ACUERDO MARCO DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO Artículo 1. Constitución de la Alianza del Pacífico Las Partes constituyen la Alianza del Pacífico como un área de integración regional. Artículo 2. Democracia y Estado de Derecho Las Partes establecen como requisitos esenciales para la participación en la Alianza del Pacífico los siguientes: a) la vigencia del Estado de Derecho, de la Democracia y de los respectivos órdenes constitucionales; b) la separación de los Poderes del Estado; y c) la protección, la promoción, respeto y garantía de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Artículo 3. Objetivos 1. La Alianza del Pacífico tiene como objetivos los siguientes: a) construir, de manera participativa y consensuada, un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; b) impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de las Partes, con miras a lograr un mayor bienestar, la superación de la desigualdad socioeconómica y la inclusión social de sus habitantes; y c) convertirse en una plataforma de articulación política, de integración económica y comercial, y de proyección al mundo, con especial énfasis al Asia Pacífico. 2. Para alcanzar los objetivos señalados en este artículo desarrollarán, entre otras, las siguientes acciones: a) liberalizar el intercambio comercial de bienes y servicios, con miras a consolidar una zona de libre comercio entre las Partes; 698
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