• La Convención de Viena de 1980. Acuerdo multilateral elaborado por las Naciones Unidas constituido por 101 artículos que unifican los criterios que van a regir los aspectos legales de los contratos de compraventa internacional. Al momento de firmar el contrato de compraventa internacional el comprador y el vendedor deben ponerse de acuerdo sobre la legislación que va a regir en caso de una discrepancia. Se puede elegir la legislación del país del importador o del exportador, pero también se puede optar por la Convención de Viena, que tiene carácter internacional. • Normas de Cartas de Crédito y Cobranzas Bancarias. Elaboradas por la CCI (Cámara de Comercio Internacional), Publicación 600, para regular el flujo de fondos y los medios de pago que da a lugar una operación de compra venta internacional. • Incoterms. La expresión Incoterms procede de la contracción de las palabras inglesas Internacional Commerce Terms y se traduce como «reglas internacionales comerciales». El objeto de las Incoterms es el de establecer las reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en el contrato de compraventa internacional, fijando con precisión las obligaciones de ambas partes (vendedor y comprador), ajustándose a las prácticas más generalizadas en el comercio internacional. La utilización de las Incoterms no es obligatoria e incluso estos se pueden modificar por mutuo acuerdo, aunque esto último no es conveniente pues cada término contiene sus propias definiciones. • Comercio exterior. Son normas que regulan la entrada y salida de mercancías de un país específico. Por ejemplo, si deseo exportar determinado producto a Chile, debo conocer las normas de salida del producto del Perú y las normas de ingreso de productos a Chile para realizar con éxito el traslado de dichos productos. Adicionalmente, es preciso saber que nuestro país mantiene en sus embajadas agregados comerciales cuya responsabilidad es conocer las normas de ingreso y salida de productos de cada país, así como los tratados y convenios vigentes, de modo que apoye de manera efectiva la operación de compraventa internacional. Las normas para el ingreso y salida legal de mercaderías de nuestro país son estudiadas en los procedimientos aduaneros elaborados por la Sunat27, los cuales contemplan trece regímenes aduaneros posibles, 270
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