Boletín de la Biblioteca Nacional N° 41-42

28 separado la cizaña. La levadura de inquietud se va estínguir. He de reinar el orden. Si fuern preciso, callarán por un momento las leyes para mantener las leyes" ( 5). La Minerva del Cuzco enjuició el hecho de manera semejante a El Obser– vador Imparcial y demandó del gobierno una acción más enérgica para mante– ner la tranquilidad pública, única forma de lograr el progreso del país. "Empero es llegado el momento se anota en su Nº 31 - en que la energía del gobierno encargado de la dicha peruana, hable en vez del corazón del digno jefe que nos preside El labrador en sus campos, el artesano en sus talleres, el negociante en sus jiros, el letrado en su bufete, el militar entre sus filas y hasta el Ministro del Altísimo en la paz de los altares, necesitan de la tranquilidad pública, para consagrarse al exacto desempeño de sus funciones y labrar la felicidad del her– moso suelo a que pertenecen" ( ü). Expresó que la pasión política iba en contra de la justicia y la verdad y que la ambición y la venganza de un hombre, la terquedad de otro, la codicia nunca saciada de algunos, el ocio y la molicie de un gran número hacían que la ley se convirtiera en tinieblas, la justicia en aten– tados, la felicidad en encadenamiento de desgracias. Opinaba, finalmente, porque si el gobierno había cometido errores estaban para enmendarlos el Congreso o la Convención Nacional, próxima a reunirse. Poniendo especial énfasis en esta apreciación decía : "Bien : los defectos no pueden corregirse con crímenes: el desorden de un gobernante no será jamás corregido con el desorden general- Esto sería decir : "el remedio de un apesta– do, es que se apesten todos los vecinos". Como culminación de estos sucesos, Castilla, quien había estado confina– do enfermo en el navío de guerra Libertad, fue conducido al Hospital de Santa Ana donde gozó de mayor libertad. Aprovechó de la primera oportunidad y lo– gró fugar de ese nosocomio el 14 de Marzo de 1833. A poco de su evasión escribió una carta a Orbegoso en la cual le decía, entre otras cosas : "Gamarra me per– sigue de muerte, de la que he escapado por una feliz casualidad, saliendo del Hospital, en donde hasta antes de ayer me hallaba preso, cuya suerte corren hoy el comandante Salaverry, el Presidente del Consejo de Estado Tellería, el Mayor Pezet, varios oficiales subalternos del batallón 2o. de Piquiza, el Comandante Cortegana, que lo estaban por otras causas y muchos otros ciudadanos" (7). Finalmente, el Consejo de Guerra, que juzgó a Castilla, expidió el auto de sentencia el 3 de Enero de 1834, por el cual lo eximía de toda culpa, así como al Coronel Francisco Valle Riestra. Se basó, para ello, en el testimonio de los tes– tigos generales Salas, Nieto y Cerdeña y el civil Martínez, quienes demostraron la inocencia del acusado. Se restituyó a los jefes mencionados en sus honores, sueldos y empleos, que ocupaban anteriormente en los cuadros del ejército. Hubo de influír mucho en el resultado favorable de esta sentencia el cambio de go-– bierno operado en el país con la elección del Presidente Orbegoso. (5) El Conciliador No. 23. Lima, Miércoles 21 de Marzo de 1832. (6) Minerva del Cuzco, No. 31. Cuzco, Sábado 31 de Marzo de 1832. (7) Vargas Ugarte, Rubén, S. J. Ramón Castilla, p. 49.

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