CAPÍTULO 2 EL JURADO DE IMPRENTA «El jurado de imprenta ha sido entre nosotros un total fracaso. Se halla en realidad derogado por el no uso» Exposición de motivos del anteproyecto de Constitución del Estado de 1931 «A tal punto esa ley ha llegado a ser extraña, anacrónica e inadaptable, que… virtualmente la ley no existe, su acción no se deja sentir en lo más mínimo, ni sus disposiciones pueden tomarse seriamente en cuenta, conocida es, su tradicional ineficacia» Álvaro de Orbegozo «¿Cómo es posible defender aún el jurado? ¿Cómo es posible creer en sus alardeados méritos, cuando es quizá la institución que en el desbarajuste de nuestra vida republicana ha sufrido el más ruidoso y completo fracaso?» Álvaro de Orbegozo «El jurado es… la mejor y más segura garantía de la libertad» Juan Fernando Gazzani García «La ley de Torre Tagle es severa y hasta cruel… esa ley no representa la aspiración popular ávida de libertad y desenfreno» Alayza Paz Soldán 1. LA LEY DEL 3 DE NOVIEMBRE DE 1823 Mediante una ley del 3 de noviembre de 1823, se promulgaba en el Perú el Reglamento de Imprenta (Santos de Quirós, 1931, pp. 395-401). A lo largo de 55 artículos, se observa un tratamiento exhaustivo de la materia. La norma emergía en el marco del debate de libertad de imprenta. De hecho, el dispositivo tuvo como precedente legislativo la que puede considerarse 38
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