Boletín de la Biblioteca Nacional N° 81 84

APRUEBAN CONVENIO DE PROPIEDAD INTELECTUAL DECRETO LEY N9 22994 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente: CONSIDERANDO: Que el 14 de Julio de 1967 fue firmado en Estocolmo, Suecia, el "Con- venio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual" (OMPI). Que el fin primordial de Ja citada Organización es el de proteger la propiedad intelectual en todo el mundo mediante la cooperación de los Estados, comprendiendo por propiedad intelectual, la propiedad industrial: patentes de invención, marcas, nombres comerciales, transferencia de tecnolOgía, así como la propiedad literaria y artística. Que la OMPI administra los Tratados Internacionales sobre propiedad intelectual y mantiene un programa de cooperación para el desarrollo, a fin de fomentar en los países en vías de desarrollo la actividad inventiva e inno- vadora nativa como medio para fortalecer su capacidad tecnológica. Que es conveniente a los intereses nacionales la aprobación del citado Convenio. En uso de las facultades de que está investido; y Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente: Artículo Primero.- Apruébase el "Convenio que establece la Organi- zación Mundial de la Propiedad Intelectual", firmado en Estoco\mo, Suecia, el 14 de Julio de 1967. Artículo Segundo.- Al adherirse el Perú al Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, se eslablecerá que integrará la Clase "C", para el efecto del pago de las contribuciones anuales, estableci- das en el numeral 4) a), del Artículo 11, del Convenio. Artículo Tercero.- El monto íntegro de la contribución anual del Pe- rú será asumida por el ITINTEC; Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitres días del mes de Abril de mil novecientos ochenta. 140

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