Los ideólogos: José Faustino Sánchez Carrión
JOSE FAUSllNO SANCHEZ CARRION 129 de 1822.- José Sanchez Carrion, Diputado secretario.- Francisco Javier Mariategui, Diputado secretaro.- Sr. Director general de marina. (De: Gaceta de Gobierno de Lima Independiente, tomo III, N~ 29, p. 1, 2 de octubre de 1822). 74 DISPOSICIONES PARA REGRESO DE CONFINADOS Y EXPATRIADOS La Suprema Junía Gube1·nativa del Perú nombrada por el Soberano Congreso constituyente, á todos. los que las presentes vie– ren y entendieren; SABED: que el Congreso ha decretado lo si– guiente. EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERU Ha decretado lo siguiente: 1. Los americanos que hubiesen sido confinados ó expatria– dos sin causas legalmente comprobadas, serán restituidos inmediata– mente a los lugares de sus domicilios. 2. A los españoles q'ueda abierta la puerta para regresar, con– cluida la guerra. Tendrálo entendido la Junta Gubernativa, y dispondrá lo nece– sario a su cumplimiento, mandandolo imprimir, publicar y circular. Dado en la sala del Congreso, en Lima a 30 de Setiembre de 1822.- 39.- Javier de Luna Pizarra, Presidente.- José Sanchez Carrion, Diputado secretario.- Francisco Javier Mariategui, Diputado se– cretario. Por tanto mandamos a todos los tribunales, justicias, gefes, gobernadores y <lemas autoridades, así civiles como militares y ecle– siasticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guar– dar, cumplir y ejecutar el presente decreto en todas sus partes. Lo tendrá entendido para su cumplimiento el secretario de estado en el departamento de gobierno, y dispondrá se imprima, publique y circule.- Dado en el palacio de la Junta Gubernativa, en Lima a 9 de Octubre de 1822.- 39 de la Libertad.- La Mar.- Alvarado.– Vista-Florida.- Por órden de S. E.- Francisco Valdivieso. (De: Gaceta del Gobierno de Lima Independiente, tomo III, p. 2, N~ 31, 9 de octubre de 1822).
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