Boletín de la Biblioteca Nacional N° 87-90

nes que corresponden en nuestros días a las más avanzadas organizacio- nes análogas del extranjero;- Que es deber del Estado ofrecer los servi- cios de un moderno sistema nacional de bibliotecas públicas. escolares y otras, dirigido y coordinado por la Biblioteca Nacional del Perú;- Que dichos servicios se refieren a los medios impresos y también a los visuales y auditivos; incluyendo los del cine. el video televisivo. las grabaciones mag- netofónicas y otros;- Que la organización de este sistema es de urgente necesidad y por tanto debe iniciarse, al igual que el remozamiento de la Biblioteca Nacional del Perú, aún en la actual etapa de austeridad fiscal.- Que por el Decreto Legislativo 13'5 se aprobó la estructura orgánica del Ministerio ¿e Educación, disponiéndose en su artículo 7 9 que sus poste- riores modificaciones serían establecidas por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;- Que en la organización del Mi- nisterio de Educación aprobada por Decreto Supremo N 9 015-81-ED se constituyó la Dirección de Bibliotecas Escolares con la finalidad de promover. orientar y supervisar los servicios de Bibliotecas Escolares. co- mo integrante de la Dirección General de Educación Extraescolar;- Que por Decreto Supremo N? 30-82-ED se aprobó la Organización y Fun- ciones del Instituto Nacional de Cultura en cuya estructura se ubica la Biblioteca Nacional. los Servicios de Bibliotecas Públicas y el Centro de Investigación y Documentación Cultural;- De conformidad con el art;cu- lo 211 ?, numeral 11 de la Constitución Política del Perú, el artículo 711 y la primera disposición complementaria de la Ley de Organización y Fun- ciones del Sector Educación D. L. N<1 135 concordante con la tercera dis- posición final de la organización y funciones del Instituto Nacional de Cultura y aprobado por D. S. N 9 30-82-ED; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1 9 - Constitúyase el Sis- tema Nacional de Bibliotecas, cuyo órgano central es la Biblioteca Nacio- nal que se transforma en órgano de ejecución del Ministerio de Educa- ción. - Artículo 2 9 - La Biblioteca Nacional del Perú es responsable de la integración. organización y conservación de la producción bibliográfica nacional y de las expresiones bibliográficas más importantes del extran- jero, que constituyen patrimonio de la cultura del Perú, al servicio de los investigadores y de Jos usuarios en general. - Artículo 3 9 - La Biblioteca Nacional del Perú es también el organismo central y superior de un sis- tema nacional de documentación bibliográfica. integrado en sus aspectos organizativos y operativos.- Artículo 49_ Corresponde a la Biblioteca Nacional del Perú la coordinación de los aspectos técnicos y normativos del sistema de bibliotecas públicas. escolares y especializadas de toda la Repúblic~. para promover la eficiencia de dichas instituciones, sistemati- zar objetivos de conjunto. alcanzar la complementación recíproca y orien- tar el servicio que ellas prestan. Asimismo, la Biblioteca deberá investigar, evaluar y coordinar los servicios bibliográficos del país. - Artículo 59_ La Biblioteca Nacional del Perú formula la política bibliotecaria nacional, apoya el desarrollo coordinado de las instituciones bibliotecarias, facilita la transferencia de información científica. técnica. cultural y educativa e in- centiva la investigación, particularmente la referida a la realidad nacio- nal.- Artículo 69- La Biblioteca cautela los Derechos de Autor y man- 75

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