Historia de la emancipación del Perú: el protectorado

284 GERMAN LEGUIA Y MARTINEZ VI So pretexto de una enfermedad total de la diputación patriota, postergó ésta su contestación, durante una semana entera, acerca de lo principal, esto es, del 11 al 17 de junio; y, por supuesto, lo hizo en el concepto que era de aguardarse, con una rotunda nega– tiva, de toda garantía por parte del gobierno de Chile y de lord Cochrane, asegurando que, obrando San Martín en nombre y con arreglo estricto a las instrucciones del prímero "la suprema auto– ridad del Estado chileno entraría gustosa en cuanto se estipulara para procurar la paz del Perú, sobre la base de su independencia política"; y añadiendo que e] segundo, o sea lord Cochrane, con las fuerzas de su mando, "sostendría en todas circunstancias y en el curso de aqµella campaña, todas las deliberaciones" del general en jefe del Ejército Libertador (8). La renuncia que el general inde– pendiente hacía "de la actitud imponente en que se hallaba" y "de Sr. D. José de San Martín, que abrir su mano generosa en favor del pueblo de Lima, para aliviarlo de las necesidades a que lo ha reducido la guerra; pero los Sres. diputados del Excmo. Sr. D. José de La Serna permitirán a los que suscriben observar que, además de que, en las medidas calculadas para grandes sucesos convenientes a la especie humana, la razón y la justicia univer– sales aconsejan que se prefiera el menor mal, no sería difícil encontrar, en la clasificación del pueblo de Lima, una porción de hombres que, no sólo tienen una principal parte en la guerra actual, sino que, atizando constantemente la discordia, se ha hecho indigna de participar de la generosidad que se dis– pensa a la clase sana e inocente del pueblo.- Sin embargo, los que suscri– ben, al celebrar la prórroga del armisticio, darán al mundo un nuevo testi– monio de que, ni las consideraciones antecedentes, ni las leyes de la guerra, observadas por todas las naciones, las cuales justifican la privación de todo suplemento alimenticio a una plaza bloqueada por mar y tierra, como en el día se halla la capital de Lima, prevalecen, en el ánimo de su general, so– bre los sentimientos de humanidad en favor de sus semejantes; y tendrán la satisfacción de acordar, con los Sres. diputados del Excmo. Sr. D . José de La Serna, el modo y forma en que pueda ser surtida la capital de algunos víveres, durante el término del armisticio .- Los abajo firmados tienen el ho– nor de tributar a los Sres. diputados, etc.- Firmas de los diputados y del secretarlo" . (8) "Miraflores, 17 de junio de 1821.- Conformes los Sres. diputados del Excmo . Sr .D . José de La Serna (según lo indican en su apreciable nota del 11 del corriente) en que la negociación continúe y se concluya bajo garantía de la plaza del Callao, en los términos de la nota de 19 de mayo próximo pa– sado, los que suscriben desearían que SS .SS . hubieran, ahora, declarado ter– minantemente su opinión respecto a los limites entre los ejércitos beligerantes, propuestos a los que suscriben, en la expresada nota del 19, como punto esen– cial del armisticio definitivo. Pero, suponiendo que no habrá variación, por parte de SS .SS . a este respecto, de lo expresado en aquella fecha, pasan a h acer ob servaciones acerca de la garantía que se p ide al Excmo . Sr . general

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx