El Estado en la sombra

al señor general don Andrés A. Cáceres, Jefe Superior, Político y Militar de los departamentos del centro, relativo a la manera como debe arbitrarse los recursos necesarios para las exigencias del Ejército de su mando; nos es honroso decir a V. S., que por nuestra parte haremos los mayores esfuerzos para cumplir, en cuanto sea posible, con la prevención contenida en el mencionado oficio de V. S., que tenemos el honor de contestar. Dios guarde a V. S. [174] 9 de mayo de 1882 N° 185 Al mismo. [Ministro de Hacienda] Nos hemos enterado del oficio de V. S., de 1° del que rige, a que se sirve transcribirnos la suprema resolución expedida en la misma fecha, autorizándonos plenamente para que podamos ejecutar a nombre del Estado todas las operaciones financieras conducentes a arbitrar recursos para atender a los gastos que demanda el servicio nacional. En contestación, tenemos la honra de decir a V. S. que en el ejercicio de la autorización que Su Excelencia el Vice-Presidente de la República se digna conferirnos, cuidaremos siempre de no comprometer los intereses públicos sino hasta donde lo exigen estrictamente las necesidades de la administración; quedando desde luego muy reconocidos al Supremo Gobierno por la muestra de confianza con que nos ha favorecido. Dios guarde a V. S. [175] 9 de mayo de 1882 N° 186 Al Ministro de Hacienda. Para los fines consiguientes, hemos transcrito al Delegado especial del Poder Ejecutivo en el sur de la República, la suprema resolución de 1° del presente, que se sirve comunicarnos en su apreciable oficio de la misma fecha, declarando sin lugar la solicitud de dicho funcionario, para que los bonos emitidos por el Supremo Gobierno no se acepten en las Aduanas de aquel litoral; y disponiendo que dicte las órdenes más terminantes para que 224

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx