CAPÍTULO 1 CONCEPTO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL 1. OBJETO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL Preguntarse por el «objeto» de cualquier rama del derecho es inquirir sobre cuál es el ámbito o sector de la realidad social que esta regula. La respuesta no suele ser difícil cuando se trata de aquellas ramas que regulan sectores de la vida social perfectamente definidos o identificables, como ocurre con el derecho civil, el derecho del trabajo, el derecho penal o el derecho mercantil. Tratándose del derecho constitucional, en cambio, la tarea no es tan sencilla, porque este no regula, propiamente, un sector sino una actividad que a fin de cuentas está relacionada y subyace a todos los sectores. Identificar entonces el «objeto» del derecho constitucional exige analizar la configuración básica de la estructura social, para encontrar el lugar en el que se inserta y donde cumple una función esencial para la vida en comunidad. 1.1. Sociedad y poder El poder es un hecho social, pues todo grupo social —por primitivo o elemental que sea— requiere de la existencia de una autoridad que asegure su unidad y cohesión, condiciones indispensables para su continuidad y subsistencia como ser colectivo. Afirma por ello, y con razón, Burdeau que «poder y sociedad nacen juntos» (1981, p. 21). Explica el jurista francés que «[...] el Poder es el fenómeno social por excelencia, porque, por una parte, no se concibe fuera de la sociedad y, por otra, sin la actuación de un Poder, una sociedad es un cuerpo inerte abocado a la decadencia social» (p. 21). Las características y formas que ha revestido el poder en la historia de la humanidad han experimentado una constante evolución y profundas transformaciones, directamente relacionadas con la complejidad y dimensiones de las organizaciones sociales. No es posible en esta obra 8
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