Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión

246 AUGUSTO TAMAYO VARGAS ~ CÉSAR PACHÉCO VEL~Z Pero hallándose en la Constitución que para formalizar estos juicios es preciso el antecedente concepto del Senado : no habiéndo– se aun instalado; y por otra parte no siendo conveniente ni político detener el curso de estas importantes causas: el Tribunal contem– pla que altas facultades concedidas a S. E. el Libertador Jefe Su– premo por el Congreso Nacional, son suficientes para alzar este pequeño obstácuio, y con su orden puede comenzar el juicio. En este caso es indispensable que se recojan y remitan todas las piezas y documentos que obran contra dichos individuos, y que deben servir en parte de la sumaria. El Tribunal desea dar principio a sus tareas con un proceso que sea la prueba de su exactitud e imparcialidad en las sentencias, y espera que US. haga presente al Jefe Supremo la pureza de sus intenciones, y el celo que lo anima con respecto a este grave y ex– traordinario asunto. Lo que tengo la honra de trascribir a US. de orden de SE. el Libertador para que se sirvan elevarlo al conocimiento del Soberano Congreso, para su deliberación conforme a la ley fundamental. Con este motivo ofrezco a USS. los sentimientos de mi mayor consideración y respeto, con que soy su atento obediente servidor. José Sánchez Can·ión. (En: BENVENUTTO, Neptalí. Ob. cit., pp. 95-96). 188 FIJASE FECHA DE INSTALACION DEL CONSEJO DE GOBIERNO INTERINO Simón Bolívar, Libe1·tador, Presidente de la República de Co– lombia, Libertador del Pe?'Íl y enca1·gado del supremo mando de ella, etc, etc. Considerando: 1<>- Que el Gran Mariscal don José de La Mar, Presidente del Consejo de Gobierno, se halla ausente. 29- Que el Ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores, doctor don José Sánchez Carrión se halla gravemente enfermo. 3<>- Que el General en jefe del ejército de la co ta, e tá en el día extraordinariamente ocupado con la dirección del SITIO DEL ALLAO.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx