Boletín de la Biblioteca Nacional N° 24

22 d) Publicación de estos trabajos por los medios más adecuados y extensos, en el orden de su terminación y según conformidad a los requisitos técnicos que se establezcan de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo III, incisos a), b), c) y el párrafo IV, inciso b) de este plan. La obra descriptiva podrá extenderse posteriormente a otros repositorios y colecciones documentales en cada país, según la importancia cuantitativa y cuali– tativa de los materiales. 111. Requisitos técnicos Los requisitos técnicos a que han de sujetarse la ejecuc10n de este plan serán establecidos según lo dispuesto en el párrafo IV, inciso bl. Para dar una idea más completa del plan se adelantan las especificaciones siguientes : a> Guías sumarias de las existencias documentales : Los requisitos técni– cos incluirán la formulación de un modelo al cual se sujetará la composición de estas guías a fin de lograr la deseable uniformidad, que a la vez facilite su manejo y haga su empleo más provechoso. Las guías serán eminentemente es– quemáticas : cada fondo o colección documental será identificada por sus carac– terísticas esenciales : título completo del fondo o colección, años extremos, cuan– tía en metros lineales. Las guías se harán país por país; dentro de cada país, se– gún las divisiones territoriales de éste (estados, provincias, etc.); y dentro de ca– da división territorial, por repositorios. b 1 Guías generales de los archivos nacionales: Se formulará un modelo indicativo de la estructura interna de estas guías. Cada fondo documental será descrito en forma tan completa como sea posible según la técnica de la descrip– ción colectiva. Se llamará la atención sobre los fondos ele particular interés eco– nómico, político, social y cultural. cJ Repertorios bibliográficos de instrumentos descriptivos: Se formulará un modelo de asiento bibliográfico. Los repertorios serán ejecutados de acuerdo con los cánones bibliográficos, y procederán también por países, divisiones geo– gráficas, y reposiciones, como las guías sumarias. Cada instrumento descriptivo será objeto ele una entrada a asiento bibliográfico en el que declarará el autor, el título tan completo como sea posible del instrumento descriptivo, el número de páginas, el tamaño en milímetros, la validez actual, y la posibilidad ele obtener copias de cualquier clase. IV. Medios a) El Comité de Técnicas Descriptivas y Guías, del Comité Interamericano Técnico para Archivos (véase la Resolución N9 2) definirá en detalle los requisi– tos técnicos de la ejecución del plan en todos sus aspectos, absolverá las consul– tas que se produzcan, hará la revisión de los diferentes trabajos a medida que se vayan completando, hará las coordinaciones que se consideren necesarias, y en general asesorará en cualesquiera aspectos del plan. b) Se solicitará a los gobiernos de cada uno de los países latinoamerica– nos interesados en el plan, la constitución pronta de una Comisión Patrocinadora Nacional de Guías Archivísticas en cada país, la cual tendrá la composición más adecuada para la efectiva realización del proyecto en ese país. Se sobrentienc1::: que el Director del Archivo Nacional será miembro nato de esa Comisión. el La ejecución de los trabajos en cada país deberá ser confiada a archi– veros idóneos y se conformará rigurosamente a las normas archivísticas. d) Para la sustentación económica del plan, se solicitará la ayuda de los

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