Negociaciones comerciales internacionales

(0, 5, 10 y 20; Bolivia no aplicará el nivel 20), así como para consolidar y perfeccionar la zona de libre comercio. Igualmente adoptar una política agrícola común, fortalecer la política exterior común y avanzar en la armonización de las políticas macroeconómicas. Aprobación de la Carta Andina para la Paz y la Seguridad, que establece los principios y compromisos para la formulación de una política comunitaria de seguridad en la subregión, la instauración de una zona de paz, las acciones regionales en la lucha contra el terrorismo y la limitación de los gastos de la defensa externa, el control de las armas convencionales y la transparencia. Establecimiento de una mesa de trabajo sobre derechos de los pueblos indígenas como «instancia consultiva en el marco del Sistema Andino de Integración, para promover la participación activa de los pueblos indígenas en los asuntos vinculados con la integración subregional, en sus ámbitos económico, social, cultural y político». Aprobación de la estrategia regional de biodiversidad para los países del trópico andino, la primera de carácter comunitario que adopta un grupo de países signatarios del Convenio sobre Diversidad Biológica, con el fin de facilitar la acción concurrente de los Estados, las comunidades indígenas, nativas afroamericanas y locales, el sector privado, la comunidad científica y la sociedad civil en esta materia. Adopción de la «Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos» como instrumento que contiene principios generales, normas, ámbitos y mecanismos que garantizan la observancia, respeto, promoción y defensa de dichos derechos en la subregión. El carácter vinculante de esta Carta será decidido por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en el momento oportuno. Aprobación del arancel externo común de la Comunidad Andina — que figura en el anexo I de la Decisión 535—, que entró en vigencia a partir del primer día de enero de 2004. 5.3. El dumping en el marco de la Comunidad Andina Las normas comunitarias aplicables a importaciones objeto de prácticas de dumping son la Decisión 456, cuando las importaciones objeto de dumping 222

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