Boletín de la Biblioteca Nacional N° 11

8 manera más completa posible, con descripciones, historia y antecedentes de cada pieza y, con referencia a las similares que existen~ o si se trata de ejem– plares únicos, con autorización circunstanciada de los catálogos universales, o bibliografías que de ellos traten. Art 9 15 9 .-Para determinar en qué Sección se ubicará una obra, de– berá atenderse principalmente a la nacionalidad de su. autor; y al tema de que trata; y se considerará, además, el lugar de! su impresión para hacer en las respectivas secciones las fichas de referenciá que sean necesarias. Art 9 16 9 .-La Sección Fondo Ge1;1eral reunirá las obras que no per~ tenezcan a ninguna de las Secciones' especiales y será dividida según orden de materias. La Sécción Americana contendrá los exponentes de la Cultura en cada país de América. La Sección Peruana coleccionará los impresos del Perú y tendrá una Sub - Sección destinada a los diarios, los periódicos y las revistas. Art 9 17 9 .-Las obras' ael Fondo General, de 'la Sección Americana y de la Sección Peruana sólo podrán ser prestadas en casos muy especiales, de– biéndose hacer el Director responsable por estas salidas y exigir un depósito de dinero equivalente el valor del libro o una garantía escrita de persona ca– lificada. Semestralmente el Director enviará al Ministerio de Educación PÚ– blica, una relación de las· obras prestadas, pertenecientes a dichas Seccio– nes (15). Art 9 18 9 .-La Sección Lectura a Domicilio (16) tendrá por objeto po– ner el libro al alcance de quienes se hallan en dificultad de asistir a los sa" Iones de la Biblioteca. Para ello formará un fondo especial de obras destina– das a préstamos individuales. El reglamento de' esta Sección especificará los requisitos y garantías de los prestatarios, la duración del préstamo y las san– ciones a quienes retengan indebidamente las obras en su poder. Art 9 19 9 .-Los lectores menores de 18 arIOs formarán dos grupos, a saber: de 6 a \4 años; y de 15 a 18 años. (17) Estarán a cargo de la Sec– ción Infantil que los guiará en su curiosidad intelectual, los educará en el cui– dado y respeto del libro y formará en ellos hábitos de lectura. Aparte ae coleccionar obras amenas, constructivas moralmente o esti– mulantes del carácter y de la imaginación y del sano placer íntelectual, cons– tituirá, esta Sección, un fondo de textos de enseñanza que favorezcan el cono– cimiento de las materias estudiadas en el Golegio y la preparación de los exá- ( 15) .-Inexistente, conforme se expresó ya. ( 16) .-En su primera parte fué cumplida esta disposición, mientras duró el pe– ríodo de reorganización de la Biblioteca; pero la atención en las salas de lectura ha obli– gado a suspender la autorización de los préstamos que afectan a los fondos generales y especiales. En su segunda parte, no ha sido practicable. (17) ..-Se entiencle que solo debían tener acceso a J.as salas generales los lectorllli mayores de 18 años; p'ero ha sido preciso bajar esta edad y condicionar el acceso a las ne– cesidades de los lectores juveniles, pues el Departamento de Niños se inició únicamente con una colección de libros recreativos, y sólo después de s,", primer año de funcionamien- to ha iniciado su ampliación escolar. . La orientación dada al Departamento de Niños aparece ratifi~a en los arts. 10 9 • y 129 de los reglamentos expedidos, el 5 de mayo de 1947 y el 4 de marzo de 1948, res– pectivamente.

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