La independencia inconcebible

Junto con revelar aspectos comunes de este colectivo, estos textos ministeriales nos posicionan ante las discrepancias existentes dentro de un grupo que no solo resultaba heterogéneo, sino que acusaba los cambios en las dinámicas de poder experimentadas por el Trienio y en las alternativas de la guerra independentista. De hecho, a partir de las memorias presentadas a las Cortes entre 1820 y 1823 por los sucesivos secretarios de Estado, Gracia y Justicia, Guerra, Marina, Hacienda, Gobernación del Reino y Ultramar, se busca mostrar la interacción y los distintos puntos de vista respecto de la cuestión americana, lo que daba lugar a la conformación de un espacio común en el que los ministros operaban algunas veces de forma coordinada y coincidiendo en sus posiciones, y otras sosteniendo posturas no necesariamente concurrentes. Asimismo, este trabajo procura reconstruir la visión de uno de los numerosos integrantes de la «[…] compleja aglomeración de instituciones e individuos de gran alcance», en cuyo seno el gobierno español procuró formular una política para los territorios de Ultramar (Costeloe, 1989, p. 32)88. El núcleo del repertorio documental está compuesto por casi una treintena de escritos, algunos de ellos de gran entidad tanto en términos teóricos como también por la rica visión que en ocasiones presentan de la situación de la Monarquía en ambos mundos.89 La elaboración de estos textos no fue espontánea, sino que respondió a un dictado que compelía a todos los secretarios del despacho. En concreto, estos no solo participaban de las sesiones de las Cortes sino que también tenían la obligación de presentar un balance que estaba recogido en el artículo 77 del Reglamento Interior de Cortes, donde se disponía la lectura de un informe sobre el estado específico de cada ramo en el tercer día de la legislatura ordinaria. Pese a que la disposición resultaba clara, lo cierto es que no dejó de presentar dificultades; ya en el año 1821 se puso de manifiesto una limitación muy concreta en este mecanismo de información a las Cortes. Puesto que la mayor parte de los secretarios del año anterior habían sido exonerados por Fernando VII a raíz de la famosa adenda que realizó al discurso preparado por sus ministros en su alocución a la legislatura del primero de marzo de 1821 (Gil Novales, 1980, p. 27), se constató que por el corto tiempo que los reemplazantes llevaban encargados de los negocios públicos «[…] no podían en manera alguna dar ninguna noticia con la premura y exactitud que han menester las Cortes» (Diario, 1871[1821], sesión extraordinaria del 4 de marzo, p. 77). 63

RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx