Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
PRIMEROS ACTOS DEL PROTECTORADO 561 como la de Salamanca; derechos y subvenciones para el Ministerio y el Supremo Consejo de Indias; imposiciones de empréstitos, cuyos réditos y amortización se habían hecho incidir sobre las cajas rea– les; suministros llamados patrióticos; principales de fincas amor– tizables y reditables con fondos del Estado; y, en fin, deudas y pensiones a favor del rey, de ciertos particulares o de determinados ramos-; deducida, decimos, la mencionada suma del total indicado de los créditos pasivos, quedarían siempre en contra de la hacienda pública del Estado novísimo, en créditos que, por su origen o por su aplicación, no podían ser desconocidos, ni atribuídos a la responsa– bilidad de la metrópoli, un cargo total de 6.449.665 ps. 3 rs. IV Así que, además de no existir un centavo en arcas, el nuevo go– bierno nacía llevando sobre sí el peso y la urgencia de una deuda de seis y medio millones. La situación no podía ser más desespe– rante. El mes de julio transcurrió de cualquier modo: el ejército se atuvo a sus anteriores desfallecientes recursos; y los infelices convi– vientes del fisco hubieron de pasarla por milagro, sin autoridad propia a quien ocurrir ni poder protector ante quien quejarse. Pero constituido el nuevo régimen el 3 de agosto, vigente entre él y sus servidores un nuevo convenio tácito de servicios, planteóse, a fines del mes (el 27), el espeluznante problema del pago de sueldos a fun– cionarios y empleados. Unanue hubo de multiplicarse. Arando las cubiertas; con lo poco que hubo rendido la Casa de Moneda por los derechos de acuñación de pastas; con lo que pudo sacarse de las ar– cas del Tribunal de Minería y del Tribunal del Consulado; con el insignificante producto de algunas nuevas subastas; con determina– das multas, y aún, suministros o préstamos de su propio peculio o de algunos particulares, pudo, el mismo 27, decretar el pago de medio sueldo, sin descuento alguno, por el citado mes de agosto, mientras su cancelación pudiese realizarse por entero, no sin reco– nocer la sagrada obligación que por el saldo asumía el gobierno independiente, dada la circunstancia de ser el primer abono que a este último incumbía; y cuidando, al decretar, de dar la exculpatoria del incumplimiento; reducida a que "los españoles, al retirarse, ha– bían agotado los fondos del Erario y a que no estaba aún expedito el giro de mar" (1). (1) Copiamos aquí aquel curioso acto gubernativo, que a la letra dice: "Lima, agosto 27 ele 1821. Es demasiado notorio que, al retirarse el enemigo de esta rnpital, no sólo dejó agotados los fondos del erario, sino aún puso todos los medios conducentes a que no pudiese repararse en largo tiempo.
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