Boletín de la Biblioteca Nacional N° 31-32

18 1833, con la colaboración del Prefecto Tristán y la Municipalidad se procedió al "enlozado" de sus calles; se contribuyó por la Junta de Arequipa a la mejora del abastecimiento de agua al puerto de Islay, y se iniciaron los estudios para el aprovechamiento de las aguas de las lagunas de Orcococha y Chinacocha, pa- ra el riego de tierras er!azas; así mismo la misma Junta ,después de dilatada discusión de sus miembros dictó medidas adecuadas para la explotación de los árboles y arbustos inmediatos a la ciudad, para así evitar la poda indiscrimina- da y su posible extinción, fijando penas severas para los infractores (33). Entre los principales proyectos que elaboró y que acaso tuvieron cumpli- miento en la mayoría de los casos, citamos : la regulación en el uso de las aguas de las campiñas de Vítor y Arequipa; la irrigación de las pampas de La Caldera; la construcción de caminos entre Islay y Arequipa y entre Tacna y Arica; la re- paración del camino que conduce de Arequipa a Yura; la instalación de una fuente pública en Tacna; fomento de la ganadería en las lomas; la reposición del arrieraje en Chuquibamba y Tacna; medidas proteccionistas a la actividad minera, estimulando mediante premios a los descubridores de betas; estableci- miento de hospitales en Camaná y Tarapacá; la reforma del Hospital de Arica; la fundación de una casa de pobres en al ciudad de Arequipa; la conducción de agua a Sabandía y otros arreglos urbanos de menor importancia (34). La labor de la Junta trascendió también al campo de los espectáculos y las diversiones populares y sus medidas contribuyeron a cautelar los intereses del público. En sesión efectuada el 19 de agosto de 1832 se acordó la supresión de las corridas de toros por atacar a "la ilustración y civilización de los pue- blos destruyendo los sentimientos de humanidad que arruinan las fortunas de los indígenas" (3 5 ) y por estos mismos días, el Prefecto Tristán suprimió por de- creto especial las peleas de gallos en toda la circunscripción del departamento de Arequipa, prohibición que perduró hasta 1833, año en que se reconsideró la disposición, pero con las siguientes recomendaciones: 19 que no concurrieran a estos espectáculos los hijos de familia y los esclavos y29 que las apuestas fue- ran moderadas ( 36). La propia Junta de Arequipa, en sesión de 9 de Agosto de 1832, prohibió con la finalidad de contribuir a la seguridad y tranquilidad públi- cas, la quema de cohetes y camaretas en las celebraciones cívicas y religiosas, porque ello "imperfecciona a muchos individuos, con sus explotaciones convir- tiéndolos en unos miembros inútiles para la sociedad" (37). \.)3) "El Republicano' '. Arequipa. Alcance al N9 37. de 1829. \34) "El Republicano. Arequipa. N9 39, t. 49 Sábado 26.IX.1829. (35) "El Republicano" Arequipa. t. 7, N9 39. Sábado 29.IX.1832. (36) "El Republicano" Arequipa, t. 7, NQ 39. Sábado 29.IX.1832. (37) "El Republicano" Arequipa, t. 7, N° 4L Sábado 13.X.1832.

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