Boletín de la Biblioteca Nacional N° 9
18 cados de Educación Secundaria completa; b) Aprobación en las pruebas ({el concurso de admisión dentro del cual se exigirá el conocimiento debida~ mente comprobado de una o más lenguas extranjeras. - 4'1-Los postulan~ tes empleados de Bibliotecas estarán sujetos a los requisitos de admisión se~ ñalados en el artículo anterior v al ser admitidos en la Escuela, obtendrán de sus superiores todas las facilidades necesarias para seguir el mismo ré~ gimen de trabajo que los demás alumnos: - 5Q-Los cursos básicos de la Escuela serán los siguientes: Catalogación y Clasificación; Organización y Administración de Bibliotecas; Bibliografía general y Bibliografía Española, Hispanoamericana y Peruana; Historia del Libro en general y del Libro Ame~ ricano y Peruano en particular. Podrán haber también cursos complemen~ tarios o preparatorios. - 7 Q-El curso de la Escuela tendrá la duración de un año escolar. - 8Q-Los egresados que hayan aprobado todas las asig~ naturas recibirán de la Escuela el certificado correspondiente; y previa una práctica satisfactoriamente comprobada de un año, en una Biblioteca públi~ ca. el Ministerio de Educación expedirá, en cada caso, un diploma de Auxi~ liar técnico bibliotecario. - 9 Q- Los alumnos que siguieron el curso de 1944 y que reúnan la condición indicada en el artículo anterior podrán recibir el diploma mencionado, y aquéllos que siguieron el curso parcial de 1945. lo obtendrán solo cuando completen los mismos requisitos. - 10Q-Los nom~ bramientos del personal técnico de los diferentes Departamentos de la Bi~ blioteca Nacional deben recaer exclusivamente en las personas que posean los certificados y títulos mencionados en el presente decreto o los de cual~ quiera Escuela de Servicio Bibliotecario reconocida, salvo la contratación de personal subordinado interino o temporal que no podrá durar más de un año. - l1 Q-La promulgación a la categoría de Jefe de un Departamento técnico de la Biblioteca será determinada exclusivamente tomando en cuenta los calificativos obtenidos durante el curso y las prácticas reglamentarias, para lo cual se formulará una lista por orden de méritos. - Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril de mil nove~ cientos cuarentiseis. - J. L. BUSTAMANTE y R. - LUIS E. VALCAR~ CEL". Con fecha 5 de Junio se expidió la Resolución Ministerial NQ 1726 en la que se aprobaban las designaciones de los Delegados al Patronato y que enseguida transcribimos: "CONSIDERANDO: - Que el artículo segundo del Decreto Supre~ mo del 25 de abril último establece que la Escuela de Bibliotecarios de Lima funcionará bajo la vigilancia de un Patronato, presidido por el Director de la Biblioteca Nacional del Perú; - Visto el adjunto oficio NQ 52 C del Di~ rector de la referida Biblioteca en el que se comunica el resultado de las elecciones de Delegados; y vistas, asimismo, las Actas de dichas elec~ ciones de los Delegados que, de conformidad con lo dispuesto en el artícu~ lo 2 9 del Decreto Supremo de 25 de Abril último, integrarán, durante el pre~ sente año. el Patronato de la Escuela de Bibliotecarios de Lima, y cuya re~ lación es como sigue: - POR LOS BIBLIOTECARIOS PERUANOS EGRESADOS DE ESCUELAS EXTRANJERAS; doña Carmen Rosa lAndraca y doña Carmen Ortiz de Zevallos; - POR LOS PROFESORES DE LA ESCUELA: doña Carmen Rosa Tola y don Luis F. Málaga; - POR LOS EGRESADOS DE LA ESCUELA: doña A.malia Aubry; - POR LOS ALUMNOS DE LA ESCUELA: don Alfonso de Silva. - Re- \lístrese y comuníquese. - GONGORA".
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