LITERARIO OION AL MES f O CTS. HU,ANUCO, JUEVES 2 DE OCTUBRE DE 1879. - - it: 1 ~ ** ll1l ff Jrl ~¡. ! !!li • ] se, porque cuenta con algo para vivir: Si los redactores de "El EiuaHags." W ~ l.UPlt~)j,1!,0,u,i"l\ ij,iji," 1 entre tanto, siendo los ricos y los po- impugn~n los abusos que Re cometen Afi~~~-~~~~~~~~~~~ 1 bres los que se relacionan entre sí, 1·e- con la parte proletaria de la sociedad, cTUBRE 2 DE 18T9. ¡ sulta que los primeros., siempre en la no por eso, pueden mirar con glaeia.Í os y sus consecuencias. , tendencia de abusar de su posicion, indiferencia lae acusaciones maliciosas _ ! engañan, retardan por lo menos y fal- que algunos lanza~ contra l~s. autori ... Pu sto qn(;) ' 'El Huagallaga" ha j tan á los comprom1s~s que contrage- clades, por el prurito de fa~t_1d10, ó co~ abierto 8113 columnas como una nueva ron con los _segundos, ~e do~de nace mo el desahog? del m~ld1ciente, que ~ra, p'lra que bajo su amparo y pro-¡l,a reclamac1on, la cuest1on ó dem,an_da no h~ conseguid~ el trmnfo de un.se te?cion, como fuente de instr~cciQn pú1 ~ qu: apela el p~bre,. co1?1? su unwo I absu1dacl pr~tens10nes. Po,r el respeto hca, 80 ponga t--n trasparencia y afoan- j r~cmso para _obt .ner Jnstima contr~ el; d~ la l~y, s!-e~pr~ lla1:Daran la aten. e., de tados sus lectores, la marcha y, rico; _esto, s1 antes P?r una ab1;s1va cion del M1n1steno .Fiscal, para qt7:~; desempeño de los funcionarios en la autoridad no es enc.arceiado, cual ~1 fue- Jo~ desacatos sean Juzgados y rep:1-·1."' esfera de sus atribuciones, sin que nin- se un reo hallado injragante delito. 1~11os,, procurando por cuantos med10h guno de ellos pueda salir de los lími• Mas, si los jueces en esta desigual est01: ª. su alcance, qu~ el culpable aeri, tes prescritos por el Código Funda- lucha, no se d( tienen á presencia de r~prn~ido en _proJ?orcion á 8? falt~7 mt:mta1 del Estado; celebramos que' la responsabilidad en que deben estar sm. sa vdrlo, ~1 á htf O _de ansiano, jº co~ este noble estímulo, logren el lau- 1 e?trictamente sujetos, par~ con la so- ~!!i de tº,cw, cua 1uiera J~º se~ ~ dable fin que se proponen su... ed e- cieda<l que los observa, sino cumplen . nt ª ª. que P 1 er _enet~~~, -.po¡que~ h d 1 · t·· d. ·b · 1 · t· • • fiº sin aca ar primero a JUS 1c1a no cab;:xi tores; y, aprovec &.n o a mismo iem- con 1stn m.r a JUS 1cia sin Jarse en • . d d ' ,., po, de la generosidad con la iue nos la posicion de los contendientes, éon as~ciacion 4Jº pu: ª ~er e~rosa, po:- franquea sus colnmnás para decir al- la balanza en la mano y los ojos ce.r- m ~lque sed e?an l~n dyd voz° ere~ sua go en beneficio ge112ral, reseñaremos rados sPgun el embl0 ma de Astrea, de- e~ <lemas e ig~a ª . : duz Y O e~~< algunos hechos, confiando en que el clarando la justicia en favor de quien ~~ ª .¡. porque, t s~cie ª t no pue e público ilustrado, solo se .Jjará en la tenga; de temJr es, que una socie- ti :~; iarseaion t os ¡r1es~e ~?~08 que nuest,ro buen deAeo, siendo indulgente dad &in esta garantía P.ll ]a imparcial d ~ ·t Y. 1en an ª ,Jusl ici~, ven.,, en las demas faltas de que Sü recienta decision de sus derPchoR, se convierta p~e~o 0 . s;n e ~enor escrupu ~ ª ~uer- @sta redaccion. en un caos: en un cemillPro de trastor- cia su ca ezaLy suRconciencia,. · d d · t d í ltº 1· os EDACTORES. lt~n una socie a , ~ ,yo con~un o nos y e cr menes que se mu 1p 1can SECCION MtNICIPAL. nunca cuenta iguales recursos para. to- al ahrjgo de la venalidad, de la débil dos claro es, que la desigualdad de fas condesendencia, del corros~vo veneno ma~as, es inevitable para todo&, y b&,- de las influencias, ha.jo cuya fuerza EL CIUDADANO LORENZO DYER jo este órden de desórden en que se corruptora se estre~la la. justicia mas hallan repartidos los recursos, pode- patente. El desvalido viendo concul. mos considerar, que la parte a~omo- cados sus derechos y sin esperanzas dada de un pueblo, subyuga insensi- de reparacion de parte de los autores bleme1tte á la parte indigente, es de- de su desgracia, se entrega á exhalar eir, la domina de hecho, porque en to- ayes_ inútiles, á derram~r torrentes de das laa relaciones en que la primera lágrimas y cayendo pronto en la denecesita entra1· con la s3gunda, ésta sesperacion, toma el im11otente conse pret:1enta humilde v condescendien• suelo de publicar los arteros manejos te á las cxijenclas de 1:! que ge . sostie- ~e. que ha sido víctir!la en un juici_o ne, proporcionandole el trabaJO y el mJnstamPnte sen~~nciado para. su ~u1sustellto en sus diferentes géneros de na y la de sus h1Jos; pero, sin comindustria ó servicio. Y hé aquí el lazo prender que este mismo recurso, es que une á, estas dos porciones , de 1~ una nueva facilidad_ q!le ofrec.~ para sociedad-á ricos y pobres-He, aqm gue se le p1~eda op1:u~11r reduciendolo tambien, porque los primeros de estos, a una a~tic1pada pns10n, antes de que se empeñan porque se forrnule, como se examinen las muchas y flagrantes en un luaar aristocrático donde toda- pruebas con que podía sosfamer sus vía no se°conoce la verdadera libertad, ofendidos derechos. Por manera: que un Reglamento que oprima en su c~- ?i en ~s~os extraordi_n_arios d:sahogos Iidad de jornaleros, á los mas desvah- 1ncurrin_a el po1?re hbgante s1 c~mtase dos, sin que sus contratos sobre loca- con s~r 1ndemmzado por cu~1gmPra de cion ele servicios, .estén como obliga- lo~ miemb~os 9ue componen _ la ?º.mtorios y forzosos arreglados á la_s l~- phcada maquina dt>l Poder ,Tud101al, yes; lo que no sucede con la med10cn- segun el grado que se les declarase dad q.ue está. mas esenta de posternar- responsables. AECALDE DEL H. CONCEJO DE ESTA PROVINCIA. Considerando: l.º Que es necesario garantir el ejercicio de los derechos civiles de los ciudadanos queencuent.ran tropiesos insuperables en la falta de las partidas d• niatrimonio, nacimiento y defuncion por el descuido que en su registro han observado algunos Párrocos. 2. º Que si en Jos tres registros que comprende el Nstado Civil, llevado11 separadamente y por una persona le• galmente auto1·izada, no puede conoce1·se con exactitud el movimiento de la poblacion,siendo imposible, por con• siguiente, la formacion del Censo y de la Estadíst,ica de la Provincia. 3.º Que mandado por leyes vigentsa de la República, que se lleven los m -rn"' sionados registros, es indispPnsü)J.h.; dar cumplimiento á ese mandato .. Decreto: .. Artículo l.º El Ii1.1pector dd Estt!.-.
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