i-i1pi11amenle1 es porque cna11do principia, que los momc11Lo~ son preciosos para apagarlo, no se líenen ¡, mano medios de lracerlo. El Exbinglclidor es ltt únfca mi1quiua quellena este requisito. Se puede emvlcar en c1rnlquicr momenlo' dado, aun cuando lwJa esl.,\tlo sin usarse_ d u-:- ranle muchos ilfws. .\ paga BI fuego in~lnulhnr:rmen[c, i\o nece. Ha la gran eanlidad de agu:-i r¡11e: con este olJje!o· se ~¡¡sta nl1oru, Cn ni~w la trnetfe manejar con el mismo (:)..ito que 11n hornocffo experrmcntado. Es tan portátil ·:¡ focil de rnauej,ar como un cubo de iigwL Posee fa potencia y es lan e!ü:itz como una Bomba tle ,apor. i\o cnu'ia et menor daúo ni it la ,·ida, ni a la salnd, ni ft 1a p-ropicdad. ' l~s Ju itllica i1n-encion c1>r10dda r¡ue apn~ ga incendios rlr l,erosina, de hreil, dr, paír.alina, y de lodos los· malcrinles ro111-lmslib!csquc son ahora tlc uso rnonrnn. EL urnll.10 l'\,º 1.0 rcpresenla el E.vlingnidor !islo- para usarse. · EL mnc.ro -',º 2' rc¡ircson!a una \tf.S[a parcial del J\'.,1:f.ina1tidor.-(fa,los tlilJlljos puctlCD vo.1·sc on c:;ta imprenta). lixrn,;11 ST.\TES 1i11lE Exn:-1;u1s11GR Cu, ✓Jyentei; en el Perú Pi(if•oila bei•mano§. Malcft01'nudo, 137-Li¡na.,-. los cuales liru1m .de ,enla el «J<:\ttogtúder y su~ cargas) y c:,pcúirán los pedidos q11e seles dirijan efe csbe Depar(ameoLo por con~ uucLo ele~ n,n;mo nE ;\BOGXDO, ,., .Ei .\ho~p rlo qua sw,c1·ihc, pone en conocimic.nlo del p1'lhlicv J' do l,ts personas que tic~ snen ticuparlo, qt1e lw abicrlo .su cstuuio e11 la callu denominarla Ancachs, tílSil 11. 0 4(i(j, donde se le cncunlrur;'i desde las siete de la mnrurna ha. ta las cinco de la tarde, as) como- ¡1 D. Ánjel \'asqncz. fluicn admite ll)s pode~ res de !as 11ersunas r¡uc quieran c@ferirl~4 Jlijinio TalcnJeret. Ii\lPRE(T'I. ]H~ «LA H:l,füHA PU::Xf(A,.. l1or ~l. c. 11.-Cnf.lc de Jc1u~alcn, n. 0 :í52..

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