Historia de la emancipación del Perú: el protectorado
LA PETICION INDEPENDIENTE DE GARANTIA 247 II Claro es que, no viniendo en esta respuesta la fijación de nin– guna garantía, contra lo exigido por los diputados patriotas; sino, antes bien, su negativa palmaria por falta de autorización, Guido y sus colegas rehusaron, en atenta réplica, ocuparse en el examen de la propuesta de armisticio, "por considerarlo inoficioso", ya que tenían manifestado "no estar dispuestos a aventu:rar los sa– grados intereses de América en una negociación semejante, sin ga– rantías suficientes"; por lo cual acababan expresando la esperanza de que "se allanase aquel requisito, esencialmente necesario para la realización de un convenio pacífico entre ambas partes" (t3). quiera clase que sean, deben desarmarse y disolverse, quedando reducidos a las clases a que antes pertenecían, ofreciéndose a los que corresponda la más absoluta y perfecta garantía.- 12~ Se abrirán las comunicaciones y ~ranco comercio, desde el momento de la ratificación del armisticio, entre los respec– tivos territorios para proveerse recíprocamente de subsistencias y mercade– rías, llevando los correspondientes pasaportes.- 13~ El comercio entre Chile, costa de Trujillo, Guayaquil y el virreinato del Perú, queda también expedito; libres de todo derecho, a la entrada y salida, los frutos territoriales de estos países, e igualmente los productos de sus respectivas manufacturas, arreglán– dose, por un convenio particular, los derechos que deben imponerse a los géneros peninsulares y extranjeros.- 14~ Aunque, afortunadamente, en estos países se ha hecho la guerra lo más conforme al derecho público de las na– ciones civilizadas; con todo, para que, si por una fatalidad se renovase la gue– rra, haya una constante y recíproca conformidad, según los hu.manos senti– mientos que animan a ambos gobiernos, se hará un tratado de regularización, que la constituya tanto menos funesta, cuanto liberales son los principios de las partes contratantes.- Los que suscriben tienen la honra de reiterar a los señores diputados del Excmo. señor general en jefe del ejército de Chile, su más alta consideración.- Manuel de Llano.- José María Galdiano.- Manuel Abreu.- Francisco Moar, secretario.- Señores diputados del Excmo. señor general en jefe del ejército de Chile". (3) ''Punchauca, 7 de mayo de 1821.- Los que suscriben, advirtiendo en la nota que, con esta fecha, se han servido entregarles los señores diputados del Excmo. Sr. don José de La Serna, que no se hallan autorizados para ofrecer garantía de lo que se puede pactar - prescinden, por ahora, de hacer observación alguna sobre los artículos que contiene la nota de dichos señores diputados, por considerarlo inoficioso, respecto a haber manifestado ya a sus señorías, con fecha 5 del presente, no estar dispuestos a aventurar los sagrados intereses de América en la celebración de un armisticio sin suficientes garan– tías. Los que suscriben esperan, pues, que los señores diputados del Excmo. Sr . don José de La Serna, animados de los mejores sentimientos por la causa de la humanidad, allanen ante su gobierno aquel requisito, esencialmente nece– sario para la realizaci6n de un convenio pacífico entre ambas partes.- Per– mítase a los que suscriben el honor de ofrecer a los Sres. diputados del
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