Boletin del Ejercito

Bú L1',T IX DEL F.JhRC1TO z --,_;,;::;.:.;;;==== = = ~r= = ~l~G= = ==,=;;;:;.;;=.:;.;:;=-..:;;:::=.==~J..::;¡;;:=...--=--l~- ~-)~-=--:;;:;_;-~-~1=~ e~s=~-~-~~ ~o=1=Js~i~d=c=r=a=c1~·0=n=--=l)~a=r~ti~c=u~h=u=·=a=p;re=c~i=o~,=; lentísimo , cfior s J\ nnlrn omcz <.1e ci p io iuus iblCLo, ::1J no _c. e ns rcg a~ - J la. Torre y José :Maria, Avilé,, qno for- tablecid.:v , y qne 110 tHme lugar m aun que se suscribe ~u atento, eguro sr ·. man el Gobierno Provi sorio, están al en las transaciones indiúdua1es, pues viuor-GUILLERMO BoDERo.-Es cop . l ~ Por el Oficial 1vfa '-70r-El oficial l ?-- veuir de la. Capital de la República, pa- en esta"': el apo<1erac o (1u_e se m:1e_sL_ra J l ' 1 Gabriel Je us Nufiez. ra. cumplii· y llc~var á debido efecto el parte, es obligue o a c011tmuar e JUICIO, articulo 3,? del Convenio de L1 del cor- aunque ebté ele próximo Yenir el JL:eriente. iio del pleito, ó no se halle en el misSensible es á S. E. el Jefe Supremo mo lugar de la clisp~üa.-~~lo la reYono estar conforme con tales escepcio- c~1ciou, y en la Diplomacia, la carta nes,que dcspues do retardar el negocia- formal de retiro ú otra de las cau as, do, complican mas y mas b sitnacion. por las cuales un Ajen te Diplop1útieo Por la comunicacion oficial, focha 2"1 de termina en ·lls funciones, puede sc rK oviern brc último, clirijida por D . H. -rir de impedimento ó moÜYo bastante al Bxcmo. Sefi.01.· Gran Mariscal D. Ra- para no contiuuar en la admini. tra111011 Castilla, quo adjunta en copia. re- cion del negociado. sulta qLie US. H. ha decbnulo tener Poro hay mas 1.odavia: si r 1-;. II. n_o plenos poderes, para cooperar en nom- se penetra de los fundamentos acluc1bre del Gobierno Provisorio tL poner dos. ¿K O vé rs. II. por ventura cuantas término á la grn osa y sensible situa- y cual es son las clificuli.ades que la. ~ ecion de alarma1 en que por cfü·ersas cir- fotnra nprema tiene que supcmr drncunstancias se encuentra la República, riamentc para sostener el penoso esy qne las clúusu~as tienen i.oda ~a es: tado ele guerra en que se encue_ntra el tcnsion que pudicra ser nece arrn, s1 pais? .1 go tad os los recurso o.fic1~le no el gobierno del ,Perú trata de en ton- ha podido s. E.cYitar un empréstit~ forderse con e-1 de Quito; pues que entran- zo --o qne mas que "' obre compatriotas do en conferencia pudiera resultar una propict trio ó comerciantes pesa sobre medida, ú la que sigui ere b inr.ugura- el corn ?,m de s. E. ¿Adenrne, ¿no lrn nocion de un gobierno general. De~1rnes taclo "L o. H. el ardiente de co que SD de estas clúusnhs, claras Y tennrnmi- manifiesta por la paz en casi la totnlites, que por sí solas manifiestan qt\e dad ele nuestros compatriotas? ¿Quer1J~. H. puede hacer todo cuanto ln- ria r2. II. cargar con la tremenda resciera su gobierno, la inserta en comu- pon ·abilidad que necesa1·iamente le nicacion de 25 del mi nfo mes, pasada. impondría cierta delicadeza, quo no igualmente tl ~. E. el general en jefe 8 _1be el infrascrito como pueda aprcque tarnbien adjunta, remucr1::e Y saca ciarse? Ahora que el Gobierno se acerde toda duda, qne la generalidad abso- cri ú la solucion del drama que hrt ocn- • luta del poder, envnel-ve b de nombrar pado n.l pai la.rgo tiempo y qne_lo ~le.in, un Jefe Provisorio~ pues ha n1elto S. po ·tn L1o ¿.p odria cliferit el m echo fohz H. á declarar hallarse acre rl.itado con que 88 ha present::i.do, y que 1:a merolas facultades necesarias para enteu- ciclo la aceptacion del behgc1?11}e? tler en todos los arreglos rebi.iYos á las ¿Cómo es que de seoso ele concurrir n_ln, cuestiones ql~e se a.jitan entre el Ecua- ne crocin.cion c1 finitiYa do paz, se cletiedor y elPerú.-Segun estos anteceden- 110 l ..,. S. II. ante nna, idea qn e sn.· potes esplícitos, venidos de lo~ Hbios _de derdantes no aprubari/111? ¿Ln. ola. preU R. H., no comprende el mfrascnto scncia. de los dos miembros cll'l o·ol>iercomo se niegue á concurrir Y Yolar por 110 proYi~orio podria produ cir ln. ccsa1111 Jefe Provisorio, que arregle las de- cion de las fun ciones e111.;omencln.das al saYenencias con el Per{L-Tener fa- poderdante? Clnro es qu e no , aun cocultades sín limitacion para ent ender 1110 seria altamente rcprobncln, la reen todo los arreglos relatiz;os á las cue. - sistencia q ite so continuara poniendo tiones p endientes.-Ejercer plenos pode- para la concnrreucia. En -virtud de esres para negoczar la pa::,, tan cles~ada tos razonamieutos vciiidos Ll e bs dcdn.- por los puebtosJ· y l\1ego negar~e a un raciones de "CS. II.-de la, .dnacion simple arreglo que tiene por obJeto ei~-- del pais y el e los principios cfo la cien · caminar al punto deseado, es, en opi- cía internacional ;-Conjurn á TI;:,. H. nion del que habla, padecer una grave en nombre de su patria, ele la. humaniequivocacion, ó no hacer buen u,sol de clacl y de la. just icia, concurra ho~ tÍ ln.s las facultades concedidas, n.trnyennose o de la uoche en la casa e.fo gobierno, sobre sí una inmensa · responsabilidad, á cumplir y llenar por su parte con lns dio·na ele tornarse en cuenta ante su go- disposiciones del art?. 3? del reforic~.º bi~rno,-nnte el pueblo guaya_quilefio Couyenio-en contrnno, y por autony ante la justicia universal, é rnmutn.- zacion o:s:prcsa1 protesta el infrascrito ble1 que prescribe negociar la. paz, aun continu~r en el nego ciado, con solo los sin poder especial, por interesarse en dos gobierno del Guayas y Azuay, su consecucion la humanidad entera Y puesto que ámbos csUn en el deber el bienestar gen~ral lle los asociado .- sagrado de Yelar por su conservucio11. :Menos fuerza hace ú S. E. que 1. S. H. y úmbos recíprocamente autorizados. 110 se preste á concurrir, por a.segurar para arregla:· deíinitivamente}as cn~sque vienen los miemb_ros del gobicr_no tiones penchentcs con el Peru, ll enanProvisorio á interYemr en el negoc 1a- do cumplidamente la segunda parte de do pendieute.-Entr~ los mod~s por l~s dicho artículo. cuale , queda impedido un ªJ_ent.e di- 011 estos mofrrns, el infrascrito reiplomútico para ej ercer, us funcrnnes, no tera al II. Señor Encargado de Negohalla en nin o·un tratadista d el derecho cios del gobierno provi. orio de Quito, de gentes , l,~pronta veuida del pocl:r- las seguridades de la mas disi.ing11ida dante: a í que DR. TI . 8i1.:nü1 1111 pnn-- (COPIA.) R cpú blica del Ecu_ado_r-Le~acion d Gobierno Proy1sor10 residente 1 Quito cerca del Gobierno del Perú-· Gnnyaquil á 29 de No ·riem1re 1 1850. Al Excmo. efior Grun :Mariscal Gen , ral en Jefe del Bjército y Armac del Per{1. cñor: ~ienclo Y. E. aquí el representant del Gobierno del Perú, pnr~'lnte quie, es toy acreditado Encarga.do d? Xego. cios, con las facultades ncGrsanas pnra enten der en todos los arreglos relatiYm ~í las cucs lioncs que aun e ajitan emir el Ecun.dor y el Perú; ele acuerdo coi b, conferencia, que ha tenido lugar hoy entre V. E. y yo, le adj unto la comnnicacion oficial de la secretaria ge1icral del o·obierno proYisorio residente m Quit~, dirijida ~l Seüur :Min~stro d1 lldnciones Ex.tenores del Peru, la. cu~ contiene mi8 creden ciales. Con seui.imicnto le pcrfcctn, con ~ clcracio11 me suscri bo de Y. E. ou e cuente serYiL1or- J. 1I. C .LL\L\XO. (con.\.) . República del E c:uador.-L~gac_wn dr Supremo Gobzerno Prol lt:!.ono ce,·cl del Gobi cnw del Pen í-- G'uayaqud, 25 ele l\-ol:iemb-re de 1850. Al Excmo. d~ñm· Gran 1'f t1,riscal Drn Ramon Cn~tilln, General en Jefe de. },jércilo y rmada del Perú. Rcfior: Por In, ctmrnnicncion oficial de Y. E fo cha de ayer en coute"' tacion tí la rni;i del dia. anterior, motirn.tla. poi· la conforen eia ú quo Y. K se dignó inYitar· rnc, q ucclo impuesto tle_ que ~-el anh~- lo síncero ele V. E. ha sido, que los <h• Yer os o· obiernos existentes en e,:ta. Ueº pública se concentren en uno solo con q nien el Perú pueda arreglar las cue'• tioncs pendientes-que, cumo e1~ l:1, ne• tualidad, se han nombrado co1rns1~llil· dos por el Gobicrno de G uayaq\~1l ,Y por parte ele Y. E. para los prechnunares qu<:; tí. ese arreglo dcL_eu coudu· cir ha creido Y. E. convemente, que1 en 1 el supuesto de estar yo suficie1~te·1 mente autorizado, concurra, tamb1en,1 :.í. las conferencias, y que, adem,a '. en esta virtud, lrn oficiado V. E. u dicho¡ Gobierno parn que, iuo tiene cmbara· zo admita la así tencia rnia. 1 El Gobierno Provisorio residente en Quito, cuyos plenos poderes o,uteugo, para cooperar en su 110111 br~ a. l~one término tÍ ]a gravo a y sensible_ situs ciou de alarma eu q ne, por d1ver, circunstancias se encuentra la Rcpu 1,lica no ha reconocido hasta ahora Gobi~mo de Gnavaqujl por las causa . íf ~ 'YE·pO les que tiene mam cstaclas a . . ·., tanto, solo se ha dirijido al Gobier~- dcl Perú, y cerca de él me ha esten

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