observaciones médicas, los parámetros del niño fueron normales. Los especialistas que le practicaron la cesárea se dieron con la sorpresa que la pequeña disponía de ovarios plenamente desarrollados como si fuera una mujer adulta. Al indagar sobre su historial clínico, los médicos descubrieron que a los dos años y ocho meses de edad había comenzado su menstruación. A los cuatro años ya se le habían formado senos y vellosidad, y esto, aunque eran detalles que a menudo se observan en los casos de embarazos prematuros, no dejaba de asombrar a la comunidad médica. No se sabía con certeza quién era el padre de Gerardo Medina. En su pueblo natal, Antacancha, se corría el rumor que Lina era una suerte de Virgen María que concibió sin pecado; mientras que otros comuneros creían que el pequeño Gerardo fue engendrado por el Dios Sol. Sin embargo, la justicia debía descifrar el misterio: ¿cómo podía una niña de cinco años quedar embarazada? Se supuso que don Tiburcio había cometido una violación incestuosa en agravio de su hija y fue apresado durante varios días, pero lo liberaron por falta de pruebas. Empero, las sospechas recayeron sobre uno de los hermanos de Lina, el mismo que sufría de retraso mental. Tiburcio Medina y su esposa Victoria Loza de Medina rechazaron una serie de ofertas que se les formulaban para que el bebe y su pequeña progenitora sean presentados en la Feria Mundial de Nueva York, programada para 1939, con los gastos pagados y una asignación mensual de $ 4,000.00 dólares. En cambio, Tiburcio y su esposa, en julio de 1939, no dudaron en aceptar el sustancioso ofrecimiento de la prestigiosa compañía norteamericana Seltzer que les brindaba $ 1,000.00 dólares semanales, un fondo que les garantizaba su bienestar de por vida, para que la precoz madre y su hijo sean investigados por una comunidad de científicos en Estados Unidos. Oscar R. Benavides, a la sazón Presidente de la República, al enterarse del contrato montó en cólera y alarmado notificó que la niña se encontraba en grave «peligro moral». Asumió la noticia como un asunto de Estado. La consigna era retirar la patria potestad a los padres de Lina. Por oficio de 25 de mayo de 1939, el Presidente del Consejo Local del Patronato, solicitó al Juzgado de Menores una indagatoria, a fin de adoptar medidas de protección a favor de Lina Medina. Un día antes que el juez de menores emitiera su sentencia, y en un típico caso de interferencia de atribuciones, se expidió la Resolución Suprema de 102
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