donde describe su viaje a Lima (véase p. 44), como dechado de lo contrario. Lo curioso es que la diferencia de tiempo entre sus referencias positivas y negativas es de solo tres años, pues en las páginas donde habla bien de él suele poner 1611 como año de los acontecimientos y cuando habla mal, hemos deducido que alrededor de 1614, es decir, la época en la que viaja a Lima a entregar su crónica. Aquel discípulo de nuestro cronista le debió ser muy cercano porque a lo largo de su manuscrito le dedica un total de quince páginas en las cuales figura ilustrado hasta en dos oportunidades. La primera mención que hace de él cubre desde la página 494 [498] hasta la 498 [502]. En ellas se encuentran los dos dibujos aludidos (véanse figs. 20 a y b). Castigado por las autoridades corruptas con las cuales él no quiere transar, en el primero figura penalizado en un cepo al lado de un corregidor —supuestamente de la provincia de Lucanas— que está de pie ejerciendo su autoridad (véase fig. 20a) y en el otro también aparece en un cepo al lado de otro corregidor que está en su cama con una mujer (véase fig. 20b). Más allá de otras connotaciones que hubiera querido darle, esta última escena pareciera buscar concordarla con el texto cuando dice que le tubo preso de día y de noche; no le dejó del sepo con grillos y esposa en su aposento detrás de su pabellón porque no hablase con nadie. ¡Asno del corregidor! Con ello salió pobre y endeudado y presiguido (Guaman Poma, 2001: 497 [501]). El tema principal que trata de transmitir, y que lo reiterará en trece de las quince páginas donde figura este personaje, es que causal de sus desventuras es su entereza de no ceder a las presiones de las autoridades que le exigen proporcione ilegalmente la mano de obra de sus súbditos para un conjunto de requerimientos personales. Como su padre, Cristóbal de León es también un curaca segunda persona según el dibujo de la página 498 [502] (véase fig. 20a). Como tal, se hace acreedor a que en diversas oportunidades lo trate de «principal», aunque en otras solo de indio. Entre sus funciones debió estar la de legalizar testamentos de sus súbditos, como aquel mencionado por Guaman Poma en la página 515 [519], que está fechado el 6 de agosto de 1612 en el pueblo de San Pedro de Tanbopata (que no lo he podido identificar). Su obstinada defensa de los indígenas lo lleva a tener conflictos 117
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx