• Primer nivel: − Durante la noche. − Mediante destreza, escalamiento, destrucción o rotura de obstáculos. − Con ocasión de incendio, inundación naugfragio, calamidad pública o desgracia particula del agraviado. − Sobre los bienes muebles que forman el equipaje del viajero. − Mediante el concurso de dos o más personas. • Segundo nivel: − En inmueble habitado. − Por integración en organización criminal. − Sobre bienes de valor científico o que integren el patrimonio cultural de la nación. − Mediante la utilización de transferencias electrónicas, de la telemática en general o empleo de claves secretas. − Colocando a la víctima o su familia en grave situación económica. − Con empleo de materiales o artefactos explosivos para la destrucción o rotura de obstáculos. − Utilizando el espectro radioeléctrico para la transmisión de señales de telecomunicaciones ilegales. − Sobre bien que constituye único medio de subsistencia o herramienta de trabajo de la víctima. − Sobre vehículo automotor, sus autopartes o accesorios. − Sobre bienes de la infraesctructura o instalaciones de transporte público, sus equipos o elementos de seguridad o de prestación de servicios públicos de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones. − En agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adulto mayor. − Sobre bienes de la infraesctructura o instalaciones de transporte público, sus equipos o elementos de seguridad o de prestación de servicios públicos de saneamiento, electricidad, gas o telecomunicaciones. • Tercer nivel: − El agente es jefe, cabecilla o dirigente de una organización criminal. b) Agravantes específicas del robo (artículo 189 del CP): 70
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