Boletín de la Biblioteca Nacional N° 2

Registro de la Propiedad intelectual La exigüidad de la producción regis– trada en el segundo semestre de 1943 único q:e1 que podemos dar cuenta ne sólo obedece a la circunstancia de que no hav todavía en el Perú un consi, derabl~ movimiento editorial. Se debe !principalmente al hecho de que no exis. te aún en el público un concepto cIare de la propiedad intelectual registrab1e. Ella consiste no sólo en la obra repro– ducida por la imprenta; también pue– de ser ]a obra inédita, la litografía, el grabado, el dibujo, el molde, el vacia– do, la fotografía, la película cinema– tográfica, el disco, el rollo para instru– mento mecánico, o cualquier otro me– dio de divulgación. No solo escritos y composiciones de músíca son materia de este derecho, 10 son también pintu– ras, dibujos, esculturas, mapas o pla– nos, proyectos de íngeniería y arquí. tectónicos, obras teatrales, cinemato· gráficas, radiales o fotográficas. En ge, neral, se trata de proteger todo ]0 que consti,tuye ]a primera idea en una pro– ducción científica, literaria o artística ,En relación con un caso en que lo pu· ramente cultural está acompañado por lo práctico o utilitario, vale la pena ci. tar las ventajas que para arquitectos y constructores tendrá registrar alguna" de sus obras. Es notorio que dentro del ritmo de crecimiento urbano en Lima gente inescrupulosa aprovecha para sus construcciones, el fruto de la capa· cidad o de la preparación ajenas. También la propiedad intelectual de producciones extranjeras puede, por cierto, registrarse en el Perú. Especíal interés ostentan el Registre de Seudónimos y sobre todo el Regis– tro de Obras Inéditas. Precisamente las dificultades que aún existen para editar en este país, en vez de hacer languidecer al organismo destinado a la conservación de la propiedad inte– lectual, deberían desarrollar el esfuer– zo para que allí se salven del olvido e de la pérdida, originales que en ver– dad en el caso de que no encontraron quien los imprimiera pertenecen al paí" y a la posteridad. La Biblioteca Nacional hace un lla– mamiento a los autores de todo géne– fa de escritos o de composiciones de música, pintura, dibujos, escultura, ma– pas, planos. proyectos de ingeniería y arquitectónicos, obras teatrales, cine– matográficas y radiales y en general a todos aquellos a quienes pertenece la primera idea en una producción cientí. fica, literaria o artística para que la inscriban en el Registro de Propiedad Intelectual. Pueden estar incluídos en éL también, los Seudónimos, las obra~ , inéditas y las obras extranjeras que se distribuyen en el Perú. El Registre concede el derecho de distribuír, ven· der o aprovechar la obra anotada por la imprenta, litografía, grabado, copia. molde o vaciado, fotografía, película cinematográfica. disco, rollo para ins– trumenot mecánico, ejecuión, conferen– cia, recitación, representación, traduc– ción, adaptación, exhibición, trasmisión o cualquier otro medio de difusión.

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