Boletín de la Biblioteca Nacional N° 12
354 Historia del Derecho Arana, Enrique. Nuestra bibliografía jurí– , dica retrospectiva (1810-1852). En: H. A. 2 9 , tomo V: pp. 7-39. [1855 Se refiere a la Jurisprudencia argen– tina. Cabral Texo, Jorge. Los aborígenes del De– recho Civil Argentino. En: H. A. 2 9 , tomo 111, pp. 7.-27. [1856, Colvin, H. Milton. Participation of the United States of America whit, the re– publics of Latin Ameríca in the com– mon heritage Roman and civil law. En: 8 9, Vol. X: pp. 467-'491. [1857 Dana Montaña, Salvador M. Historia del Derecho Electoral santafecino anterior a la organización nacional (1810– 1853). Un capítulo de la historia po– lític~ de Santa Fe. En: H. A. 2 9 , Vol. III: pp. 28-37. [1858 Fahié, Antonio M. Ensayo histórico de la legislación primitiva de los estadoses c pañales de América. En: VII: pp. 72– 73. [1859 'Femández Nodal, José. Legislation civile comparée des Mexicains sous les em– pereus Aztecs et des Péruviens a l'é– poque des Incas. En: II, tomo 1: pp. 235-237. [1860 Menciona, las diferencias y seme– janzas entre las civilizaciones,. del Pe– rú y México. Hace un estudio etimo– lógico de la palabra Tiahuanaco. Fraas, E. Vergleichung der amerikanischen und europaischen Juraformation. En: XIV, Vol. 1: pp. 41-45. [1861 Garbarini Islas, Guillermo. Antecedentes coloniales de nuestro Derecho Rural. En: H. A. 2 9 , tomo 111: pp. 38-43. [1862 Argentina. Opina, que bien puede llamarse Derecho autóctono, por sus raíces que son típicos de la Argentina. Grossi, Vincenzo. Diritto e Morale nel Mes– sico antico. En: VII; pp. 349-366. [1863 Judson, Frederick Newton. Recent la", re– forms ni the United States of Ameri– ca. En: 59, Vol. VII: pp. 581-586. [1864 Ló;ez Albújar, Enrique. Exégesis de la justicia penal chupana. En: XXVII 2 9 , tomo II: pp. 285-294. [1865 Comunidad de Chupán, departa– mento de Huánuco. Martínez Paz, Enrique. Dogmática e Histo– ria del Derecho. En: H. A. 2 9 , tomo 111; 'pp. 55-59. [1866 Matos, José. La influencia del Derecho Ro– mano y del Derecho Comparado so– bre la Jurisprudencia en la América Latina. En: 8 9 , Vol. X: pp. 457-466. [1867 IYlejía Ricart, Gustavo A. Influencias polí– ticas y eco~ómicas en la formación del Estado a través de la historia. Dos sistemas: la democracia y el imperia– lismo. En: 8 9 ,' Vol. X: pp. 581-596. [1868 Muñoz Puglisevich, Germán. El seguro so– cial obligatorio en el Imperio Perua– no de los Incas. En: 2 9 , tomo 11: pp. 307-312. [1869 Sostiene, la existencia del Seguro Social Obligatorio en la época de los Incas, cuyos recursos estaban "susten– tados en idénticos principios técnicos generales que los de la época 'actual" y su organización no difiere de los ac– tuales. "El más remoto antecedente del Se– guro Sodal Obligatorio se encuentra en el Imperio Peruano de los Incas". Palmer, Thomas W. A study -in Mexicab law. En: 59, Vol. VII; pp. 632-636. [187Y Ponce-Borja, Alejandro. Conveniencia de ampliar en los Estados Unidos el estu– dio de sistema jurídico procedente del Derecho Romano, y en los países ibe– roamericanos del sistema angloameri– cano del Common Law. En: 8 9 , Vol. X: pp. 493-499. [1871 Rada, Pedro José. El Derecho en los Esta– dos Unidos y su influencia en Améri– ca. En: 4 9 , Vol. VII: pp. 257-261. [1872 Resalta, el gran progreso de la na– ción del Norte, el referirse al Derecho, dice: "que sorprendente creación del derecho americano es el homestead en sus dos formas o instituciones, como medio de moralizar al individuo, de alejarle del pauperrismo, de sostener su dignidad, y de fomentar y amparar el ahorro". Radaelli, Sigfrido A. Programa de labor del Instituto de Historia del Derecho Argentino. En: H. A. 2 9 , Vol. 111: pp. 60-65. [1873 Rodríguez del Busto, -Antonio. El sistema de Gobierno dual de Argentina y su origen. En: 3 9 , tomo V: pp. 139-245. [1874
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