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Diat'io
de
!O's·Litm•tos
Capiamos dos C<mfiituciones para
·no
detenernos en hacer juicio de las demás:
,., I.
Qge elMonafierioefl:uvieífe exemp–
,, to de la jurifdiccion Imperial , de los
,, Obifpos ,
y
de otros
]
uezes Ecleíiafl:i.
,, cos.
II.
(hte tuvieffen una Patrona
u
(
efl:a
fue
Santa Eumelia,
y
defpues
,, Santa Macrina)
y
en otros Monafie..,.
~~
rios era regularmente'la Emperatriz:
,, (como lo
fue
la Emperatriz Irene,mu–
~·
ger
del
Emperador Alexo Corone–
" no••• )
y
defpues de fu muerte una
de
,, las Princefas de fu
~alilgre,
y
familia.»
No
es facil que cantenten efias Confii-.
tuciones
a
los fuperfüci,ofo5'obfervado–
res de la antiguedad ; y es lafiima que
los
que 'han efcrico
del
derecho
de Pa...;
tronaco, no hayan
,te~ido
pl'efente
la.
legunda
Colilíil:itucion, pues hallarian
~n
tefiimonio bien dato de la antiguedad
del.Patronato de familia en
el
principio
del figlo quarto de la Iglefia,
y
digno de
"JUe
f-e huvieífe obfervadg en las contro'."
verfias paífadas.
Ya
conocemos que
vi–
no,
muy
tarde la noticia; y en quanto
a
la
cxcmp.cion del
M<maftcr~o
4c
.la
j·t-:
n. .;