Boletín de la Biblioteca Nacional N° 12
Sherman, Gordon E. The historical deve– lopmebt of public law. En: 5 9 1 Vol. VII; pp. 303-308. [1875 Thompson, J. W. History of the origin and de velopment of the United States mi– ning laws. En: 59, Vol. VIII; pp. 923– 932. [1876 Valdez de la Torre, Carlos. La propiedad comunal indígena del incanato a la República. En: XXVII 2 9 , tomo II; pp. 331-344. [1877 Se refiere a las múltiples disposi– ciones gubernativas sobre la propiedad comunal. Wardle, H. Newell. Indian Gifts in relation to primitive law. En: XXIII; pp. 463– 469 [1878 DERECHO CIVIL Ballesteros, Manuel. Los censos y los fidei– comisos. Su importancia en la legisla– ción. Conveniencia de mantenerlos o de suprimirlos. En: 4 9 , Vol. VII; pp. 152-192. [1879 Bonilla Rojas, Alfredo. Apuntes para una legislación social sobre la infancia. En: 4 9, Vol. VIII; pp. 146-151. [1880 Borchard, Edwin M. Sorne lessons from the civil law. En: 59, Vol. VII; pp. 624-631. [1881 Carvalho, Adhel·bal de. E'admissivel, em face da moderna orientacao do Direito Civil, o instituto da adopcao? En: 3 9 , tomo V; pp. 99-105. [1882 Castro Pozo, Hi1debrando. El "Ayllu" pe– ruano ante una posible legislación tu– telar. En: 2 9 , tomo II; pp. 189-195. [1883 Sostiene: que las comunidades deben prevalecer, y dijo: "en los países indo– americanos que aún conservan la co– munidad, sólo es aparente el camino de la legislación tutelar que comprende la resolución de este problema bajo sus dos principales aspectos: coopera– ción agropecuaria y educacional". Franco Vaz, Mario. O problema da infancia abandonada. Medidas principaes para a sua solucao. En: 3 9 , tomo V; pp. 557-567. [1884 Gáspel"i, Luis de. De la solidaridad (Dere– cho de las Obligaciones). En: 8 9 , Vol. X; pp. 437-455. [1885 Martínez, Marcial. Derecho Civil. La cosa juzgada. En: 4 9 , Vol. VII; pp. 5-151. [1886 355 --.¿Son o no válidas las asignaciones tes– tamentarias destinadas a la fundación, después de muerto el testador, de una institución de educación? En: 4 9 , Vol. VII; pp. 279-308. [1887 Rarnírez, Pablo. Régimen de los bienes ma– trimoniales en América y Europa. Re– forma del derecho Americano. En: 4 9 , Vol. VII; pp. 309-348. [1888 Ramírez, Tomás A. La incapacidad del ena– jenado mental en el Derecho Civil. En: 4 9 , Vol. VII; pp. 248-256. [1889 Propone, "que la legislación Civil, al considerar la capacidad jurídica del enajel'lado no sometido a interdicción judicial, debe distinguir el caso de una enfermedad de duración perpetua ó indefinida por su naturaleza, de aquel en que se trate de una afección tran– sitoria". En el primer caso, el individuo de– be ~er declarado incapaz en general y en el segundo caso, no debe la ley ha– cer declaración general de incapaci– dad. Rodrigues da Costa Doria, José. O erro es– sencial de pessoa na lei brazileira do casamento civil. En: 59, Vol. IX; pp. 247-254. [1890 Rosas, Tito. E'conveniente a investigacao da paternidade nos pavos da America latina? En: 3 9 , tomo V; pp. 533-550. [1891 Sly1va, Romualdo. La personalidad jurídi– ca y las reglas relativas a ella. En: 4 9 , Vol. VII; pp. 193-204. [1892 Souza Pitanga, Antonio Ferreira de. O Sel– vagem Perante o Direito. En: 3 9 , to– mo V; pp. 345-348.. [1893 Sostiene que debe promulgarse le– yes de "medidas administrativas" con– ducentes a conciliar el predominio de la civilización con respecto a las con– diciones esenciales a la existencia. V,'¡rgas, Moisés. La potestad reglamentaria. En: 59, Vol. VII; pp. 360-380. [1894 DERECHO PENAL Giacobini, Genaro. La delincuencia y el crimen, su represión científica. En: 59, Vol. X; pp. 339-347. [1895 Gúiba1di, Alfredo. Identidad y filiaciones. En: 3 9 , tomo V; pp. 29-64. [1896 Recomienda, que el Bertillonage es el sistema de filiación más perfecto y que debe ser adoptado por las nacio– nes sudamericanas "en todas sus par– tes y especialmente la Antropométri– ca", luego sostiene que "la Dactilosco-
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