Boletín de la Biblioteca Nacional N° 93 94
Artículo :! 9 El Podcr EjccutiYo queda encargado de r('glamcntar la prrsente Ley y dictar las m<·didas H<'lT'iarias para .su ('slricto cumplimiento. Artículo + 0 - La Bibliotcc11 :\'" aeional queda L'IlCa rgada dd cum pli~ miento de la pn·sc11ll' Lcy ,,. de acuerdo al Rcgl:1mculo facultada para im~ poner multas a los iufradurc, de lo (¡í,pue,to en <'J arti('nio 1' 7 h:1sla por un monto equi\·aknte a 10 Yeees l'l valor conHTc1al de la obrn materia de la omisión sin perjuicio de salvar é~ta. Artículo 5° · Derúgase el D. L. HJ+:l7 y todas las d isposiciu!H'S que s<· opongan a la JJI'l'sente LQ·. Artículo 6 9 Estún comprendidos drntro de lo dispuesto por rsta Ley los importadorc•s o distribuidores de biL·11es culturales similares a lo:> s<·ñalados en d artículo 1? que sean de autor peruano. Comuníquese al Presiden te de la República para su prorn ulgación. Casa del Congreso. en Lima, a los cuatro días dl'l incs de junio de mil no~ vccil'ntos ochenticineo. · :\L\:\'CEL l:LLOA ELL\S, Pn-S:d(•!ll(' dd Se~ nado. ELIAS :\IEXDOZA IIABERSPERGER, Presidente dt· la Cúmara de Diputados. - CARLOS :\IA.'.\CIIEGO BRAVO. Senador Secretario.--- CARLOS SARABL\ S""ETT, Diputado Secretario. Al scrior Presiden te Constitucional de la lfrpú hlica. POR TAXTO: :\fondo se ¡rnblíqllt' y cumpla.--- Dado ('11 la Caca ck Gobierno, en Lima, a lo.s dicTÍnnr·n· dí;i,; del Jll(':i de j1lllio de lllil 110\·t-cicnto:> oehenticineo. - FEH.'.\c\:\'DO HELAC.'.\DE TEIUlY. A.'.\DRES CARDO FRANCO. SUSTITUYE:\' EL ART. 45'.' DEL RECL\'.\IE:\TO DE ASOCL\CIO.'.\ES DE PADRES DE FA:\IILIA APH.OlL-\DO POR D.S . .'.\'! l+-8'1-ED DECRETO SUPREMO N•1 52-85-ED: EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA COXSIDERA.'.\DO: Que conforme lo establece el llcghrnwnto ap~o bado por D. S. );<i l+-84-ED constituye objdiYo de bs Ac;oc·iaeion<',; de Pa- dres de Familia el co11lribuir :il nwjoramic11lo de lo'- St'n·icios, infr:u slrncl11- ra, equipamiento y mobiliario co.colar;. Que es <'011\"eni('ntc dcHi11:1r al fo- mento v desarrollo de Ja,: Bibliotecas Escolares partl' dl' los fondo' que re- caudt·n 'las Asociaciones de" Padres de Familia: por lo (j\ll' es lll'('t'c::1rio ade- cuar a dicha finalidad el vigente Rcglm11l'11lo de Asocial'iones de Padres dr l<'amilia;.- DP conformidad con el Artículo '211?, inciso 11 de la Co:1~titu ción J>oJítica del Perú;
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