r~oó
Dittrio de los Lite1•atos
'(;\e
Nh.1ragua ,
de
Xali(co,de
la
Florida.;
y
de
Zacatecas:
p'ero efias Provit1cias de
Obferivantes
, las mas fueron Cuílodias
de la del
Santo
Evangelio de
Mexico;
con que
{i
efia no dependio de
S. Pedro
de Alumtara,
ni deben depender las hi–
jas. Ni es de cíl:rañar, que
fe
truequen
aCsi las raizes, fiendo mas reparable,que
para que la Provincia de
S. Gabriel
no
(ea Madre de las Provincias de
Obfer–
vantes
de la Amcrica Septentrional ,
fe
'diga, que
S. Pedro de
A/cantara,
quan–
<lo fe fondo la primera,que es la de
Me–
xico
,
efiaba de Coriíl:a en ella ; por lo
'que
fe
pretende, que toda la India ,
y
fus Provincias, fon hijas de
S.Pedro de
',A.lcantara:
y
para que la Provin cia de
S, Jufeph
no fea hija de la de
S
.Gabriel
fe
alega, que
ya
S.
Ped1'o de A/cantara,
quando la fundo, efiaba fcparado de la
de
S.Gabriel,
En
fe
<le eíl:o fe difcurre,
qt¡e
el
P,
Alcald
querri decir, que toda la
virtud
produétiva de la Provincia de
San
Ga–
briJI,
eíl:a en
S.
Pedro de Alcant
m·a; por
lo
cpie quifo_
,ta1¡nbie1~
4ef¡ncm,
br.arla
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