Justicia profana. El jurado de imprenta en el Perú

José de San Martín y sus colaboradores también se vieron asaltados por el moralismo. Así, un decreto del 31 de octubre de 1821, dado en el Palacio Protectoral, prescribía: He dispuesto prohibir absolutamente sin más restricción la introducción de libros obscenos con láminas o sin ellas, y que los contraventores queden sujetos a la pena de confiscación no solo de aquellos libros que eran destruidos inmediatamente por mano del verdugo, sino también a la multa de dos mil pesos aplicables al fondo de la biblioteca nacional (Gaceta del Gobierno, 17 de octubre de 1821, p. 126). La libertad de imprenta en la que pensaban San Martín y sus consejeros no era irrestricta. En efecto, el 24 de agosto de 1822 se dispuso, mediante otro decreto, que: «En todo papel que se publique por medio de la prensa, se expresará la imprenta por la que se da a luz, con el nombre del dueño o administrador de ella» (Colección de los reglamentos expedidos por El Protector de la libertad del Perú, 1821). Sucede que, para el Protector del Perú: «La libertad bien reglada de la imprenta es muy interesante a la causa pública: pero su abuso sería muy perjudicial y funesto» (Colección de los reglamentos expedidos por El Protector de la libertad del Perú, 1821). No deja de ser una ironía que San Martín —quien estableció la libertad de imprenta en el Perú— sería víctima de las constantes críticas de la prensa. Las acusaciones de los extremistas republicanos que le achacaban querer convertir al Perú en una monarquía e investirse como rey, hicieron su efecto. José Agustín de la Puente y Candamo diría, de La Abeja Republicana, el periódico de José Faustino Sánchez Carrión, que fustigaba al régimen de San Martín: Fruto del liberalismo político y hasta del jacobinismo apasionado, encuentra en la polémica constante e incisiva su genuino campo de acción; contraria a Monteagudo y al monarquismo, enemiga de San Martín, se opone por todos los medios posibles a la difusión de sus ideas (De la Puente y Candamo, 1948, p. 50). A juicio de Bernardo de Monteagudo, el colaborador más cercano del Protector, las «calumnias de la ingratitud» que solo creen que hay libertad de imprenta, «cuando puede ejercitarse la detracción» precipitaron su alejamiento del país (De Monteagudo, 1823, p. 21). 36

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