Considerando un promedio de 22 toneladas por contenedor, tenemos que estos nuevos buques tendrán una capacidad de 330 000 toneladas de carga. 2.1.4. Terminales de carga o puertos Los terminales de carga o puertos se definen como los lugares geográficos que tienen por objetivo asegurar la transferencia de mercancías entre los distintos medios de transporte, sirviendo al comercio interior y exterior del país. En algunos casos, los puertos son además zonas industriales, donde las áreas dedicadas al servicio de los buques son una pequeña fracción del área total. Las funciones más importantes de los terminales son: la manipulación de la carga, la transferencia o intercambio de carga entre los distintos medios y la consolidación de la carga. La eficiencia portuaria es un parámetro muy utilizado para comparar los servicios que brinda un puerto en relación con otros. La eficiencia se refleja en el tiempo de estadía del buque en el puerto y la fluidez con que se realizan las operaciones de carga y descarga. Los puertos que ofrecen una atención rápida y fluida son preferidos tanto por los usuarios del transporte marítimo como por los propietarios de las naves y, además, debido al uso eficiente de sus equipos e instalaciones, ofrecen las tarifas de servicio más bajas. Por otra parte, los costos de atención de las naves en el puerto forman parte del costo del transporte, el cual debe estar incluido en el precio de venta del producto. Puertos ineficientes, con servicios caros, aumentan el costo de los productos y los hacen menos competitivos en comparación con la oferta exportable de otros países. La importación de productos para el consumo nacional interno también incorpora los costos incurridos en el puerto, elevando o disminuyendo los precios de los productos que se consumen al interior de un país. Los puertos se pueden clasificar según las siguientes características15: i) Por la titularidad de sus obras e instalaciones, los puertos o terminales portuarios pueden ser públicos o privados. Son públicos cuando la infraestructura y/o instalaciones son de propiedad del Estado, y son privados cuando dichos bienes son de propiedad privada. ii) Por la ocupación y uso de sus obras e instalaciones o por la fórmula de administración de las mismas, con independencia de su titularidad, que puede ser de uso general y de uso exclusivo. 187
RkJQdWJsaXNoZXIy MjgwMjMx