Institución Evolución Femenina: Exposición de principios. Estatutos
- 15 - Art. 21.-En el curso de las discusiones no se permitirán los diálogos, alusiones ó frases inconvenientes que pudieran dañar á las personas, debiendo dos de los miembros de más representación intervenir para conseguir la observancia de este artículo. TÍTULO VII De las comisiones Art. 22.-Las comisiones serán nombradas por la Junta Directiva y en sus atribuciones se sujetarán á las instruccio- nes que 1 s mismas Juritas les impartan. TÍTULO VIII De las elecciones Art. 23.-Las elecciones para renovación de la Junta Di- rectiva y demás cargos se efectuarán en el mes de Febrero de cada año. Art. 24.-Sólo tendrán derecho á elegir y ser electas las socias que estén al corriente en el pago de sus cuotas. Art. 25.-La elección será válida con la mitad más una del número total de votos (previo cómputo), de las socias asistentes. Art. 26.- :C.as elecciones se harán en cédulas, en las que consten los n ombr es de las personas propuestas para los di- versos cargos. Art. 27.-Si por circunstancias imprevistas vacara la Presidencia, Secretaría y Tesorería, se harán cargo de ellas la Vicepresidenta, Prosecretaria y Protesorera respectivamente. Art. 28.-A los quince días de efectuada la vacancia de la Presidencia, se proveerá el puesto por elección. TÍTULO IX De la Presidenta Art. 29.-La Presidenta es la representante genuina de la Institución, su personera é intermediaria en sus relaciones con las demás colectividades. Art. 30.-Son obligaciones de la Presidenta: a)-Representar á la Institucion en todo acto que le dé lustre y beneficio: · b)-Presidir las sesiones de Junta General y de Junta Directiva;
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