El Estado en la sombra

conocimiento de la Junta Fiscal, recabando su acuerdo, para la contestación de las preguntas que constan más arriba, a fin de que por nuestra parte podamos, a la mayor brevedad, transmitirla al Supremo Gobierno. Dios guarde a V. S. [415] 15 de marzo de 1882 [Al margen: Delegación del Supremo Gobierno] N° 78 Señor Presidente de la Junta Fiscal. Acompañamos a V. S., en la copia adjunta, el Decreto Supremo por el cual fuimos nombrados Delegados del Gobierno Constitucional en esta capital, y en el que constan las atribuciones que nos han sido conferidas. Sírvase V. S. poner este oficio y la copia anexa, en conocimiento de la Junta Fiscal que preside. Dios guarde a V. S. [416] 22 de marzo de 1882 [Al margen: Delegación del Supremo Gobierno] Señor Ministro de Hacienda. Con el propósito de instruir al Supremo Gobierno de los procedimientos de la Junta Fiscal, en lo relativo a los contratos celebrados por Su Excelencia el Presidente Provisorio para el canje de billetes incas y nuevas emisiones fiscales, creímos conveniente dirigir al Presidente de dicha Junta el oficio que, en copia acompañamos a V. S., bajo el N° 1; el que fue contestado en los términos que aparecen de la copia N° 2. En consecuencia concurrimos al local designado en el día y hora señalados. Expuesto por nosotros el objeto para que habíamos pedido la sesión extraordinaria, se nos manifestó por algunos de los miembros de la Junta, que, conforme a la ley de su creación, solo podían concurrir a sus sesiones e intervenir en sus actos las personas que la componen; y que, como representantes del Supremo Gobierno, podíamos dirigirnos oficialmente a ella, pidiéndole los datos o informes que necesitásemos. Aceptada por nosotros, esta observación, tuvimos a bien pasar a la Junta el 358

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