En setiembre de 2014 se formó la comisión para la creación de la Licenciatura en Relaciones Internacionales en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Esta licenciatura tiene el propósito de mejorar la presencia de nuestro país en las diversas vertientes del quehacer internacional. Este libro, coordinado por dicha comisión, forma parte de los materiales académicos destinados a esta iniciativa. 2
Aldo Panfichi y Edith Venero (Coordinadores) LA FRONTERA DISPUTADA LA RUTA A LA SENTENCIA DE LA HAYA 3
La frontera disputada. La ruta a la sentencia de La Haya Aldo Panfichi y Edith Venero, coordinadores © Pontificia Universidad Católica del Perú, Fondo Editorial, 2017 Av. Universitaria 1801, Lima 32, Perú Teléfono: (51 1) 626-2650 Fax: (51 1) 626-2913 feditor@pucp.edu.pe www.fondoeditorial.pucp.edu.pe Diseño, diagramación, corrección de estilo y cuidado de la edición: Fondo Editorial PUCP Primera edición digital: julio de 2017 Prohibida la reproducción de este libro por cualquier medio, total o parcialmente, sin permiso expreso de los editores. ISBN: 978-612-317-279-4 4
PRÓLOGO Este libro forma parte de los materiales académicos preparados para la Licenciatura en Relaciones Internacionales de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) por parte de su comisión organizadora; y su publicación conmemora el tercer aniversario del fallo de la Corte Internacional de Justicia de la Haya. El texto recopila trabajos producidos por profesores de la PUCP que estuvieron vinculados, de una manera u otra, a la reflexión y explicación del proceso de delimitación marítima que se inició con la preparación de la demanda peruana, presentada el 16 de enero de 2008 y culminó con la sentencia de la Corte el 27 de enero de 2014 y con su posterior e inmediato cumplimiento por parte de ambos países. Con la ejecución de esta sentencia termina el largo proceso de delimitación de las fronteras peruanas, iniciado en el momento mismo de la Independencia y que ha abarcado los dos primeros siglos de la vida del Perú como Estado. En el manejo de esta controversia se constató un excepcional nivel de consenso nacional, así como una singular continuidad a través de los gobiernos de tres presidentes: Alejandro Toledo Manrique, Alan García Pérez y Ollanta Humala Tasso. Se trató de una genuina Política de Estado, en cuya aplicación la PUCP y muchos de sus profesores y exalumnos cumplieron variados y destacados roles. Las relaciones del Perú con sus vecinos, como todas las relaciones entre los nuevos Estados de América Latina, fueron difíciles y no exentas de controversias y acciones bélicas, debido a la necesidad de establecer fronteras internacionales ahí donde la administración colonial solo había fijado límites internos o intranacionales. A pesar de que Chile y el Perú carecieron de frontera común al fundarse las nuevas repúblicas, las relaciones entre ambos países, como se explica en este libro, fueron particularmente dramáticas, sobre todo como consecuencia de la guerra de 1879, que implicó la invasión y saqueo del territorio peruano y el quiebre institucional más grave de toda la historia republicana del Perú. 5
Sin embargo, como quería Jorge Basadre, era y es necesario establecer entre ambos países un clima de diálogo y entendimiento y una asociación estratégica de cara al futuro, basada en el mutuo respeto y el mejor conocimiento recíproco. Así lo demandan los intereses de cada nación, así como las urgencias de la integración regional y la conveniencia de buscar un lugar adecuado en las nuevas relaciones económicas del mundo global, en las que el espacio del Asia y el Pacífico ha venido a resultar protagónico. Así lo ilustra la común participación de ambos países en las instancias más relevantes de integración, como lo son CELAC, UNASUR y la Alianza del Pacífico. Esperamos que estos textos contribuyan a una mejor comprensión del proceso judicial y político de la demanda, así como del contexto histórico dentro del cual se desplegó. Asimismo, agradecemos a todos quienes han colaborado en la producción del libro, así como en la participación de la PUCP en el proceso de La Haya. Lima, 27 de enero de 2017 6
PERÚ Y CHILE 2011: TESTIMONIO Y REFLEXIÓN1 Rafael Roncagliolo Las líneas que siguen se refieren a un periodo preciso de la política de Estado del Perú en el proceso de delimitación de su frontera marítima con Chile. Se trata del bienio 2011-2013, que corresponde a la etapa oral del proceso ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya. Comenzaré por referirme muy someramente a algunos de los antecedentes que han servido de contexto a este periodo y luego revisaré algunos de los objetivos, de las medidas políticas y de las dificultades más notables de esta etapa. Todo ello termina con un colofón sobre el futuro de estas relaciones en el marco de una perspectiva integradora para la región. ANTECEDENTES Las disputas territoriales han sido uno de los dos focos o tendencias de las relaciones exteriores del Perú republicano2. Cubren casi dos siglos de negociaciones y conflictos con los cinco vecinos terrestres (Bolivia, Brasil, Colombia, Chile y Ecuador), y luego con dos de ellos, con los cuales existen además fronteras marítimas (Chile y Ecuador). En los casos de Bolivia, Colombia y Ecuador, las disputas se fundaron en las diferencias de interpretación de los —con frecuencia imprecisos y contradictorios— linderos de las circunscripciones coloniales3; en el caso del Brasil, desbordados los tratados hispano-portugueses por la política de expansión portuguesa y brasileña, versaron sobre la pertinencia y los alcances del uti possidetis de facto. Solo la frontera entre las repúblicas de Chile y el Perú carecía de antecedentes coloniales inmediatos4. En efecto, dicha frontera emergió como consecuencia de la Guerra del Pacífico y procedía de haberse introducido en América del Sur, por vez primera y única, el derecho de conquista; es decir, el triunfo militar, la conquista por las armas, como único título de dominio. En la guerra por la independencia todos los sudamericanos habían sido compatriotas. El Estado peruano naciente llegó a ser presidido por 7
argentinos, bolivianos, colombianos, ecuatorianos y venezolanos. Para la independencia del Perú había sido decisiva la participación chilena y el papel de Bernardo O’Higgins. Esta comunidad fundacional se había fortalecido, a pesar de la intervención armada chilena contra la Confederación Perú Boliviana, con la victoriosa resistencia en el Callao, a la amenaza de reconquista española en 1866, que había fraguado una solidaridad y una conciencia anticolonial común entre Chile y el Perú5. Sin embargo, la Guerra del Pacífico, iniciada por Chile contra Bolivia y el Perú fue el gran hecho traumático de la vida republicana del Perú. La destrucción militar, económica, política e institucional que la invasión chilena produjo desarticuló de manera radical la sociedad peruana. Desde la óptica peruana no puede considerarse como una guerra más. La larga posguerra resultó incluso más aciaga. El incumplimiento sistemático de los tratados por parte de Chile6, la cautividad de la provincia de Tarapacá7, así como el sometimiento y la «chilenización» de Tacna y Arica durante su larga ocupación, marcaron profundamente la psicología colectiva peruana. Esta desconfianza crónica es un dato duro de la realidad, tan duro o más que las relaciones económicas. No obstante, en los últimos años ha habido tres procesos que han contribuido a amenguar la desconfianza crónica8: la masiva inmigración de peruanos hacia Chile (lo que incluye el envío de remesas monetarias a sus familias en el Perú); la intensificación de los flujos comerciales y de inversiones (hoy algo menos asimétricos que al comienzo del proceso); y la intensa movilidad en la frontera, que ha coadyuvado de manera importante al crecimiento económico de la ciudad peruana de Tacna como centro de comercio y servicios. Volviendo a la política exterior del Estado peruano, hay que señalar que las fronteras terrestres disputadas a lo largo de los siglos XIX y XX fueron quedando definidas a través de diversos tratados bilaterales firmados en el siglo XX. Incluso, la nueva frontera terrestre entre Chile y el Perú quedó por fin definida y delimitada con el Tratado de 1929. Sin embargo, durante la segunda mitad del siglo XX, con el concurso protagónico del Perú, y también de Chile y del Ecuador, emerge una nueva rama del derecho internacional: el derecho del mar, y todos los países del mundo se abocaron a delimitar sus linderos marítimos. El Perú y el Ecuador establecen dichos límites en el año 2010. Anteriormente, en julio de 2004, siguiendo a una propuesta inicial de 1986, el Perú propuso formalmente a Chile «el inicio, a la brevedad 8
posible, de negociaciones bilaterales para el establecimiento del límite marítimo». Chile rechazó esta propuesta el 10 de setiembre de 2004. En noviembre del mismo año ambos países reconocieron conjuntamente «que el tema de la delimitación marítima entre ambos países, respecto del cual tenemos posiciones distintas, es una cuestión de naturaleza jurídica y que constituye un asunto bilateral que no debe interferir en el desarrollo de las relación entre Perú y Chile» (RREE & Fondo Editorial del Congreso del Perú, 2013, p. 16). Frente a la negativa chilena a desarrollar una negociación bilateral, el Perú recurre a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en lo que es, por excelencia, un acto de civilización y búsqueda de soluciones pacíficas a las controversias. De manera que en los años a que se refiere esta nota (2011-2013), el Perú estaba ad portas de terminar su largo proceso de definición de límites. Solo faltaba la frontera marítima con Chile. La misma demanda peruana ante la CIJ se introduce luego de una presión creciente de las organizaciones políticas y sociales del Perú, frente a lo que consideraban un sistemático desconocimiento de derechos por parte de Chile, punto culminante de lo cual fue la decisión chilena (luego corregida) de crear la región de Arica y Parinacota, otorgándoles límites que claramente desconocían el Tratado de 1929 y las consecuentes posiciones peruanas. En esta movilización de la opinión pública peruana, que pedía la concurrencia a La Haya, jugó un papel destacado Ollanta Humala, quien a partir del 28 de julio de 2011 vino a ejercer la Presidencia del Perú y asumió, por lo tanto, la conducción del proceso judicial ya iniciado. Por consiguiente, conviene insistir en que el caso que aquí se considera es uno de los pocos en que el Perú desarrolla una genuina política de Estado, fundada en el consenso y la continuidad, que incluye la preparación de la demanda durante el gobierno del presidente Alejandro Toledo; su formulación y el desarrollo de toda la fase escrita, bajo el gobierno de Alan García; y la etapa oral, sentencia y aplicación, durante la administración del presidente Ollanta Humala9. LOS OBJETIVOS En este marco, el 16 de enero de 2008 el Perú presentó ante la CIJ la demanda que da inicio al proceso de delimitación marítima con Chile, que tenía varios objetivos complementarios. 9
Se buscaba, ante todo, un fallo que acogiera las solicitudes planteadas en la demanda peruana: «El Perú solicita a la Corte que determine el curso del límite entre las zonas marítimas de los dos Estados de conformidad con el Derecho Internacional, como se indica en la Sección IV supra, y que resuelva y declare que el Perú posee derecho de soberanía exclusivos en el área marítima situada dentro del límite de 200 millas marinas desde su costa pero fuera de la zona económica exclusiva y de la plataforma continental de Chile» (RREE & Fondo Editorial del Congreso, 2013, p. 21). Para ello, el Perú confiaba, sobre todo, en cuatro elementos: la ya mencionada unidad interna del país, la solidez de sus argumentos, la solvencia de su equipo y la probidad de los magistrados del tribunal. Algunas voces creían que debía incluirse en el manejo del proceso elementos tales como lobbies o campañas internacionales de prensa; es decir, que había que presionar o influir políticamente sobre el tribunal. El Perú asumió desde el comienzo que ello habría sido inconducente y que sus resultados contraproducentes. El segundo objetivo inmediato, tan importante como el anterior, era crear las condiciones para asegurar que la sentencia fuera cumplida por ambas partes. Para ello, había que propiciar un clima que desestimulara y dificultara cualquier intento de desacato. Ello implicaba crear una atmósfera, dentro de cada país y en la esfera internacional, de firme compromiso con el acatamiento a la justicia internacional, así como empezar a recuperar la confianza mutua entre las sociedades de ambos países. En esta dirección resultó de la mayor relevancia haber conseguido, durante la etapa oral, que ambos presidentes formalizaran su compromiso explícito de acatamiento. Dado este propósito, de nada hubiera servido desarrollar una política de enfrentamientos verbales y de reiteración de reclamos frente a los graves agravios del pasado10. Un tercer objetivo consistía en superar la desconfianza crónica entre Chile y el Perú y procurar, cualquiera que fuera la sentencia, crear las condiciones para una cooperación más estrecha y fluida entre ambos países, comprometidos los dos en un futuro común por su vecindad, por su común pertenencia al espacio sudamericano, por su convergencia en la Alianza del Pacífico y, sobre todo, porque el concurso de ambos era y es indispensable para avanzar en el proceso de integración regional, que habíamos presentado como uno de los objetivos principales de la política exterior peruana (RREE, 2013). 10
Entendíamos que había llegado el tiempo de la reconciliación con Chile, que anunció Jorge Basadre, precisamente en el cambio de horizonte de 1931, cuando escribió Perú: Problema y posibilidad 11. Durante el proceso ante la CIJ, albergábamos, legítimamente, la esperanza de que el fallo pusiera fin a las desinteligencias y recelos mutuos. No nos resignábamos a la imagen de que las relaciones entre Chile y el Perú tenían que ser siempre de desconfianza, zancadillas y espionajes. De hecho, la historia demuestra que entre los países no existen enemigos naturales y permanentes (ni tampoco amigos naturales y permanentes)12. Este propósito y espíritu se mantuvo durante el proceso, como se demuestra en el tono mesurado y respetuoso de las autoridades gubernamentales peruanas y de sus abogados durante la fase oral. Desgraciadamente este clima se deterioró luego de la sentencia. En primer lugar, por las declaraciones del presidente de Chile, Sebastián Piñera, el mismo día del fallo; y luego, por el descubrimiento de escandalosas acciones de espionaje chileno contra el Perú, que eran incluso más graves en momentos tan delicados. El cuarto objetivo se refería a fortalecer el orden jurídico internacional y la solución pacífica de controversias. Como los problemas de límites, tanto terrestres como, especialmente, marítimos, han sido comunes a todos los países latinoamericanos, queríamos dar un ejemplo de sometimiento de las diferencias a las instancias internacionales de solución pacífica de controversias. Quinto y último, la solución del diferendo marítimo entre Chile y el Perú resultaba una pieza muy importante para asegurar la integración regional que, como ya se ha dicho, era una prioridad mayor de la política exterior peruana. PARÉNTESIS SOBRE INTEGRACIÓN Y SOBERANÍA Cabe aquí reiterar una creciente convicción política común: en el siglo XXI no hay futuro económico ni político para los países latinoamericanos por separado. La integración no es ya solo un ideal retórico sino una exigencia perentoria de la más prosaica realidad. Para ello habrá que superar los enfrentamientos seculares, como se logró en Europa entre Alemania y Francia, y debe lograrse acá, entre Argentina y Brasil, de un lado, y entre Chile y el Perú, del otro. Este reconocimiento de un futuro común, y no el mero ocultamiento del pasado, constituye el 11
marco apropiado para proyectar de modo constructivo las relaciones vecinales. Más aún, la creación de una genuina unidad regional obligará a diluir las fronteras construidas con tanto sufrimiento a lo largo de dos siglos. Lo que ha hecho Europa no solo con sus fronteras, sino también con sus monedas y sus poderes legislativos. Estamos ante «un constante deterioro de la noción de soberanía, frente a las exigencias de la interdependencia […]» (Bákula, 2002, p. 1162). O quizá, frente a una nueva ampliación de los sujetos que ejercen la soberanía: ya no solo el rey, soberano absoluto, ni solo el pueblo nación dentro de un Estado, sino también instancias y conjuntos más amplios y complejos. Al cabo de cinco siglos de existencia del Estado nacional moderno, muchas de sus funciones son desplazadas a instancias supranacionales o subnacionales. Seguir discutiendo nuestros problemas en torno al concepto de soberanía absoluta parece, por decir lo menos, anacrónico. El ex canciller boliviano Antonio Araníbar Quiroga13 ha listado algunas de las realidades que han llevado a relativizar el concepto de soberanía nacional. Entre ellas: La soberanía perforada a la que se refiere Osvaldo de Rivero, es decir, al control desde el exterior de la moneda y las políticas fiscales, las telecomunicaciones y los problemas ecológicos globales (De Rivero, 1998, pp. 36-40). La soberanía limitada, como la que tiene Chile sobre Arica en virtud del Tratado de 1929, por el cual Chile no puede disponer de esta área en beneficio de terceros países sin la autorización del Perú; queda prohibido artillar el Morro de Arica; y se establece una servidumbre de tránsito para el ferrocarril a Tacna, así como para los canales Uchusuma y Mauri. La soberanía compartida, que propuso el Perú cuando aceptó la posibilidad de una franja costera para Bolivia al norte de Chile con un punto final en Arica, que tendría con una soberanía compartida trinacional. La soberanía escindida que separa la soberanía y la propiedad, como se ha hecho con Tiwinza en los acuerdos entre Perú y Ecuador (Araníbar, 1999, pp. 107-111). 12
LAS MEDIDAS POLÍTICAS Instalado el gobierno del presidente Humala, había que empezar a tomar las medidas necesarias para cumplir los objetivos señalados. La primera medida fue asegurar y hacer evidente la continuidad de la política de Estado y el consenso nacional. Recién inaugurado su gobierno, el presidente Ollanta Humala decidió ratificar al embajador Allan Wagner como agente ante la CIJ y al equipo encabezado por este14. Decidió, además, nombrar como coagente al embajador José Antonio García Belaunde. Inmediatamente después se incorporó como miembro del equipo de abogados al embajador Luis Marchand, un gran conocedor de la materia que había sido el primer canciller del presidente Alberto Fujimori; y luego, como miembro de la Comisión Consultiva ad hoc al embajador Manuel Rodríguez Cuadros, ex canciller del presidente Alejandro Toledo. De esta manera, se contaba plenamente con dos ex cancilleres del presidente Alberto Fujimori (Luis Marchand y Eduardo Ferrero, que ya era desde antes miembro del equipo de abogados); dos ex cancilleres del presidente Alejandro Toledo (Allan Wagner y Manuel Rodríguez Cuadros, quien también fue integrado luego a la delegación ante la CIJ); y dos ex cancilleres del presidente Alan García (Allan Wagner y José Antonio García Belaunde, agente y coagente, respectivamente). Más relevante aún, se tenía al canciller que dio los pasos previos a la demanda ante la Corte durante el gobierno del presidente Alejandro Toledo (Manuel Rodríguez Cuadros) y al que la presentó y condujo la etapa escrita durante la etapa del presidente Alan García (José Antonio García Belaunde). La continuidad y el consenso, las dos características que hacen a una política de Estado, quedaron dados. Esto era el espíritu y la letra del Acuerdo Nacional aplicados al tema de política exterior más relevante que el gobierno tenía entre manos. Una segunda medida, entre las muchas que podrían enumerarse, se refiere a la generación de mutuo conocimiento, confianza y diálogo entre peruanos y chilenos. Ya en el primer encuentro del nuevo canciller del Perú con el de Chile, el empresario Alfredo Moreno, realizado el 2 de setiembre de 2011 en Santiago, se convino, a propuesta del primero, enmarcar el proceso de La Haya en un contexto de búsqueda de un mejor reconocimiento y diálogo entre las dos sociedades. 13
Naturalmente, esta tarea desbordaba a los gobiernos y requería estimular los contactos y eventos que las organizaciones de la sociedad civil decidieran autónomamente emprender. Sería largo enumerar aquí la multiplicidad de reuniones y pronunciamientos de personalidades intelectuales (encabezadas por Jorge Edwards y Mario Vargas Llosa), universidades, organizaciones empresariales, sindicales, de periodistas y dirigentes sociales de las zonas de frontera que contribuyeron a generar esta atmósfera de conocimiento recíproco y diálogo entre chilenos y peruanos15. Una tercera medida que importa registrar fue la del diálogo permanente con el Congreso de la República, las regiones, los medios de comunicación y las universidades. La Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, crítica en otros aspectos, respaldó y enriqueció siempre el trabajo en esta materia principal. Hubo incluso un subgrupo de seguimiento del proceso en el seno de dicha comisión que permanentemente puso en evidencia auténtico interés y genuina voluntad de colaboración en un asunto de tanta trascendencia para el país. A ello se suman los numerosos eventos de explicación y esclarecimiento que se realizaron en distintas ciudades del país (principalmente en las universidades) y el trabajo a cargo de Santiago Pedraglio16, destinado a hacer el seguimiento cotidiano de la opinión pública y empapar a cada uno de los medios de comunicación peruanos en los diversos aspectos del diferendo y en los procedimientos de la Corte. Igualmente se realizaron diversas reuniones con los integrantes del Grupo Basadre y otros grupos intelectuales y sociales que opinaron a lo largo del proceso, varias veces en forma crítica. Estos diálogos se caracterizaron por el respeto recíproco, la cordialidad y la utilidad. En fin, he querido destacar aquí tres elementos —la continuidad y el consenso, el diálogo binacional y la transparencia— que, sin ser los únicos, me parece que conviene retener a la hora de evaluar el ejercicio de estos años. ALGUNAS DIFICULTADES Como ya se ha señalado, durante el proceso oral ante la CIJ, ambos países tratamos de mantener, y en lo fundamental mantuvimos, una atmósfera de cordialidad y respeto. Sin embargo, hubo varios momentos de tensión, algunos de los cuales merecen registrarse. 14
El más agudo de ellos se produjo en febrero de 2012, cuando un aluvión del río Lluta, por la quebrada de Escritos, arrastró al Perú parte de las minas que Chile había sembrado tiempo atrás, en su propio territorio17. El aluvión con las minas entró al territorio peruano ubicado entre la línea de frontera y el paralelo que corresponde al hito número 1. Aduciendo las obligaciones de la Convención de Ottawa sobre minas antipersonales, personal chileno ingresó en dicha zona para colocar alambradas y pancartas indicadoras del peligro de las minas. Se trataba, a todas luces, de demostrar soberanía en el área. Ante el reclamo inmediato del Perú, Chile retiró a su personal y se comprometió a no realizar nuevas incursiones. Sin embargo, se negó al retiro de los materiales introducidos en la zona. El Perú propuso entonces solicitar a un tercero neutral que procediera al desminado y retiro de los materiales por encargo de ambos países. Inicialmente y durante un largo lapso Chile rechazó esta posibilidad. El riesgo de ausencia del presidente peruano en la cumbre de la Alianza del Pacífico en Antofagasta, programada para el 6 y 7 de junio de 2012, y la preocupación discretamente expresada por los otros miembros de dicha Alianza, así como por otros países amigos, llevó a que Chile finalmente aceptara la propuesta peruana, lo que permitió superar el incidente18. Otro momento de tensión apareció cuando la CIJ emitió su fallo en la controversia entre Colombia y Nicaragua, y Colombia se mostró reacia a aceptarlo. Hubo entonces voces aisladas en Chile que llamaron a prepararse para replicar esta aparente rebeldía colombiana y desconocer el fallo, ya inminente, en el diferendo marítimo entre Chile y el Perú. Una situación grave también se vivió el 27 de enero de 2014, siendo canciller mi sucesora Eda Rivas, cuando, contra el texto rotundo de la sentencia de la CIJ y contra todo lo conversado a lo largo del bienio sobre la necesidad de que ambas partes reaccionaran con respeto y cordura el día del fallo, el presidente de Chile, Sebastián Piñera, declaró que la sentencia le daba la razón a Chile en el tema del límite terrestre. Esta infeliz declaración y el posterior descubrimiento de un escandaloso espionaje chileno parecían querer darle la razón a quienes sostenían que nunca podría haber una relación normal entre nuestros países. A pesar de incidentes como estos, hay que afirmar la voluntad constructiva para acercarnos al pronóstico, antes citado, de Jorge Basadre en 1931. 15
En definitiva, el proceso de La Haya arroja un triunfo jurídico y diplomático, no militar, al haberse desvirtuado la principal tesis chilena por la que la Declaración de Santiago de 1952 habría establecido un límite marítimo a todo propósito en el paralelo geográfico que se extendía a toda la proyección marítima de ambos países. Una vez definida esta última frontera, el Perú y Chile necesitan una relación constructiva y madura, que sirva de base no solo para la atención a los intereses de cada uno de los países, sino también para lograr la unidad regional, indispensable para adquirir relevancia en el mundo del siglo XXI. COLOFÓN La reflexión principal de estas líneas conduce al convencimiento de que no hay que mirar la relación bilateral entre Chile y el Perú como una relación bilateral cerrada en sí misma. No cabe abstraer las relaciones entre estos dos países del marco de construcción de una unidad regional mayor. Como lo analiza Bruce Saint John (1999), precisamente el segundo foco histórico de la política exterior peruana ha sido el de la concertación e integración latinoamericanas. Se trata de que el Perú, Chile y todos sus vecinos, puedan marchar juntos hacia la «tierra prometida» a los latinoamericanos19, logrando que las fuerzas centrípetas prevalezcan sobre las centrífugas20. Después de haber dedicado parte sustantiva de los esfuerzos del Perú a definir sus límites terrestres y marítimos, el cultivo de una buena relación con Chile debe complementarse con la cooperación entre el Perú y Bolivia, y con la prioridad que deben tener nuestras relaciones con el Brasil. Una de los hechos que más cabe lamentar de estos últimos años es que, a pesar del enorme trabajo desplegado por la Cancillería, el Ministerio de Defensa y la Marina de Guerra junto con otros sectores de la administración pública peruana, el Congreso del Perú no haya ratificado el conjunto constituido por el Protocolo de Ilo de 2010 y el Acuerdo por Intercambio de Notas de 2012 que lo enriquecía en numerosos aspectos, tan beneficiosos para Bolivia como para el sur peruano21. Igualmente parece indispensable priorizar la relación con Brasil. La mayor parte de nuestras fronteras está constituida por la frontera brasileña. Brasil es —a pesar de sus serias dificultades coyunturales— una de las mayores economías del mundo y ciertamente, la mayor de América del Sur. Brasil y el Perú constituyen juntos la ancha cintura de esta parte 16
del mundo, que une a su zona septentrional con el área meridional. Tenemos, junto con otros seis de los doce países que integran América del Sur, la inmensa reserva de la Amazonía que es la gran reserva natural de toda la humanidad. Hoy CELAC, UNASUR, la Alianza del Pacífico, como desde antes ALADI, la CAN, MERCOSUR o el SELA, son expresiones acumulativas, y no necesariamente contradictorias de este esfuerzo de convergencia entre países que, a la larga y también a la corta, tienen los mismos intereses. Otra asignatura pendiente del Perú en materia internacional es la que se refiere a la suscripción de la Convención del Mar, en cuya formulación y elaboración el Perú fue un precursor y protagonista principal. Intentamos abordar esta asignatura durante el bienio al que se refiere esta nota (con la valiosa colaboración de Eduardo Ferrero) pero la decisión requería, por supuesto, un consenso nacional y al consenso le faltó la anuencia de un dirigente político importante. BIBLIOGRAFÍA Araníbar Quiroga, Antonio (1999). Bolivia, Chile y Perú: Hacia un futuro compartido. La Paz: Plural. Bákula, Juan Miguel (2002). Perú: Entre la Realidad y la Utopía, 10 años de Política Exterior. Lima: Fondo de Cultura Económica & Fundación Academia Diplomática del Perú. Basadre, Jorge (2000). Perú: problema y posibilidad. Lima: Fundación M. J. Bustamante de la Fuente. Chiaramonte, José Carlos; Carlos Marichal & Aimer Granados (comp.) (2008). Crear la Nación, los nombres de los países de América Latina. Buenos Aires: Editorial Sudamericana. Dargent Bocanegra, Eduardo (2007). Repúblicas fraternas y rivales. Discurso republicano en el Congreso Americano de 1864. En Carmen Mc Evoy & Ana María Stuven (eds.), La República Peregrina, Hombres de armas y letras en América del Sur, 1800-1884. Lima: Instituto Francés de Estudios Andinos & IEP Instituto de Estudios Peruanos. De Rivero, Osvaldo (1998). El mito del desarrollo: los países inviables en el Siglo XXI. Lima: Mosca Azul. Gobierno del Perú (2014). Perú y Chile en La Haya. Un ejemplo para el mundo. Lima: Presidencia del Consejo de Ministros. Mc Evoy, Carmen (2011). Guerreros civilizadores. Política, sociedad y cultura en Chile durante la Guerra del Pacífico. Santiago de Chile: Ediciones Universidad Diego Portales. 17
Mc Evoy, Carmen (2013). En pos de la República, Ensayos de historia política e intelectual. Lima: Centro de Estudios Bicentenario, Municipalidad Metropolitana de Lima & Asociación Educacional Antonio Raimondi. Mc Evoy, Carmen & Ana María Stuven (eds.) (2007). La República Peregrina, Hombres de armas y letras en América del Sur, 1800-1884. Lima: Instituto Francés de Estudios Andinos & IEP Instituto de Estudios Peruanos. Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (RREE) (2013). Memoria Institucional del 28 de julio del 2011 al 15 de mayo del 2013. Lima: MRE. Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú & Fondo Editorial del Congreso del Perú (2013). Delimitación marítima entre el Perú y Chile ante la Corte Internacional de Justicia. Lima: Fondo Editorial del Congreso del Perú. St. John, Ronald Bruce (1999). La política exterior del Perú. Lima: Asociación de Funcionarios del Servicio Diplomático del Perú. 1 Escrito con la colaboración de Edith Venero. Este texto es parte del libro con el que la Pontificia Universidad Católica del Perú conmemora la sentencia emitida, el 27 de enero de 2014, por la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya sobre el diferendo marítimo entre el Perú y Chile. Como su título lo anuncia, el texto tiene un inequívoco propósito y acento testimonial, que se mezcla muy heterodoxamente con algunas consideraciones analíticas y con ciertas propuestas de política exterior. Ello ocurre así por el deber que siente el autor de contribuir a la reflexión colectiva a partir de lo que fue su experiencia como ministro de Relaciones Exteriores del Perú, entre el 28 de julio de 2011 y el 15 de mayo de 2013. 2 El otro gran foco, o tendencia, ha sido el de la solidaridad regional (Saint John, 1999, p. 1) y, por lo tanto, la integración. Sin embargo, estas dos tendencias no necesariamente ni siempre han sido contrapuestas, como lo demuestra Oscar Vidarte en otro capítulo de este libro al referirse justamente a las relaciones entre Chile y el Perú durante el proceso ante la CIJ. 3 De hecho, los propios nombres de Bolivia y Ecuador nacen recién con la Independencia. La incertidumbre inicial con que las ex colonias españolas acceden a la vida republicana se expresa también en sus denominaciones iniciales, con sus reminiscencias de los Países Bajos: Provincias Unidas de la Gran Colombia (Venezuela, Colombia y Ecuador); Provincias Unidas de la América Central; Provincias Unidas de Sud América (que podía haber comprendido a Argentina, Chile y el Perú). En este sentido, resulta pertinente citar in extenso a Carmen Mc Evoy: «Cuando el Congreso General Constituyente declara la independencia en 1816, no lo hizo en nombre de las Provincias del Río de la Plata, sino de las Provincias Unidas de Sud América [...] Según los patriotas, el gran territorio de América del Sud estaba integrado por tres gobiernos: Lima, Buenos Aires y Chile, que por su extensión podían constituir tres reinos diferentes o integrar un solo Estado» (2013, p. 39). Véase también Chiaramonte, Marichal & Granados, (2008). La propia Confederación Perú Boliviana, también puede ser inscrita en esta incertidumbre inicial. 4 En la Independencia, al haberse separado Bolivia del Perú dejó de existir la frontera colonial peruano-chilena, que fue reemplazada por sendas fronteras peruano-boliviana y 18
boliviano-chilena, a partir de la creación de Bolivia en 1825. 5 De esta época, principal aunque no exclusivamente, viene el papel protagónico del Perú en los esfuerzos de solidaridad y concertación de los nuevos países frente a las amenazas coloniales e imperiales, que constituye, según Bruce Saint John (1999), el otro foco o tendencia de la política exterior peruana. 6 Los diez años del Tratado de 1883 se terminaron prologando hasta 1929; y, las cláusulas establecidas por este último solo terminaron de estipularse en 1999. 7 Donde se registraron cientos de miles de familias peruanas repatriadas, pérdida de propiedades y expulsión de maestros, curas y dirigentes sindicales, entre otros desmanes. 8 Como lo analiza Aldo Panfichi en otro texto de este mismo libro. 9 Ello contrasta con las grandes controversias nacionales que rodearon a las delimitaciones fronterizas anteriores, y, por supuesto, con la pavorosa desunión interna con que se encararon conflictos como la Guerra del Pacífico. 10 Hasta el día de hoy hay en Chile quienes suponen la existencia de un «irredentismo» peruano; así como hay quienes suponen en el Perú la subsistencia de un «expansionismo» chileno que se prolonga desde Diego Portales. Los primeros están convencidos de que el Perú mantiene la decisión de recuperar Arica; y los segundos piensan que el proyecto y la imagen de una supuesta «misión civilizadora» de Chile (tan bien analizada por Mc Evoy, 2011) tiene la voluntad de llegar hasta Arequipa. Ambas imágenes se alimentan recíprocamente y dificultan los entendimientos entre ambos países. 11 «Se cree también —y esto es el presente— que la Historia es instrumento de predicación de un nacionalismo celoso y agresivo. La Patria es, para el chauvinista, la mejor tierra del mundo, porque él tuvo la virtud de nacer allí [...] El Perú mismo tiene el caso del odio a los chilenos. Producido ya el arreglo —incompleto y tardío— sobre Tacna y Arica, se están desvaneciendo muchos prejuicios de orden y de rencor; y, con el tiempo, el odio a los chilenos será como el odio a los españoles que exaltó tanto en 1821 y 1865. Si nuestros poetas dijeron entonces que el equivalente de la palabra ‘indigno’ era la palabra ‘español’, algo parecido se dijo por poetas, diplomáticos, oradores y publicistas sobre el ‘corvo chileno’. Hoy España inspira respeto lejano, curiosidad artística, cariño atávico, desprecio estulto o indiferencia vaga; pero no odio. Mañana, Chile inspirará sentimientos de interrelación, de vinculación, de comunidad» (Basadre, 2000, pp. 31-32). 12 Qué mejor ejemplo de ello que la excelencia de las relaciones entre el Ecuador y el Perú, ayer de permanente enfrentamiento y hoy de ejemplar cooperación. Y, quizá otro ejemplo sea el de la análoga evolución de las relaciones entre Chile y Argentina. 13 Antonio Araníbar fue ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia entre agosto de 1993 y agosto de 1997. 14 La lista completa del equipo aparece en Gobierno del Perú (2014). Sin embargo, hay que destacar la contribución de los llamados «tres mosqueteros»: Gustavo Meza Cuadra, Marisol Agüero y Juan José Ruda. Este último fue, además, junto con Claudio de la Puente y Ana María Sánchez, uno de mis colaboradores más cercanos y permanentes en 19
todo lo que tuvo que ver con la relación entre Chile y el Perú en este periodo. 15 Hay que destacar, en particular, el entusiasmo con que las organizaciones de periodistas, como el Consejo de la Prensa Peruana, y las universidades, en primer lugar la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), pusieron manos a la obra. Contamos con la lúcida participación de un grupo de profesores de dicha universidad como Aldo Panfichi, Farid Kahhat, Antonio Zapata, Oscar Vidarte y Daniel Parodi, tanto para el análisis como para la difusión y el diálogo entre las sociedades civiles de ambos países. Por último auspiciaron y acompañaron también muy de cerca los diálogos binacionales, Kristen Sample y Percy Medina de IDEA Internacional. 16 Con la colaboración de Alejandro Neyra, Javier Sánchez-Checa, Eduardo Zevallos y otros funcionarios diplomáticos. Participaron en este grupo, coloquialmente llamado de los «opinólogos», entre otros, Alberto Adrianzén, Ramón Barúa, Ignacio Basombrío, Enrique Bernales, Hernán Chaparro, Carlos Gamarra, Otto Guibovich, Max Hernández, Farid Kahhat, Baldo Kresalja, Jorge Montoya, Daniel Parodi, Juan Velit, Oscar Vidarte y Antonio Zapata. 17 El Perú promovió en los foros y organismos regionales, particularmente en UNASUR, reunida en Asunción en octubre de 2011, la condena a este tipo de armas y el llamado a su inmediata eliminación. Chile se opuso a estas iniciativas. 18 Por acuerdo entre ambos gobiernos encargamos la tarea a una entidad noruega (Norwegian People’s Aid, NPA por sus siglas en inglés). En este, como en otros aspectos, hay que destacar la generosa contribución de Noruega a las buenas relaciones entre Chile y el Perú. 19 Según la invitación que hace el embajador Juan Miguel Bákula, a «nuestras gentes, las del Perú y de los pueblos vecinos del continente, partir en pos de la tierra prometida […]» (Bákula, 2002, p. 1163). 20 Que fue lo que no se pudo conseguir en el Congreso Americano de 1864 (ver Dargent, 2007) ni en las otras iniciativas peruanas del siglo XIX. 21 El trabajo de Farid Kahhat, en este mismo libro, señala la importancia de la dimensión psicológica en las relaciones internacionales. Las reticencias subsistentes en el Perú y Bolivia entre parte de sus respectivas capas dirigentes podrían merecer un análisis antropológico o psicológico. 20
LECCIONES DEL PROCESO ENTRE CHILE Y PERÚ ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Farid Kahhat En años recientes Colombia y Nicaragua, por un lado, y Chile y Perú, por otro, estuvieron involucrados en procesos contenciosos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Ambos procesos tenían como propósito resolver diferendos limítrofes. Pese a las diferencias entre ambos casos — el diferendo entre Chile y Perú era exclusivamente sobre delimitación marítima, mientras que el diferendo entre Colombia y Nicaragua involucraba también una controversia sobre soberanía terrestre—, existían similitudes ostensibles. Colombia alegaba que existía un tratado de 1928, el Tratado Esguerra-Bárcenas, que fijó la frontera marítima en un meridiano, como Chile alegaba que existía un tratado de 1952, la Declaración de Santiago, que trazaba la frontera marítima en un paralelo. Nicaragua, al igual que Perú, negaba que ese tratado estableciera un límite marítimo, y alegaba, al igual que Perú, que se trataba de acuerdos temporales para resolver problemas prácticos, tal como lo contempla la Convención sobre Derecho del Mar (CONVEMAR). Por ende, Nicaragua y Perú alegaban que no existía un límite marítimo, y que en ausencia de un acuerdo entre las partes debía ser la CIJ quien estableciera ese límite, aplicando como criterio de delimitación el principio de equidistancia respecto a las costas relevantes, como establece la CONVEMAR. ¿Qué lecciones pueden derivar para casos ulteriores de esos procesos ante la CIJ, y en particular del diferendo entre Chile y Perú?22 ¿CUÁNDO Y CÓMO SE APLICAN LOS FALLOS DE LA CIJ? Consecuente con su interpretación, Colombia planteó una excepción preliminar, según la cual la CIJ no era competente en la materia porque existía ya un tratado de límites entre las partes. En diciembre de 2007 la CIJ desestimó esa excepción preliminar; no sería por ende casual que la demanda peruana fuera presentada en enero de 2008, y que Chile no 21
respondiera presentando una excepción preliminar similar a la planteada por Colombia. Esa decisión de la Corte constituyó una primera derrota para Colombia, y el hecho de que sus implicaciones no fueran objeto de un debido escrutinio público sería una razón por la cual la mayoría de los colombianos parecía tener expectativas poco realistas respecto al fallo final. En el Perú, a diferencia de Chile, no existió mayor debate público sobre el proceso ante la CIJ, y la virtual unanimidad entre los analistas pudo haber inducido expectativas maximalistas en un sector de la opinión pública, lo cual a su vez suponía el riesgo de que una victoria parcial (por ejemplo, obtener el denominado Triángulo Exterior, equivalente a unos 28 000 kilómetros cuadrados, fuese percibida como una derrota. Esto es relevante si se toma en consideración que los fallos de la CIJ en temas limítrofes casi nunca conceden a una de las partes el íntegro de sus demandas. Esto se debe a que las demandas pueden ser de diversa índole. Si bien se trata de una corte de justicia cuyos fallos deben atenerse a derecho, cabe presumir que las consideraciones políticas podrían influir en la adopción de decisiones que, restringiéndose a lo que permite el derecho internacional, faciliten su aplicación. De un lado, está el hecho de que la CIJ es parte del sistema de paz y seguridad de la Organización de las Naciones Unidas23. Aunque las implicaciones que ello pudiera tener para los fallos de la CIJ no son del todo evidentes, es probable que una de ellas sea tener en consideración el efecto que un fallo pudiera ejercer sobre las relaciones futuras entre los Estados involucrados. Después de todo la CIJ, a diferencia de una corte nacional, no cuenta con una fuerza policial o un sistema penitenciario a los cuales pueda exigir la ejecución de sus fallos: una corte internacional depende en lo esencial de la buena fe de quienes gobiernan los Estados involucrados en una controversia para que sus fallos sean acatados. Lo cual no implica que la CIJ parta las diferencias aun cuando una de las partes carezca de un argumento plausible desde una perspectiva legal: no es casual, por ejemplo, que Chile y Perú se abstuvieran de solicitarle el reconocimiento de algunas de sus posiciones históricas que contravienen el derecho internacional (como la tesis chilena del Mar Presencial, o la tesis peruana de las 200 millas de mar territorial). Quienes en el Perú temían que Chile no implementase el fallo de la CIJ sobre su diferendo marítimo apelaban a la historia. El Tratado de Ancón de 1883 establecía la obligación de llevar a cabo un referéndum en las regiones de Tacna y Arica —entonces bajo ocupación chilena—, el cual 22
jamás se realizó. Los temas pendientes del Tratado de Lima de 1929, que delimitó la frontera terrestre, se finiquitaron recién en 1999. Pero esos precedentes no proveían el criterio más adecuado para evaluar la probabilidad de ejecución del fallo de la CIJ. De un lado, porque la relación bilateral no siempre fue ríspida, como se suele creer en el Perú. De otro modo, ¿cómo explicar que Chile fuese uno de los Estados garantes del Protocolo de Paz, Amistad y Límites entre Ecuador y el Perú en 1942? ¿O que la tesis de las 200 millas de mar soberano fuese una iniciativa conjunta de esos tres países? Presumiblemente la relación entre ambos gobiernos era buena antes del fallo, mientras que el grado de interdependencia que existe entre ambas economías no tiene precedentes (sin mencionar los foros de integración que ambos Estados promueven, como la Alianza del Pacífico, el Foro de Cooperación Económica AsiaPacífico, o las negociaciones para establecer un Acuerdo de Asociación Transpacífico): parecía poco probable que el Estado chileno estuviera dispuesto a poner en riesgo unas relaciones económicas que, a criterio de quienes cuestionan su voluntad de acatar el fallo, lo beneficia en mayor proporción que a su par peruano, para desconocer sus obligaciones bajo el derecho internacional. De otro lado, en esta ocasión no estamos ante un tratado bilateral, sino ante el fallo de una corte internacional. El criterio más adecuado para evaluar su probabilidad de ejecución sería por ende el historial de acatamiento de los fallos emitidos por la CIJ. Y respecto a ese historial de acatamiento, tanto la investigación pionera de Constanze Schulte (2004), como investigaciones posteriores (Llamzon, 2008), coinciden en algunas conclusiones fundamentales. La primera es que cuando un Estado no desea someterse a un eventual fallo adverso de la CIJ, comienza por cuestionar su competencia sobre la materia objeto de controversia. Si pese a esa objeción la CIJ decide que tiene competencia en la materia, el Estado en cuestión no presenta una defensa en la fase de evaluación de los méritos del caso, ni acude a la lectura del fallo. Además, los pocos casos de desacato involucran a dos tipos de Estado: o bien se trata de un miembro permanente del Consejo de Seguridad de la ONU (cuyo derecho a veto por ende lo protege de cualquier acción que el Consejo pudiera considerar en su contra), o bien se trata de un Estado capaz de existir en aislamiento dentro del sistema internacional, y de ignorar las preferencias de sus propios ciudadanos (como fue el caso del régimen comunista albanés durante la Guerra Fría). 23
En cambio, cuando un Estado acepta la competencia de la CIJ, presenta una defensa, y acude a la lectura del fallo comprometiéndose a su acatamiento, tarde o temprano lo implementa. El problema que identifican en esos casos los investigadores no es el riesgo de un desacato, sino de una dilación prolongada en el proceso de implementación. La dilación en la implementación del fallo suele cumplir dos objetivos. El primer objetivo es buscar acuerdos con la parte beneficiada por el fallo, para salvaguardar ciertos intereses de la parte que debe hacer concesiones, por ejemplo, obtener derechos de pesca y evitar nuevas controversias limítrofes, en el caso de Colombia y Nicaragua. El segundo objetivo de la dilación es reducir el costo político de implementar un fallo adverso, esperando por ejemplo que su implementación progresiva reduzca con el paso del tiempo la intensidad de la animadversión hacia el fallo. Salvando las diferencias con la controversia entre Colonia y Nicaragua, sería algo similar a lo que ocurrió entre Ecuador y Perú tras el conflicto armado de 1995: hoy en día la relación entre ambos países es a tal punto ejemplar, que pocos recuerdan que la mayoría de los encuestados en Perú se opuso en su momento al fallo arbitral emitido por los países garantes del Protocolo de Río de Janeiro. La dilación en el acatamiento del fallo es posible porque los antecedentes sugieren que, durante un cierto periodo posterior a su emisión, ni la propia CIJ ni el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, facultado por la Carta de la ONU para obligar al cumplimiento de los fallos de la CIJ, serán proclives a involucrarse en la materia. Pero es sintomático que ningún Estado haya optado por tentar el albur de someter su desacato a la consideración del Consejo de Seguridad, pues suelen implementar el fallo antes de que se plantee esa posibilidad. LA CIJ NO ESTÁ OBLIGADA A SEGUIR SUS PRECEDENTES Además de denegar en diciembre de 2007 la excepción preliminar planteada por Colombia en su diferendo con Nicaragua, la CIJ desestimó el argumento colombiano (similar al planteado por Chile), según el cual su prolongado control de facto sobre la zona marítima en controversia, al no haber sido desafiado por Nicaragua (como tampoco lo hizo Perú), demostraría el reconocimiento por parte de ese país de la existencia de una frontera marítima. Cabe recordar que Colombia ejerció ese tipo de control 28 años más de los que lo ejerció Chile. El fallo ratificó además un precedente medular establecido por la propia CIJ en su fallo en torno al diferendo entre Honduras y Nicaragua: al ser un límite marítimo 24
permanente un tema de la mayor importancia, la evidencia de un acuerdo tácito debía ser convincente, y este no podía ser fácilmente presumido24. Lo cual indicaba que la carga de la prueba recaía sobre Colombia —y sobre Chile, en la eventualidad de que Perú lo demandase ante la CIJ—. El fallo de la CIJ en el diferendo entre Colombia y Nicaragua además aplicó el principio de equidistancia como criterio de delimitación, con modificaciones por la presencia de islas y cayos; el mismo principio que, según el Estado peruano, debía definir el íntegro de su límite marítimo con Chile. Por último, la CIJ aplicó dicho principio de equidistancia invocando la Convención sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), pese a que Colombia no formaba parte de ella; como tampoco lo hacía Perú. Todo esto parecía favorecer la posición peruana en su diferendo marítimo con Chile; por ejemplo, en relación a la posición peruana según la cual la Declaración de Santiago de 1952 no constituía un tratado de límites. Pero al igual que en el caso del diferendo entre Colombia y Nicaragua, el que tenía a Chile y Perú como protagonistas involucraba más de un tema en controversia. De la reacción colombiana ante el fallo de la CIJ derivaba una lección relevante tanto para el fallo en el diferendo entre Chile y Perú, como para futuros casos: hay que escuchar todo el fallo antes de juzgar sus implicaciones. Dado que el fallo de la CIJ se pronunció primero sobre el tema terrestre —reconociendo a Colombia soberanía sobre islas y cayos—, llevó a una celebración prematura, la cual se tornó en una profunda decepción cuando se leyó la parte concerniente a la soberanía marítima. En el caso del diferendo entre Chile y Perú, al leer el presidente de la CIJ el fallo respectivo, requirió pocos minutos desestimar el argumento chileno según el cual la Declaración de Santiago de 1952 constituía un tratado de límites marítimos. Pese a que esa era la posición planteada por el Estado peruano, el fallo de la CIJ no le dio la razón al Perú en concluir que, dado que no existía un tratado formal de límites, no existía un límite marítimo entre las partes. Basándose en otros documentos y en los «actos propios», es decir, la conducta de las partes en el tema objeto de controversia, la CIJ concluyó que existía un acuerdo tácito que trazaba el límite marítimo entre las partes en el paralelo que atraviesa el primer hito de la frontera terrestre, pero que ese acuerdo tácito no definía la extensión de su proyección hacia aguas internacionales. Por ello, la CIJ procedió a definir esa extensión, la cual no se prolongaba 200 millas como pretendía Chile, sino tan solo 80 25
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