La frontera disputada

de delimitación marítima. De otro lado, la Corte desestimó en pocas líneas y sin ambages el argumento chileno de que la Declaración de Santiago — documento que no contiene la palabra «límite», y que solo menciona la palabra «frontera» dentro de la frase «frontera terrestre»—, constituía un tratado de límites marítimos. En otras palabras, la explicación de por qué Colombia y Chile no buscaron un acuerdo bilateral con Nicaragua y Perú, respectivamente, no parece ser la confianza en la fortaleza de sus argumentos jurídicos. Una explicación alternativa sería aquella que proveen los hallazgos tanto en psicología social como experimental (Golgeier, 2010). En ambos casos, la parte más poderosa en lo militar —Colombia y Chile, respectivamente— era la que controlaba de hecho el espacio en controversia. Eso es relevante por lo que en psicología se denomina endowment effect (Golgeier, 2010), lo cual podría traducirse como «efecto de dotación». Chile ejerció control efectivo sobre el espacio marítimo en controversia por más de medio siglo, mientras Colombia lo hizo por más de ochenta años. El «efecto de dotación» sugiere que la posesión efectiva de un bien genera en quien la ejerce la convicción de que le asiste un derecho de propiedad o, en este caso, de soberanía. Es decir, no parecía existir duda alguna entre chilenos y colombianos sobre el hecho de que las zonas en controversia les pertenecían. A eso habría que añadir otro hallazgo de la psicología, que da en denominarse reactive devaluation (Golgeier, 2010), lo que podría traducirse como «devaluación reactiva». Alude a que en situaciones de conflicto no solemos evaluar las propuestas de quien es percibido como un rival con base en su contenido, sino con base en la identidad — potencialmente hostil— de quien formula la propuesta. En otras palabras, qué se propone importa menos que quién lo propone. En los casos que abordamos, operaría la siguiente lógica: sería altamente improbable que tanto la opinión pública como las élites en Chile acepten entregar el control de un espacio en controversia simplemente porque el Estado peruano lo demanda, sobre todo cuando Chile posee una amplia superioridad militar sobre el Perú, y por ende la pérdida de control territorial no podría ser racionalizada como un acto de realismo político, como al parecer ocurrió en el caso de Crimea. Sí resulta tolerable, sin embargo, ceder el control del mismo territorio cuando la decisión proviene de un tercero neutral, al que las partes reconoce la legitimidad necesaria para decidir sobre la materia. 28

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