29 «Cuando se publican máximas o doctrinas que conspiran directamente a trastornar o destruir la religión de la República o su constitución política; publicando doctrinas o máximas dirigidas a excitar la rebelión, o perturbación de la pública tranquilidad; incitando directamente a desobedecer alguna ley o autoridad legítima, o provocando a esta desobediencia con sátiras o invectivas; imprimiendo escritos obscenos, o contrarios a las buenas costumbres; injuriando a una o más personas con libelos infamatorios, que tachen su vida privada, y mancillen su honor y buena reputación». 30 Medrano, en la época, era un delincuente peligroso y temido por los vecinos. Para que se tenga una idea de su personalidad, José Monterola escribía: «Para que el público conozca mejor al bárbaro asesino que deja seis inocentes víctimas, daremos los siguientes apuntes. Este Medrano fue aquel que el año de 42 dejó la muerte en el pueblo de Chincacalta a una indígena honrada que se nombra N. Portillo, sin otro motivo que la propensión innata de Medrano de matar cuando se embriaga. Él mismo fue el que estropeó en Cañete por el año de 45 al síndico de Chincha D. Pablo Miguel Chaycho […]. Él, quien al siguiente año, casi mata en dicho lugar de Cañete al maestro Francisco Caycho» (Monterola, 1850). 31 Sobre la conocida y larga enemistad entre Musso y Ricardo Palma, véase Holguín Callo, 1994, pp. 76-94. «La casa de la Pila, primitivo local de El Comercio, era una de las mejores propiedades urbanas del Convento de la Concepción y la que más rentas le producía. En 1849 el síndico doctor José Dávila la arrendó a José María del Corral, quien cedió el contrato al italiano José Musso. Este, un inmigrante dedicado a la enseñanza en un momento de auge de la demanda educativa, hizo salir de la casa a numerosos inquilinos con el fin de instalar en ella un colegio para varones, hecho que le ganó una profunda y escandalosa enemistad con los Palma, Pedro y su hijo Manuel Ricardo, como entonces se firmaba, que muchas veces se volcó a la prensa entre 1849 y 1855» (Holguín Callo, 1994, p. 77). 32 Dice José Musso en el mencionado artículo: «Patentizo que el remitido que indebidamente se me impuso por M.R. Palma estas escrito de mi puño y letra, como lo asienta el referido sin rubor en El Comercio del día 20 el corriente es falso […]». 33 El agente fiscal dice: «Que denuncia en debida forma el artículo titulado “D. Lizardo Montero” publicado en El Comercio, N.° 5614 a fin de que se mande verificar la garantía y prohíba la circulación. Lima, marzo 1958, José Silva Santisteban». 34 Acta «Valparaíso, junio 24 de 1861/ No es culpable/ Torres – Carlos Lorea – Trifón A., Salas – Javier de la Cerda – F. Rocuant – Exequiel Valenzuela Castillo – Carlos Pérez – Isaac Lamas – Manríquez, secretario/». 35 «Cantar la palinodia» halla su origen en la mitología griega. En el siglo VII a. C., el poeta Estisícoro cantó unos versos en los que ofendía a la hermosa Helena, donde la culpa de la guerra de Troya. Los hermanos de Helena enceguecieron al poeta por las injurias proferidas. Sustituyó entonces las ofensas por halagos. Helena, agradecida, le restituyó la vista al poeta arrepentido. Este arrepentimiento público es un tipo de oda, canto o, mejor dicho, recanto. Recuérdese la palinodia de Sócrates en Fedra. Véase también Ramos Núñez, 2008. 36 «En el juicio promovido por el agente fiscal, denunciando un artículo publicado en el periódico La Revista de Lima Tomo 2, Número 6 en que se notificó la resolución superior por este periódico a D. Toribio Pacheco, interpuesta nulidad de dicha 134
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