Boletín de la Biblioteca Nacional N° 55-56

23 ro ordenara, con fecha 7 de mayo de 1823, la supreSlOn del papel moneda, en el término de 40 días. A la fecha el papel moneda se consideraba como una calami– dad pública Las circunstancias que motivaron la emlSlOn del papel moneda, (operaciones militares y de hacienda), obligan a exigir al comercio de Lima una contribución forzosa de 400,000 pesos (cuatrocientos mil). Con fecha 27 de setiembre de 1822 se autoriza a la Junta Gubernativa para que haga efectiva dicha contribución, El comunicado de apoyo a las autoridades encargadas de recaudar el cupo, es quizá el más extenso de El Corneta de la Guerra (N-2, pp. 1-4) Y lo firma "El amigo del Magistrado enérgico". En uno de sus párrafos dice: "La Patria, o por mejor decir, la República, no son el terreno o los edificios levantados con magnificencia: son los hombres ligados á la sociedad, proclamando su indepen– dencia: luego cuando viene el enemigo, lanzándose a su destrucción, es necesaria su defensa: pero esta no se hace sin soldados, ni soldados se tiene sin dinero: ni dinero se adquiere sin fatiga y sin trabajo: luego decretado el empréstito forzo– so, y rectificados los cupos, no huvo otro remedio, que realizarlo con la energía, con la actividad, COn el celo, y aun con la apariencia de la fuerza". Posteriormente, con fecha 12 de marzo de 1823, el Congreso aprobó el contra– to que se había celebrado en Londres por un empréstito de un millón doscientas mil libras (1'200,00000), valor nominal, que levantó el crédito del Perú (* * *). Sin embargo, sobre este hecho tan importante, no hace ningún comentario El Corneta. La Constitución es también preocupaClOn constante del periódico que co– mentamos. En uno de sus comunicados (N:> 1, p. 8) denuncia que el Congreso de Colombia ha formulado su Constitución y emitido un abultado tomo de leyes, en 4 meses de trabajo, en tanto que el Congreso Constituyente del Perú en cinco meses ni ha preparado la Constitución, ni dado más leyes que las pocas que figuran en la Gaceta. El comunicado correspondiente al N9 2, p. 16 señala: "El pueblo desea ver concluída la Constitución, pero espera ver en ella 10 sancionado en las bases, sobre el juicio por jurados, sin estos la libertad es ilusoria y quedan ex– puestos los juicios á la arbitrariedad, y á la ignorancia". El afianzamiento de la nacionalidad hacía contemplar con enorme desagrado que los españoles ocuparan cargos en el gobierno. El Corneta de la Guerra no permanece ajeno a esta afirmación de la nacionalidad y en el comunicado que publica en las páginas 5-6 del N:> 1, el "Serrano preguntón" desea saber "¿Por qué está de gobernador interino en este cerro mineral el español Custodio AI– varez?" y, en las páginas 8-9 del N:> 2, "El preguntón" inquiere "¿El diputado del Soberano Congreso que fuese godo, aunque haya sido Secretario del mismo, po– drá y deberá ser denunciado?", para terminar: "¿La inviolabilidad congresal se extenderá hasta el extremo de salvar á los enemigos de la América, contra la suprema ley de la salud pública, y para abreviar, si Canterac ú otro de sus com– pañeros se introdujeran en el Congreso, serían inviolables?", El Corneta de la Guerra, no obstante su nombre, se ocupa también del ornato (* * *) Paz Soldán, Mariano Felipe. Historia del Perú independiente (1822-1827). Madrid, 1919. t.I.

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