analizar ahora, porque no era transparente: todo se daba entre bambalinas. Muchas veces los acuerdos se realizaban en un ambiente cerrado, donde cinco o seis personas decidían todo y los demás miembros no tenían otra respuesta sino acatar la decisión de los otros. Era una negociación muy difícil, porque los países latinoamericanos, de manera individual, tenían escasa opción de estar enterados de lo que ocurría. Para ser efectiva, la información comercial demanda una gran vinculación personal de los delegados con la Secretaría o con otras delegaciones, para intercambiar informaciones y datos. Luego, una adecuada estructura de lobby se hacía imprescindible en las relaciones comerciales internacionales, dado que están de por medio las empresas exportadoras y los propios gobiernos. Una vez que las partes exponían sus puntos de vista, la Secretaría tomaba nota y presentaba fórmulas de transacción. En otras oportunidades, cuando los grupos eran mayores, el presidente de un grupo, después de conocer las consultas multilaterales, bilaterales o unilaterales, pulseaba a todos y preparaba una propuesta que era la base de una posible negociación, o para informar que aún no había consenso, o para decir que no existía posibilidad de acuerdo para que ese organismo superior decidiera si se continuaba negociando o si se postergaba indefinidamente. 1.2. La estructura orgánica La reunión de todos y cada uno de los estados miembros representaba el único cuerpo institucional originalmente previsto en el Acuerdo General: las partes contratantes. Su función consistía en reunirse cuando menos una vez al año en las denominadas «sesiones», con el fin de poner en vigor aquellas disposiciones del Acuerdo que necesitaban acción conjunta, interpretar el Acuerdo cuando era pertinente y vigilar todos los aspectos que se relacionaban con la economía y el comercio internacional. También estaba encargado de crear los medios, establecer procedimientos y métodos de trabajo para la administración del GATT, así como para alcanzar sus objetivos. La organización del Acuerdo General debe su existencia a tres breves líneas incorporadas en el artículo XXV. La idea original era que el GATT debía servir para la protección de las concesiones arancelarias convenidas por los países en 1947 en caso que dichas concesiones hubiesen sido anuladas o disminuidas, hasta que la OIC pudiera encargarse de tal asunto en forma integral. Si se hubiera concretado la creación de la OIC, los países habrían tenido que limitar sus actividades a asuntos tarifarios. Sin embargo, al no crearse la OIC, 152
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