d1. (_'() . l me suscribo, obedlcnte servidor. Juan C. Gavera. A. S. S. el Secretario de S. E. el Jefe Supremo del Gobierno establecido en Guayaquil. República del Ecuador.- Secrelaría Oenerat del Suprenio Gobierno re idtnü en Guayaquíl.-G uayaquil,Diciembre 18 de 1859. El infrascrito Secretario General ha recibido la atonta comunicacion de S. S. H. fecha 13 del corriente, eu la que solicitaudosc el mantenimiento del stat-u quo, como un efecto ordinario del ar.. misticio1 se cree indispensable el nombramiento de inspectores por entram.. bas partes, con la mision de recorrer, visitar y vijilae los campamentos, cuar.. teles y <lemas e3tablccimieutos y pun• tos militares. Impuesto S. E. el J ofü Supremo de esta conuinicacion, ha ordenado al suscrito contestar en la forma siguiente, Entendido como se halla S. E. de que toda tregua motiva la su.spension de hostilidades, ha tenido un particular es .. mero en no ejec1itar ~operacion alguna CJ_Ue- perjudique al Ejército peruano, ni u su Nscua.dra; pues no ha mejorado de campamcuto, ni adelantado las for. tificaciones, menos aumentado sus cuarteles_; y antes sí ha disuelto un batallon de voluntario~, nombrado El Comercio, Así, arreglando su conducta á los efectos de la tregua, lo único que ha pretendido es, inspirar confianza y buena fé en todos sus actos, por lo que ha considerado, aun por demas, la inspeccion que se reclama; mas ya qne S. E. el G~neral en Jefe la Ol'ee indispensable para la complota ejecucion del con .. venio, no vacila. S, E. en C.:'.\pon.cr, que se halla conforme con ta.l e4ijencia; quedando solamente á salvo las disposiciones que traen Watel, Bello y otros tratadistas del Derocho de jentes, sobre que el belijerante que ha conseguí.. do la tregua puede hacer durante ella, todo lo que podia hacer durante la paz, esto es levantar tropos, hacer que marclien de un punto á otro y conservar y reparar las fortificaciones, que por las injurias del tiempo, ó por cualquier otro incidente vengan á. sufrir detrimento. Con esta explicacion que la cree ·útil para evitar nuevas reclamaciones ó dudas sobre contravencion del armisticio; llena el suscrito el todo de la reclamamacion, elijiendo de inspectores á los señores comandantes,Francisco Gutier• rez y Augusto Dillon,para que en el día señalado procedan á realizar su objeto. Renueva el infrascrito al H. señor SecretariO" los sentimicnt.os de la mas distinguida considcracion y aprecio e abal con que se suscribe muy atento S. S.-Gztitlermo Bodero. Al H. señor Secretario de S. E. el General en Jefe del Ejército y Armada del Pe.1ú. Republica del Perú--Secreta.rza de S. E. . el General en Jefe del Ejército y Armada-Cuartel General en Mapasingue, Diciembre 26 de 1859. El infrascrito Secretario de S. E. el Gran Mariscal, General eñ Jefe de- . BOLE,1 L. DEL RJ.RRCITO . }~júrcito y \ 1 mil:, <l ·· ' c1 {,, Je lrn impuesto del contenido del oficio de US.ff., fecha 15 del actual, en que declara US. H.- "que S. E. el J cf'e Supremo ha tenido particular esmero en ne ejecutar operacion alguna que peijudique al Ejército peruano ni á su Escuadra, pues no ha mejorado de campamento ni adelantado las fortificaciones, ni aumentado sus cuarteles, y antes sí ha disuelto el batallon de voluntarios ' 'Comercio"; y que á fin de llenar los efectos dél art. 1? del armisticio de 4 de Diciembre, babia nombrado en calidad de inspectores á los señ, res comandantes D. Prancisco Gutierrez. y D. A. Dillon. consicler acion, con que so susc ·, muy obsecuente servidor. ~ .• ·. S. E. el Gran Mariscal General en Jefe ha procedido, en consecuencia, á nombrar por su parte con el mismo caracter de inspectores, al señor coronel D. Juan Antonio Egusq~1iza y al teniente coronel D. Miguel Valle-Riestra, quienes, por ahora, pasarán á establecerse en la ciudad de Guayaquil. No terminará el infraacrito esta comuuicacion sin permitirse recordar á S. S. H. una vez que hn. ereido oportuno citar algunos puntos de la doctrina de los publicistas, acerca de las obligaciones y derechos de los belijerantes en el estado de trégua, que si es permitido hacer todo lo que se pudiera on tiempo de paz, no es licita ninguna de aquet!as operacíones que perjudique al énem/igo, y que no hztbieran podido émprenderse en medio de las liostilid,ades, y que desde que media una Convencion escrita deben cefiirse los actos de los beligerantes á lo que en ella so estipula. No espera . E. que llegue la ocasion de que se originen dudas á este respecto porque ti0ue fundada c~nfianza en, la rectitud y lealtad del gabmete de U _.H. El infrascrito se complace en reiterar á SS. II. los sentiinientos de alta Manuel Mora Ai H. señor Secretario general , el Jefe Supremo del Depart del Guayas· Rf"públic~t del Perú.-Estado Mt neral.-Cuartel General en ~ gue, 20 de Diciembre de 1859 Se.fíor General Co1fümdantc del Distrito de Guayaquil. De conformidad con ol e otorgado en el artículo 11 de vencion, celebrada por los Oo dos de ambos generales eu J ef de nado al cirujano Dr D. F Alvarado, por disposicion de General en Jefe del Ejército . da del Perú, se constituya en 1 dad, y que poniendo..;e de acu, t S. inspeccione los est~blec hospitalarios, para que alh sea dados los enfermos de este que crea nec.esiten ~e mas abri . jor asistencia.-D 10s guarde JUAN AN'l'ONIO PEZE'l'. República del Ecuador.-Comi generaldet Distríto.-Guaya~ de Diciembre de 1850.-lG? bertad. Al Sefior General, J efo de l~ G. del Ejército Peruano. lle impartido las órdenes co tes, á fin de que ~l ·~r. Dr. D. co Alvarado, inspoccion~ los < mientos hospitalarios de esta seo·un lo solicita US. apoy articulo 11 del Conyenio celcl tre los H. H. Comisionados d< generales en Jefe. Con lo que dejo contestada ta comunicacion de US. fecha Dios y Libertad,-1¡,EirnAKDO SrnllCION UE HACIENUA. ESTADO QUE DE:MUES'l'RA LAS CA N1'IDADES RECIBIDA Y PA POR LA COMISARIA DEL EJERCITO DEL NORTE DEL SETIEMBhE A FIN DE NOVIE~iBRE DE 1859. DEBlTO, CARGO. D 411.G85 4 1 124. 36 Continjentes,. , ......................... ~ 2.657 6 l 5 :M:ontepio militar ...... . . . . . . . .. . . . .. ..... s! 6 Montepío ciYil ....... , .................. 40 8 Restituciones y reintegros.. . . . . . . . ...•••• 1.202 3 CilEDITO. 16 Gastos de escritorio militar r •• ••••••••••••• 24 Gastos militares orrlinarios••••............ 8. ► 35 Gastos militares extraordinarios ............ 4.( 27 Gastos ordinarios de hacienda .••........... 37 Gastos extraordinarios de hacienda ......... 25 Pensiones milita.res .... , ........... • • • • · · 32 Productos de imprenta .. , ......•••..... • • o t Sueldos civiles .....•••.. , , , ~ ........... • u.<. 19 l (}e. patineneral ciu1 con 1to .i..Iar ito 1e.. 1 .a 19 ') ... 5 2 i 26 Sueldos militares.,,.,., ... ,, i i • • • • • • • • • • 262.'i ': i I -- Total. ... ~. $ 415.585 6 405.( o 7 .. . . . COMP ARACION. 415.585 6 Cargo Data 405.060 7 , E · t · 10 524 7 -1 x1s encía 1 , , , , , ' · • R D Mapasíno-ue, No;icm.bre 30 de l859.-P: A. del 0.-~~~ b l\fATisJ'R~-IMI•H.EN'l'J\. DBT, EJEf J ENR!QUEI DEL CAMPO
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