El imparcial : periódico político, literario, judicial y popular
EL IMPARClAL-1\flEtlCOLES 4 JJE DICiEMl31lE O:E 18tJ,_, • = m •rr- sucesivo para afianzar sobre in-¡' del nombre de estos y· el impor-) partidas po_r d~bHo pag .r, por t? ·) tes que la 'l'esore~i~ Genera~ remitl\ destructibles bases la felicidad na• te de su pension que se acos• \ das la.i obhgacwnes de la Tesor~r1a I en el mes ~e. D1c1e111br_e! a fin de cional y los ptleblos procedien· tnmbra poner llevarán al márjen ~ comprobtandolas con los respectavos q~e los continJentes rem1t1dos en un ¡ ' I· d b"d · ' · ¡' • • d l ' · d l ¡ presupnestos 1 aun cuando el abona t ano, no figuren en la cuenta del to ~on ,, e ! a c1rct~ns_Pecc1on, l 1zqu!er.o a num erac10n e os se h"ga despues, para que pueJa <•tra; pues eatc'I ocasiona tropiesos y ul ejercer su mprescnpt1bl; ~e· , pensiomst~s q.ue con.tenga, para 1 conoc~rse en esta Dii-eccion por sus dificultades en la_ cuenta je~eral. reeho de soberanía, depositaran¡ conocer a prnnera vista cuantos 1 estados lo que se esté adeut.lanJu l Es de precisa 11eces1dad que tnas tat•de en las ánforas elec· son, y quienes los que no se han ¡ por las obligacion~s de cada Depar \se conozca en . esta D_irecci•·n el tionarias, nó los caprichos de presentado á cobrar su pension; · t;1mento; y del m1~mo. modo debe 1 valor de los bienes n_acio~a!es p ·ra partido sino únicamente su oe· '.· y cuando termine el parro de 1. procederse con cual1¡u1~ra órden de ¡l lo que_, y conforme á. ~1spos1c1ones ya · ' , l 0 ¡ , d 0 1 pago 6 decreto que lo chspong;1; pues comu111cadas se debera turmnr en esa tiUma y espontanea vo untad. , m~s a q_ue corr~sp~n en,.se _pon- 1aunquc 110 pueda verific.irse de pron . Tesor.eda un m111je.í completo ~le ---------==¡;¡;a==== ! dra. al ti~l de ello;:, Ul~ 1es~me11 ¡ 1u el abono se asentara la partid-• ' los bienes que seau de l.i prop1e– l>OCUMENTOS OFfCfALES· ¡ qu~ ma111fies~e la cantidad a que ¡ por debido pagar 1 , comproba 111 lola ¡ dacl .del Estado, el c~ ''.' c.~mstara de , j asciei;de su unportc, lo que se ; con el e~ped1ente ?ngen del crédito , un hbro que se ttbr~ra sm demora. Cuarte./ General en Sacltaca-No· 1 ha ahonado segun recibos pues- ¡· y expediente (.. 1 Interesado caso de , y en el que se hara u~ extral to demhre 18 de 1861. tos en ellcts y la que resulta so~ pagars~) el rc.p.:~tiv1~ eertificado ¡ 1 por cad!' nno de los b1e11e~. que b t ' h b 'd I con el que acreditara ti abono pertenec1·111tes al Estado, admm1s1ra . rau e por no a er ocurn o os , 1 11 1 d T · . d" h H<1biendo asumido personal- . ' . . . · cu~n< o egue e caso de hacerse; ca a esorerr~, en 1~- o ~xtracto mteresados. A dichas hstas se\ teniendo presente la disposicion que cons1ará el bien, su s1tuac1on, su m.e,nt~ el mando en Jefe .del ! acompañarán como comprobantes prohibe ex,ieclir mos de un certifi extensioo, su valor, su producto, y Ejercito Y A~m~da ~e la,Nacion, · los documentos indicados en el · ca~o d.e las par1_idas que at'reditan el. modo como _fué adquiri.do, pte~e conform~ al mc1so l · articnlo _18, ¡ artículo _segundo y <lespues de obl1gac1on. del Fisco; y debiendo d.'endv la tasacwn respectiva; . y sir Y. al articulo 87 de la Constltu- . cerradas con la fecha del día en al expe.1hrlo pon~r fa respectiva viendo de _comprobante los tltu.los c1on del Estado: 1 l l const1mc1a al n.argen de la partida corresponJ1ente:1; füera. de la partida 1 , que se conc uyan os pago.s Y para no exponerse á dar duplicado habrán dos columnas en dicho libro, Se resuelve: . hcobn.l}tasd firmasJ ~e ~ost respetctlvos E~1 _las cuentas de Empréstito; 1 en quie, en la una sde ponga su ,valo~ Q 1 G l J fi d l ¡ a 11 a os y e1es 111 erven ores, , y Oepos1tos se observará el movi y en a otra su pro · ucto anua ; cut E ., . ue De Pednera Ben e e e 1 1 se entrerraráu en la Tt•sorería Ge· ¡miento que les corresponde, es de I dando de anotar oportunamente las ·1ercito e ro ustamante 0 · 1 - ·b· · · t l t " ' · , ' ¡ neral, junto con el dinero sobran- en·_. a rec1 irse un valor poi· cual ¡ va1"1ac1~11es q~e eng~n '.e a_umen o quede con el car~~~e~ de Gene· , te de la cantidad ue hubiesen •qmera ~e est~s ramos, se asentará 1 por "?eJorn, o ele d1smm~c1on p~r ral en Jefe del Ejercito de ope- '¡ d 1 . h bTt dq , ¡ la part11Ja ~1phcandola á su respee ¡ deterioro, de cuyo •.narges1 debera. raciones.-Comuníquese y pul>li~ saca 0 os a i 1 a ~~'.Y p~sarnn th·a cuenta en el mayor, y en el I man~larse c?.ri~ fiel á esta Direc~io~; quese.-Prado.-Mariano L. Cor- . mensualmente al . l\f m1ster10 de !manual poi·. debido cobrar y c" br·a y avisar penod1camente s11s veriac10 n · ' Guerra una relacion de los Jeft>S j do; y tamb1en por debido pag:tr nes, para poder formar en la cuenta e;o. _ _ ¡'y oficiales que no hubiesen ocu- por. que siendo valores que hay ol>IÍ central, la respectiva al capital del Lima 24 de Ni 0 • h d 1 ~rricjo á recibir sus pensiones. El 1 1 gac10n. el~ devolver, esta se t'ontrae Estado. . ' ovzem re e Ministro de Estado <'ll el Despa- al rec1~1rlos~ si en algunos de los . . ~ara mayor segur1elad ~.1 los pro , h d G M · d que existen en cuenta no se han con ¡ ced1m1entos. de la 1:_esorerl8. del car ORDEN GENERAL. c o e uerra Y ' ~r1!1a que a siderado en el clebido pagar, debe go de U. le acompano el .catalogo de 1 encargado del cumplnmento de procederse inmet!iatamente al asien las cuentas que deben abrirse en el .Art. l' S. E. el General este. decreto y hacerlo publicar t~ de partida respectiv: ; y en un libro m!'y.or de ª~" Tesoreria para el Presidente en acuerdo de ayer ha l y circular. · Jibro auxiliur clebe llevarse el por afio prox!mo ve~11le~o, l'ecomendando tenido á bien expedir el supre- j Art 3 ! Asi mismo con !menor de cada unt\ ele estas cuen le la_ d~b1da aph~ac1on en el uso y mo decreto que s· u . c .d ti h 22' d 1 d. y l tas, el cual se considerara siempre movnmento de dichas cnenta.s. . d ig .e.-d on 1 s1 e· ' ec a . e actual ha 1~puesto . en el saldo que resulte por e,los Dios guarde U-Ma11uel Angulo ian ° que con m?tivo e a es- ¡ que habiendo quedado sm colo- / de un año para otro· se dara trimes candalusa subl~~·acion de Are~ui-¡ cacion el Teniente Coronel Don \ tralmente aviso con 'el respectivo C/1TALOGO pa, algunos militares pertenec1en- ¡ .Aquiles Mcndez por no haber : e~tracto del movimiento de cada de las cuentas que debe11 llevanc tes á la lista de indefinidos se¡ marchado al Sur como Jefe de ¡' uno de esto~ ramos, á esta Direccion. en su t1br• mayor las Tesoreriaa, en han ausentado de la capital pa- E. M. <le la Division <le caballe- !lcl m 1 s 1 ~? modo se llevará en el año de 1868. ra afiliarse en el bando rernlu- 1ria, vuelva á su antet·ior condicion ! :::v:: 1.reo t audxiha 1 r el pormednord Y · · · d 1 . · . . d ) n o e ns cuen~as e eu c10nano-que. es necesano a op- de m<lefimdamente hcenc1a .º· dore,, acreedores, y descuento tem thr una medida para que la Na- lcamon Boterin. . poral, dividiendo este último solo cion n.o s<: grave indefiuitnmen- . , --o-.- _ 1 P?r es.tablecimi~ntos y no por fon te, 1:1ntisfac1endo los sueldos de L1111a, re 12 de N'Jvte111b1·e de 186'· i c1onarios á quienes se han hecho pensionistas q11e fomentan y sos- ' . ..- ¡ lo sdescuento~, . tienen la rebelion~.l't!t~ · ~r. A~m!mstrador de la Te- ¡ Lo~ continJentcs que remita la ]! Los habilita . r : 'ª ' ,Pr pal de........ Tesorerrn Gen~r~I, irán numerodos . • . : en una sola serie que comprendtt fimdos llQ_p.Ofüan a . 1 ULAR. 1 . todo el año, y se pondrá el núme· ~..,.,cngados ~n lo sucesivo : Aunque el sistema y unifoi·mi . ro de~ contingente en _la partida; a l~~fes y oficiales pertene-¡ dad toa que se ha reguralizado la el . mismo órde? llevaran las Teso cientes á sus respectivos cuader- · mar.cha da la Contabilidad en .las ~eria~, por los libramientos que jiren nos si estos no se presentan oficmas del rftmo, ha oorrespond1do caigo de la Gener11l, cuando deban l )er~onalmente á recibir sus pen- pnra establecer la centralizacjo~ de hacerlos, por estar autorizadas para · l la cuenta general de lti Repubhca, ello. s10nes; ~ en °~ pagos que hagan cuyo balance correspondiente al año Debe haber mucha exactitud en que sera precisamente en mano próximo pasado y memoria respec· la remision de los certificados de propia de cada interesado, ínte r- tiva de esta Direccion, se han pu. partidas por los coritingentes que vendrá el Gobernador de Palacio , blicaclo en el periódico oficial N ° se reciban, asi como por los que Coronel O. Pablo Mendoza y el 1 !l4 del presente semestre, creé es". se remitan de caráctar militar y naval Mayor de Plaza Coronel m·~du~- ~a Dire;cion necesa_rio 1:e~terar á las segun se ha <lich.o. . . . .· ~· • fesorena alguna d1spos1c1ones, y a. . Aunque en mstrucc1ones ante do D. Ra.mo.n Botenn-Art. 2· A gregar otras prevencitJ11 es, t'4 nto pa· r1ores, esrá dispuesto que no se lleve los pens10111stas ausentes de esta ra mejorar el órden adoptado en 1 cuenta dei cuatro por ciento de capital se les abonará sus habe- !el P•:esente a_ño, como para el del descuento por mont~pio. reduciendo res, solo en .el caso de que sus 1 próximo ''entdero. l los s~eldos a la, parte ltqu1ds, y aunque apoderados acrediten: primero su 1 Debe tenerse presente que por 1 se siga este orden en el preeente personería en la forma legal que \ todo pago de caráct~r militar, de-\ a~o, es .conveni~nte •eriarlo para el , d . . 1 ben aseatnrse las pnrt1das como con· ano vemdero; as1 es que desde Enero correspon e-sep-undo la vivencia ¡ tingentes á la Tesorería General, próximo entrante al asentarse las parti Y conduct<l pacifica de ~us po- remitiendole razon circunstanciada ó das al tiempo del pago por los sueldos derdantcs, con l9s respectivos cer- / cópia de las respectivas partidas que despues de estar cargada su totalidad tificados expedidQ,15 por las auto- expresen el obgeto dal pago, para por debido pagar, se datará el 1 ridades política nnlitas del lugar / que pueda hacer las debidas apli· total que se paga; y clescontandose donde se hallen· y tercero la li- cacion~s; y que ha d~ proce~erse el cuatro por cien~o de montepio, j · h b.' b . . del m111mo modo y b&JO las mismas se asentará la par&ida en el por cen~1a que U 1e~e':1 ° temdo del ¡ reglas con t()do pego respectivo á cobrar y cobrado por ese descuento 1 Go~1erno para res1d1r fuera de la marina, ó perteneciente á ese ramo .y se aplicar.\ a la cuenta que debe · capital, conforme á lo dispuesto basta por los montepio' de marinos, / llevarse con el titulo de "Descuento en )os ar1ículos diez y nueve y/ haciendo la ·aplicacion como contin· por Moatepio," v.einte del decreto supremo de gente naval en la cuenta de este 1 La cuenta de cada Tesoreria trece de Junio último. nom.bre¡ y remitiendo las, raz~ne.s o 1 que debe cerrarse en 3~ de Diciem-¡ A t 2· L r ta d certificados á la Tesorena P1·m91pal bre, deberá tenerse abierta Jespue&I r • · as IS s e l~ago dal Callao. · · de dit'ho dia por el término preciso- cn que deben ~rmar las pa1·t1das ¡ Que al fin de cada mes debe de la distancia de esta capital, para de datas de los mteresados, á mas /asentiu·se on la cuenta todas las , dar entrada en eJla 6. l'Os eontinjen· : ACTIVO. Alcances de cuentas y multas, Arrendamiento de &nca1, Conntigente ci\•il. Contri bucion urbana, Contribucion rt1stica. Contribucion industrial. Contribucioo de patentes. Cootribucion Ecleaiáatica. Contribuci;;n de sucesiones. Deudores de cuenta antigua. Deposites. Descuento por montepío. Derechos de rones y aguardientes. Empréstitos, Expendedores de papel sellado. Especies valorizadas. Fondo existente del año 67. Intereses. Ingresos imprevistos. Producto de timbre. Papel sellado en especie. Restitudones y reintegros, Rentas de policia. Redencion de censos y capellanías. Títulos y tomas de razon. Timbre en especie. Venta de bieoes nacionales. PASIVO. Acrreedores por cuenta antigua. Contingente militar. Contingente naval. Corte Superior, Depositos del año 67. Descuento temporal. Emprés&ito del año 67. Estaf~tu de Correos por dcficit. Gastos imprevistos. Gastos de imprenta. Gendarmerla. Gastos do recaudacion, Gastos extraordinarios civiles. Intereses, Ingenieros y Arquitectos:. Juzgado1 de l !' Instancia. La Prefectura por eueldos y gasto•. Las Sub ·prefecturas·por sueldos i gastos. La Aduana de...... po11 sueldoii y gastos.. Sueldos y ga&tos de Telégrafos.
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