37 vista ético. Es deber de todo profesional del derecho mostrar una conducta proba; tanto en las relaciones sostenidas con su cliente, como con sus colegas y con el Tribunal, es decir, se trata de un deber que traspasa cada una de las relaciones humanas que entabla el abogado defensor en el marco de su ejercicio profesional. Estando a su importancia, en el siguiente ítem haremos un análisis individual de la conducta proba que debe observar el letrado en cada una de tales relaciones. 2.5.3.1. Deber de probidad en la relación del abogado con el cliente: 2.5.3.1.1. La publicidad de los servicios del abogado: Respecto de la forma como el abogado defensor debe dar a conocer a la comunidad el servicio profesional que brinda, el Artículo 65° del Código de Ética del Abogados, establece lo siguiente: “Artículo 65. Publicidad del Abogado. El abogado podrá anunciar sus servicios a través de cualquier medio de comunicación, actuando de manera responsable y en armonía con los principios de veracidad, autenticidad, lealtad, legalidad y con las normas y principios que rigen a la publicidad en defensa del consumidor.” Verificamos que, como cualquier otro profesional, el abogado defensor puede publicitar sus servicios profesionales, a tal fin, es frecuente el uso de tarjetas de presentación en las que se especifica la identidad del abogado, su especialidad, así como información sobre la ubicación de su bufete y los contactos telefónicos respectivos. Otros letrados difunden sus servicios en medios de publicidad impresos, como diarios y revistas; otros hacen uso de las tecnologías de la información y de la comunicación, tales como las plataformas digitales. Independientemente de los anteriores instrumentos publicitarios, en la práctica se verifica que un buen número de clientes que solicitan los servicios de un profesional del derecho lo hacen porque alguna persona se los recomendó al haber quedado satisfechas con los servicios prestados por el letrado; otro grupo de clientes acuden a tal o cual abogado porque observaron el desempeño profesional del mismo durante su participación en casos emblemáticos publicitados por los medios de comunicación. De otro lado, existen malas prácticas ejecutadas por los letrados dirigidas a publicitar sus servicios profesionales, así algunos abogados suelen agenciarse de personas que, a modo de los denominados “jaladores de mercado de abastos”
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