La aurora

LA ' AllRORA- 2 que !as pro, incias q11e le compot1en coad- l ' ' yu )aran á tan :-a11ta empresa. E11 pocos días !'-e formaron )' erJ11ipa– ro11 Ya ri os hatal lo11e:-: ig-11ales a II xi I ios se sal'aro11 para la ca111pafia del Portete; a1111qoe entonces 11uest1as annas 110 sa– liero11 victoriosas. En la:,; guerra:; CiYi;e,< q11e por ta11- tos años hao desolado el Perú Ita ca. hido una parte muy pec¡11eña y pas1Ya ~- ,\ esta provi11cia. [Seg11ira] -o- .ESTRATOS DE DECRETOS En la consulta ele,,ada por la Exma. Corte Suprema so– bre juzgamiento de reos au– sente~; el Consf>jo de Esta– do en 10 de Octub,·e <le 1848 ha resuelto: <1ue en caso de fuga <le los reos, bien sea en el mornento de cometerse e/ delito, o despues de hallarse presos en la caree/;' /il.C proce– da s-,~gun lo prescri pto en los artículos 36 J 37 del Regla– mento de tribunales. --o-~ · - IU inisterio de Gobierno En veintiocho d~ Oc– tubre se ha dictado un de– ~reto que contiene veintiocho articulos sobre ~I arl'f'g·lo <le las sociedades de bf'neficencia. No lo estractumos por ser muy largo J se puede Yer ~11 el 1111n1eru 39, torno 20 <lel Peruano. -o-· En 26 del mismo Octúbrc se Ita cireulado orden a la Di receion de beneficencia J d los SS. Prefectos y Gober– nadores litorales para que se for_me un Jibro en que 8e asiente Jas Capellanias ad– judicadas a favor de la bene– ficencia, tome razon d.- las adjudicadas a sus fondos por decreto de diez y ocho de Julio de 1840, J que los agraciados como denunciantes presenten documentos para que tambien ~e tome razon de @llos. En 4 del corriente se detf'r– mina por un decretó las reo-las que deben obseri,arse e1ít ~ius percepciones de <lotes del pa– trona fo de Gobierno: conti~ne 3 ar ficulo s y se hallan en el 1111 roe.ro 14, tomo 20 del Pe– ruauo. = o-- lllinisterio de Justicia. Por decreto de veintio– cho de O<·tubre se disJJOne: que lo fisca~es, ajentes fi-:s– cales y sind icos procuradores se turnen por meses para de- j 1111hciar los i m pr<-'sos en todos ·¡ los ('asos de abusos , d,e liber– tad de imprent<f, t•xepto el de i1?j11 rias, y' el que 110 lo vel'i– fi<pte - quede responsable. ,r --o- .En la solicitud del promo– tor .fiscal eclesia~tico de A re– q nipa para que el G·obieruo d~clare que no s,é haHan -com-

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